· Corte Plena aprueba cambio de competencias.
· Materias jurisdiccionales específicas mantienen su competencia nacional.
Por un tema de cercanía y mejores vías de acceso, la Corte Plena acordó que 29 comunidades indígenas, localizadas en la provincia de Limón, accederán a los servicios judiciales en la mayoría de los despachos ubicados en el Circuito Judicial de Turrialba y Cartago.
Se trata de poblaciones ubicadas al Este del Río Chirripó y que tienen mejores facilidades de acceso a Turrialba por dos puntos clave. Por Roca Quemada de Turrialba: los poblados de Bayei, Alto Almirante, Bayeiñak, Shinabla, Shordi, Dusiriñak ,Duchari, Tamiju, Shikiari, Koiyawari, Alto Shikiari, Kjakobata, Kabebata. Por Quetzal de Turrialba: Sinoli, Ñariñak, La Colonia, Uka Tipei, Tkak-Ri, Suebata, Jamari Tawa, Ulujeriñak, Manzanillo, Tolok Kicha Chirripo, Alto Koen, Sitio Hilda, Sitio Bache, San Pedro de Tolokisha, Pedragal de Jarey y Kuen.
La Magistrada Damaris Vargas Vásquez, Vicepresidenta de la Corte Suprema de Justicia y Coordinadora de la Subcomisión de Acceso a la Justicia para los Pueblos Indígenas, destacó que esta decisión representa un cambio significativo para las comunidades indígenas.
“Para las personas indígenas, los traslados hacia los tribunales pueden ser extremadamente largos, costosos y difíciles, muchas veces a pie y durante horas o incluso días. Por eso, este cambio en la distribución territorial de los circuitos judiciales representa un alivio real y tangible en su acceso a la justicia”, señaló la Magistrada Vargas Vásquez. La modificación aprobada se basa en un estudio técnico realizado por la Dirección de Planificación del Poder Judicial, el cual analizó la competencia territorial del Primer Circuito Judicial de Limón. Aunque esta jurisdicción incluye el distrito de Valle de la Estrella, donde se encuentran comunidades indígenas como Alto Almirante, la única vía de acceso a estas poblaciones es por el cantón de Turrialba”, explicó la magistrada Vargas Vásquez.
En el caso de la materia penal, el juzgado penal y el Tribunal Penal de Turrialba; así como el Juzgado de Ejecución de la Penal, el Tribunal de Flagrancia y el Tribunal de Apelación de la Sentencia Penal de Cartago asumirán los procesos procedentes de estas comunidades indígenas.
Otros despachos judiciales que asumen la atención de las personas usuarias indígenas de estas comunidades son el Juzgado de Familia, Penal Juvenil, Contra Violencia Doméstica y Protección Cautelar y el Juzgado Contravencional (que atiende la materia de Tránsito), el Juzgado Civil, Trabajo y Agrario, todos de Turrialba y el Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil y el Tribunal de Apelación Civil y Trabajo, ambos de Cartago.
En el caso de las materias de ejecución y apelación de las sanciones penales juveniles, contencioso administrativo, el Tribunal de Familia y el Tribunal Agrario mantiene su competencia nacional.
“Debido a esta realidad geográfica, muchas personas indígenas ya recurren a los servicios públicos y judiciales en Turrialba, pese a que actualmente no es el circuito judicial que les corresponde formalmente. Sin embargo, llegar hasta Limón implica un recorrido aún más largo y costoso, lo cual genera barreras económicas y logísticas para ejercer sus derechos. Con el cambio de competencia, estas comunidades podrán ser atendidas por los tribunales de Turrialba, más cercanos y accesibles para ellas. Esta medida reafirma el compromiso del Poder Judicial con una justicia más equitativa, efectiva y respetuosa de la realidad de los pueblos indígenas, facilitando el cumplimiento del principio de justicia pronta y cumplida”, puntualizó la magistrada Damaris Vargas.
El estudio elaborado por la Dirección de Planificación ante la solicitud de la Comisión de Acceso a la Justicia, tuvo como objetivo dar mejores condiciones de atención a estas poblaciones indígenas, al considerar sus características socioeconómicas, culturales y geográficas.
Además, se realizó en atención a las reglas de Brasilia, al Convenio N° 169 de la OIT, la ley número 9593 del acceso a la justicia de los pueblos indígenas, de las reglas prácticas para facilitar el acceso a la justicia de las poblaciones, de la circular 123- 2019 del Poder Judicial con relación a las medidas cautelares establecidas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos contra Costa Rica, y también el plan estratégico institucional 2019, 2024, y ahora 2025, 2030, y el artículo 46 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.