Los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia no tienen competencia alguna para determinar cuándo, cómo o por qué se jubila un empleado judicial, ese es un tema que le corresponde definir a ciertos órganos técnicos e independientes como lo son el Departamento de Gestión Humana, el Consejo Superior del Poder Judicial y, cuando hay una especial condición de salud, el Departamento de Medicina Legal (Medicatura Forense) del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), en particular el Consejo Médico Forense (órgano colegiado integrado por diversos especialistas en ciencias médicas y de la salud, previsto en los artículos 34 y 35 de la Ley Orgánica del OIJ).
La verificación o cumplimiento de los requisitos legales, reglamentarios y técnicos para una jubilación son resorte de los órganos técnicos indicados.
El artículo 81, inciso 15), de la Ley Orgánica del Poder Judicial dispone que es una competencia exclusiva del Consejo Superior del Poder Judicial “otorgar toda clase de jubilaciones y pensiones judiciales”.
En el caso de la jubilación por especiales condiciones de salud que generan un grado de incapacidad para ejercer sus funciones, llamada en el argot judicial como “separación para el mejor servicio público”, al empleado se le otorga una jubilación proporcional y permanente, además de liquidársele los derechos laborales correspondientes. Eso lo disponen los órganos técnicos e independientes señalados con fundamento en leyes vigentes y plenamente aplicables como lo son los artículos 223 del Código de Trabajo, 26, párrafo 4°, 226 y 228 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El Consejo Superior del Poder Judicial en reiteradas ocasiones ha utilizado esa facultad legal de jubilar a un empleado judicial por razones de salud e incapacidad para ejercer sus funciones. Obviamente, la persona a quien se le aplica puede discutir el asunto en las instancias administrativas y judiciales respectivas.
El Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Carlos Chinchilla Sandí y los coordinadores de los equipos de trabajo que tiene a cargo la construcción de las propuestas de reformas urgentes al Poder Judicial se reunieron para analizar la forma de garantizar la agilidad en las discusiones de estos temas en las sesiones de Corte Plena.
El producto sobre Carrera Fiscal tendrá la prioridad de discusión a partir del mes de enero de 2018.
Se definió que las sesiones de los lunes en la mañana, de 8:00 a.m a 12:00 m.d, serán el espacio de discusión de los productos de reformas urgentes.
“Definimos prioridades durante la reunión de coordinadores de equipos de trabajo. En este momento la propuesta del proyecto de ley de Carrera Fiscal es la que consideramos más importante, por lo que proponemos algunas normas prácticas para sacar en tiempo efectivo las reformas definidas, con el fin de que de parte del Poder Judicial se implementen de forma inmediata las que así lo permitan, y acudiríamos a la Asamblea Legislativa en aquellas propuestas que requieran una reforma legal y constitucional”, explicó Chinchilla Sandí.
Para los magistrados y magistradas de Corte Plena es fundamental que la ciudadanía esté informada del trabajo que se realiza en esta materia.
En la reunión participaron los magistrados Carlos Chinchilla Sandí, Presidente de la Corte, Luis Guillermo Rivas Loáiciga, Román Solís Zelaya, William Molinari Vílchez, Orlando Aguirre Gómez, Luis Porfirio Sánchez Rodríguez, Fernando Cruz Castro y Paul Rueda Leal, el letrado de la Sala de Casación Penal, Ricardo Salas Porras, la Directora de la Defensa Pública Diana Montero Montero, la Directora Ejecutiva de la CONAMAJ, Sara Castillo Vargas, la Directora del Despacho de la Presidencia, Patricia Bonilla Rodríguez y el asesor de la Presidencia, Juan Humberto Rodríguez Barrios.