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30 personas culminaron con éxito el Procedimiento de Tratamiento de Drogas bajo Supervisión Judicial Restaurativa (PTDJR)

30 personas culminaron con éxito el Procedimiento de Tratamiento de Drogas bajo Supervisión Judicial Restaurativa (PTDJR)

·        Lograron no solo resolver su conflicto penal, sino también superar la enfermedad adictiva que afectaba sus vidas, recuperar su bienestar, reintegrarse a sus familias y comunidades, y dejar atrás el pasado marcado por el consumo y la exclusión.

 Procedentes de diferentes comunidades en San José, Pérez Zeledón, Cartago, Heredia, Alajuela, San Ramón, Liberia, Santa Cruz, Nicoya y Corredores y del pueblo indígena Boruca, 29 hombres y una mujer celebraron la finalización de este procedimiento restaurativo, que combina acompañamiento judicial y tratamiento terapéutico demostrando que el PTDJR se consolida y crece año con año.

 “Tengo año y medio fuera de consumo, fuera de las calles. Recuperé mi vida, mi trabajo. Soy una mejor persona, un mejor hijo. Ayudo a los vecinos y me abren las puertas como cualquier ser humano. Me siento orgulloso y agradecido con Justicia Restaurativa”, expresó Luis Loría, graduado del PTDJR.

 Didier Murillo compartió: “…este programa me salvó la vida. Agradezco a Dios y a cada uno de estos equipos de trabajo y seres humanos que me respaldaron y me dieron una nueva oportunidad”.

 “Esta es una actividad que se ha tornado en esencial, en lo que es la función jurisdiccional, que es precisamente, la capacidad de restaurar al ser humano.  Esta labor no es aislada, debe ser constante.  Sigamos trabajando con las personas en conflicto con la ley, en su restauración y así mantener una puerta abierta a una nueva oportunidad”, destacó el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Orlando Aguirre Gómez.

 Este resultado es posible gracias a la articulación institucional, que involucra el trabajo permanente de los equipos interdisciplinarios de Justicia Restaurativa del Poder Judicial, el tratamiento especializado por parte de personal profesional del Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA) y el apoyo estratégico del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD).

 El magistrado Gerardo Rubén Alfaro Vargas, rector de Justicia Restaurativa del Poder Judicial, destacó: “Reconocemos un logro profundo: decisiones valientes, constancia y la capacidad humana de transformarse, incluso cuando la vida se hace difícil. Cada historia demuestra que cuando el Estado pone a las personas en el centro, los resultados son más humanos y esperanzadores”.

 La directora general del IAFA, Delma Vaglio Zonta, señaló: “Este proceso integrador refleja el compromiso y esfuerzo de los graduandos, orientado a la recuperación de la salud. Permite atender la problemática del consumo de sustancias psicoactivas, brindando tratamiento adecuado y oportunidades reales de reinserción”. destacando la sinergia entre el componente salud y el componente judicial.

 Mientras que, la directora adjunta del ICD, Karol Blanco Rojas, enfatizó: “El acto de hoy es un testimonio vivo de que como país podemos articular políticas humanas e integradas, basadas en evidencia. El trabajo interinstitucional es clave para construir una sociedad que brinde oportunidades”, promoviendo el trabajo articulado entre instituciones para lograr objetivos comunes y beneficiar a la ciudadanía.

 Este logro reafirma que la Justicia Restaurativa es una herramienta poderosa para transformar vidas y fortalecer el tejido social. Cada historia de recuperación es una señal de esperanza y un recordatorio de que, cuando las instituciones trabajan juntas y las personas se comprometen con su cambio, es posible construir una sociedad más humana e inclusiva, porque “Reparar vale más que castigar”.

 

Huella Judicial: El Secuestro de los 44 pasajeros de Lacsa

Huella Judicial: El Secuestro de los 44 pasajeros de Lacsa

·        Destino a San José se extendió hasta Cuba

 La alerta del secuestro fue dada cinco minutos después del despegue en el aeropuerto de Limón.  Era el medio día del 23 diciembre de 1969.  El avión de Lacsa, DC tres -matrícula TI-1007 había sido secuestrado.

 Un viaje que resultaría corto para 44 pasajeros que abordaron en Limón, con rumbo a San José, se extendió hacia dos destinos inesperados: Cartagena, en Colombia y La Habana, Cuba, fueron sus destinos finales.

 En el expediente 2028 abierto en el Juzgado Penal de Limón, evidencia la identificación plena de los secuestradores en el Informe a cargo de la Oficina de Investigaciones Criminales, folio 11.  Tres hombres de apellido Samper, Ballestero y Solano se hicieron pasar como tres pasajeros más durante el vuelo.

 Fueron declarados en rebeldía por el Juzgado, en donde se les abrió causa penal por los delitos de robo y privación ilegítima de la libertad, cometidos en perjuicio de la aerolínea, la tripulación a cargo del vuelo y los 44 pasajeros a bordo.

 Ese 23 de diciembre de 1969 el avión despegó de Limón con ruta hacia San José; cinco minutos más tarde, dos de los secuestradores se levantaron de sus asientos, uno de ellos se introdujo en la cabina de los pilotos y amenazándolos con un arma de fuego, giró instrucciones para el cambio de destino.

 El segundo secuestrador amedrentó a los pasajeros para que no intervinieran en la acción delictiva.  Estos hechos probados, se desprenden de la sentencia condenatoria N°43, dictada el 22 de marzo de 1970.

 Los sospechosos fueron desarmados por las autoridades cubanas, a la llegada al aeropuerto de La Habana.

 Los tres hombres fueron citados por las autoridades judiciales y aún cuando, no se presentaron y fueron declarados en rebeldía, se dictó la sentencia condenatoria de ocho años y ocho meses de prisión, con la pérdida de todo empleo, función o servicios públicos conferidos.

 La historia de estos hechos se resguarda en el Archivo Judicial del Poder Judicial, en la Ciudad Judicial de San Joaquín de Flores; bajo el expediente 208, remesa 20661, archivo 1264; con fechas del 23 de diciembre de 1969 al 5 de agosto de 1971.

 Esta entrega informativa especial, se enmarca en los 56 años de aniversario del Archivo Judicial.

 Quienes requieran información con fines periodísticos, de investigación o académicos deben gestionar el permiso ante el Consejo Superior e indicar los fines, alcances y objetivos del uso de la información.

Poblaciones vulnerables pueden acudir a Juzgados contra la Violencia Doméstica y de Protección Cautelar para defender derechos fundamentales

Poblaciones vulnerables pueden acudir a Juzgados contra la Violencia Doméstica y de Protección Cautelar para defender derechos fundamentales

  • Código Procesal de Familia estableció nueva competencia desde 1 de octubre de 2024, en sus artículos del 234 al 247.

 

Las personas en condición de vulnerabilidad también pueden ejercer la defensa de sus derechos fundamentales, ante los Juzgados contra la Violencia Doméstica y de Protección Cautelar de todo el país, así como en los juzgados que atienden la materia de violencia doméstica, sin que deba mediar una situación de violencia.

La vigencia del nuevo Código Procesal de Familia, en sus artículos de 234 al 247 establece este procedimiento especial, para personas adultas mayores, niños, niñas, adolescentes, personas con discapacidad.

“El proceso de protección cautelar, lo que pretende es proteger específicamente a las personas en situación de vulnerabilidad y que tradicionalmente, acudían a la Sala Constitucional a presentar un recurso de amparo.  Ahora pueden trasladarse al Juzgado contra la Violencia Doméstica y de Protección Cautelar más cercano y presentar el proceso de protección cautelar”, explicó el juez del Tribunal de Familia, Mauricio Chacón Jiménez.

En las zonas del país donde no se cuenta con juzgados especializados contra la Violencia Doméstica y de Protección Cautelar, se podrá acudir a los Juzgados de Familia o los Juzgados Contravencionales que atienen esta materia.

La vulneración puede darse en aspectos como bullying en materia de  educación, citas médicas en salud, derechos fundamentales de personas con discapacidad y en general temas sobre el desarrollo integral que se amparan en leyes nacionales y convenciones internacionales, que protegen a las poblaciones en condición de vulnerabilidad y que no necesariamente tienen relación con violencia.

Fallos del Tribunal de Familia ya orientan la competencia de estos Juzgados que atienden la materia de violencia y de protección cautelar, como detalla el voto N° 2025000375, que hace referente a un caso que involucra a personas adultas mayores:

“…es importante tener presente que, desde el 1 de octubre de 2024, es posible decretar medidas de protección en situaciones donde no se presenta violencia, pero sí se lesionan de otra forma los derechos fundamentales de las personas, lo cual se realiza a través del proceso de protección cautelar que contempla el Código Procesal de Familia en los artículos 234 a 247. Tratándose de personas mayores de edad, los Juzgados contra la Violencia Doméstica y de Protección Cautelar son los que cuentan con competencia material para ambos escenarios”, explicó el juez Mauricio Chacón.

Agregó que “en estos procesos igualmente se garantiza el derecho de defensa de la parte denunciada, que tiene derecho a oponerse las medidas de protección ordenadas por los Juzgados y se procederá a recibir la oposición y las pruebas y convocar a una audiencia, para determinar si las medidas se mantienen o se revocan”.

Este procedimiento es novedoso dentro de los despachos judiciales que atienden la materia de violencia doméstica y de protección cautelar.  Su aplicación e impacto, a favor de las poblaciones vulnerables se notarán, conforme las poblaciones vulnerables ejerzan la defensa de los derechos fundamentales ante estos juzgados.

En el caso de los procesos de protección cautelar relacionados con personas menores de edad, éstos serán atendidos por el Juzgados Especializado de Niñez y Adolescencia de San José y los Juzgados de Familia que tienen a cargo la atención de esta población, cuando esto no competa a las Oficinas Locales del Patronato Nacional de la Infancia, que, en ciertas circunstancias, es a las que se debe acudir, mediante el proceso especial de protección contemplado en el Código de la niñez y la adolescencia, cuando sus derechos fundamentales son violentados o puestos en riesgo.

Oficina de Trabajo Social y Psicología de San Ramón destaca con iniciativa ¨Accesibilidad en la Citación¨

Oficina de Trabajo Social y Psicología de San Ramón destaca con iniciativa ¨Accesibilidad en la Citación¨

 

 

  • Propuesta les hizo merecedores del certificado de mención honorífica en el Concurso de Buenas Prácticas 2025.

 

La Oficina de Trabajo Social y Psicología de San Ramón destaca con la buena práctica denominada ¨Accesibilidad en la Citación¨, una propuesta que permite adecuar las cédulas de citación de acuerdo con las necesidades de los diferentes grupos poblacionales que requieren los servicios del despacho.

 

Esta idea propuesta por la auxiliar administrativa, Fabiola Carballo Sánchez, tiene más de un año de estar en práctica y surgió fruto de la empatía y la iniciativa personal de ofrecer un servicio más humano, inclusivo y respetuoso con la diversidad de personas usuarias que se atienden en la oficina.

 

De esta forma, por ejemplo, a las personas usuarias que sólo hablan en inglés, la cédula de citación se les confecciona en inglés y español, mientras que, para la población adulta mayor, la citación se realiza con un tamaño de letra mayor, para que les sea más fácil el acceso a la información contenida.

 

Además, para todas las cédulas de citación, se resalta la letra en negrita con el nombre de la persona, la fecha y hora de la cita, la dirección de la oficina, el número de teléfono y el correo de la misma, para que puedan contactar en caso de duda.

 

Carballo Sánchez resaltó que, entre los principales beneficios de esta iniciativa, se facilita el trabajo a los citadores judiciales a la hora de localizar a las personas, ya que se incluyen datos con mayor precisión como por ejemplo el nombre de la persona, la edad y la dirección, maximizando así el recurso del tiempo.

 

En relación con las personas usuarias, la auxiliar administrativa destaca que, este trabajo ha colaborado en la reducción de citas negativas, ayuda a reducir el tiempo en la emisión de un producto (dictamen o informe), debido a que no se tienen que volver a citar en el futuro, colabora a determinar con rapidez si un caso debe ser itinerado, garantiza la accesibilidad de la información y reduce la posibilidad de que la persona usuaria se confunda en la fecha y hora de la cita o que se extravíe.

 

Esta iniciativa ha permitido comunicación fluida entre el usuario y el personal de la oficina, en donde nos manifiestan por ejemplo que los referidos fallecieron recientemente o que llegaron a un acuerdo de partes, cambios de domicilio, entre otros datos; lo que ha permitido abreviar muchos otros procesos posteriores” destacó Carballo Sánchez.

 

Cabe destacar, que esta propuesta le permitió al despacho obtener el certificado de mención honorífica en segundo lugar en el concurso de Buenas Prácticas 2025.

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