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Edificio de la Corte Suprema de Justicia

SALA DE PRENSA

Criterio judicial de proyecto de reforma jubilatoria se apega a consenso con gremios

En la sesión de Corte Plena de este lunes 7 de agosto, magistradas y magistrados emitieron un criterio negativo al proyecto número 19. 922 que propone una reforma al Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial.  En su lugar,  Corte Plena propuso un nuevo proyecto el cual se apega al acuerdo de consenso con el Frente Gremial y al criterio técnico del estudio actuarial elaborado por el Instituto de Investigaciones en Ciencias Económicas de la Universidad de Costa Rica (IICE-UCR).

El criterio  se emite tras la consulta formal remitida por la Comisión Legislativa Especial que estudia la reforma a los regímenes de pensiones en el país.

El equipo técnico del Poder Judicial liderado por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Carlos Chinchilla Sandí, e integrado por el representante del Consejo Superior, Carlos Montero Zúñiga; Directora del Despacho de la Presidencia,  Laura Cháves Lavagni; Directora Ejecutiva,  Ana Eugenia Romero Jenkins; Fiscal Adjunto,  Roger Mata Brenes; Directora Jurídica, Karol Monge Molina;  Director de Gestión Humana, José Luis Bermudez y el Jefe administrativo del Despacho de la Presidencia, Miguel Gutiérrez Fernández, analizaron los informes técnicos del IICE, que respaldan el contenido de los artículos del proyecto de consenso.

El Presidente de la Corte, Chinchilla Sandí  puntualizó que la respuesta a la consulta se fundamenta en el proyecto de consenso identificado como Gremios-Corte. “Los parámetros que se aplicaron están apegados al informe del IICE, no nos hemos salido de éstos,  lo que nos interesa es que exista un contenido acorde con el informe. La Asamblea Legislativa tiene la garantía de que así lo hemos hecho. Replanteamos la edad de retiro diferente para hombres y mujeres por el respeto a la materia de género como política institucional que no es posible obviarla”.

El informe judicial propone cambios considerando que las inversiones del Fondo desde el año 2000, mantienen un rendimiento por encima del 4% lo que permite variaciones en la iniciativa de ley, tendientes a mejorar las condiciones propuestas.

De ahí que las recomendaciones se basan en el escenario optimista que establece el IICE-UCR, relacionadas con la  edad de retiro y los salarios de referencia.

De esta manera, Corte manifestó su anuencia de establecer la fijación del 85% de la jubilación en promedio y recomendó que se consideren para el cálculo de la jubilación  120 salarios de referencia, que representarían los últimos 10 años laborados y no los 240 salarios como lo contempla el texto en consulta.

El criterio técnico también consideró conveniente que para la edad de 65 años, se deben incluir las  políticas de género, al ser éstas derechos humanos progresivos. Mantener la edad de manera indistinta para hombre y mujeres no respeta la equidad  de género, por lo que el informe judicial propone que se fijen 62 años para los hombres y 60 años para las mujeres.

En la figura de la jubilación anticipada, la propuesta de Corte Plena contempla también que el cálculo de la jubilación se fije con los salarios de los últimos 10 años y que elimine edad de 60 y 62 años, y establecer el requisito de que las personas pueden acceder a esta jubilación siempre y solo sí, se cuenta con al menos 55 años de edad.

Sobre el tope de la pensión, el informe de Corte Plena, no se opone al monto fijado en 10 veces el salario más bajo del Poder Judicial, siempre que ya contemple las reducciones de ley, sean estas el 11% del aporte al Fondo, el 5% del Seguro Social y entre el 10% y el 15% del impuesto de renta. 

En este mismo tema, el informe judicial plantea recomendaciones sobre la  contribución solidaria, pues la iniciativa de ley propone un porcentaje escalonado iniciando en el 25% sobre el tope y hasta un 55%, sobre el exceso del tope.  La recomendación es que la contribución sea de un 20% y se pueda extender hasta un 50% y siempre que un estudio actuarial señale que será una medida beneficiosa para el fondo.

En el transitorio del proyecto se establece mantener las actuales condiciones  a quienes tengan 18 meses para jubilarse  una vez que rija la reforma. Corte Plena propone que se fije en 24 meses, pues es el plazo que contempla el estudio actuarial.

Además se consideró que el transitorio escalonado que contiene el proyecto dictaminado por la comisión para quienes tienen 20 años o más, tendría una aplicación complicada, por lo que propone que quienes cuenten con 20 o más años de servicios al entrar en vigencia la nueva normativa,  se puedan acoger a la jubilación conforme al artículo 224 de la propuesta, pero con una tasa de reemplazo del 100%.

Sobre el reconocimiento de tiempo servido en otras instituciones, se propone que se mantenga lo que actualmente señala la ley, de reconocer lo laborado solo en instituciones estatales y que como medio de prueba se contemple  el reporte de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS)  y la certificación de la entidad respectiva.

En el tema de la creación de la Junta Administradora del Fondo, se determinó que no se establece con claridad la forma en que se nombrará a los directores independientes.  La propuesta de la Corte es que exista una integración paritaria de representantes de los gremios y de la institución  y suprimir a los directores independientes, que dicha junta tenga independencia sustancial, pero que en materia presupuestaria se mantengan dentro del Poder Judicial.

El informe de Corte concluyó que “… el proyecto sí afecta la estructura, la organización y el funcionamiento del Poder Judicial y se estima necesarias estas observaciones”.

El criterio se emite en los términos que establece el artículo 167 de la Constitución Política.

Los magistrados y magistrada que integran la Sala Constitucional se abstuvieron de votar el criterio sobre el proyecto consultado por la comisión legislativa.

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