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Consejo Superior visita despachos judiciales de Sarapiquí

  • Visita tiene como finalidad conocer condiciones y requerimientos de mejora de los servicios judiciales que se prestan en la zona.

Un acercamiento a las situaciones actuales en las que se prestan los servicios judiciales en la zona de Sarapiquí, valorar sus principales requerimientos y necesidades, fue el objetivo de la gira que realizaron integrantes del Consejo Superior.

La visita tuvo lugar el pasado 13 de mayo y comprendió un recorrido por los inmuebles que albergan las oficinas administrativas y despachos judiciales que prestan sus servicios a la comunidad de Sarapiquí.

El encuentro estuvo a cargo de la y el integrante del Consejo Superior, Sandra Pizarro Gutiérrez y Gary Bonilla Garro, quienes destacaron que la finalidad de la gira es conocer la realidad de los despachos judiciales de la zona, lo que permite contar con insumos para mejorar la toma de decisiones administrativas.

Esta actividad permitió una amplia reunión con las jefaturas y coordinadores de la Administración Regional de Circuito, el Tribunal y el Juzgado Penal, de la Oficina de Trabajo Social y Psicología, del Juzgado de Tránsito, el Juzgado Mixto Civil, Penal Juvenil, Violencia Doméstica y de Trabajo, la Oficina de Atención y Protección a Víctimas y Testigos, la Defensa Pública y el Organismo de Investigación Judicial.

Se analizaron diversos temas entre los que destacan las condiciones de infraestructura, aspectos relacionados con los procesos de eliminación y gestión de expedientes para liberar espacio y requerimientos frente a nuevas reformas procesales.

Igualmente, las autoridades del Consejo Superior informaron a la población judicial sobre el avance en las actuaciones administrativas para la creación del Consejo de Administración de Sarapiquí, por considerarse una prioridad para esta zona.

Comentario del Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Fernando Cruz Castro: Justicia Independiente. El caso «Crucitas»

 

Fernando Cruz: Justicia Independiente. El caso «Crucitas»

Quedan pendientes los interrogantes sobre la seguridad jurídica, la competitividad, la atracción de inversiones, pero después de leer el fallo del tribunal contencioso, no sé si esos temas tan importantes, vienen a cuento, porque las groseras lesiones al ordenamiento que señala el tribunal, nada tienen que ver con el respeto a un medio ambiente equilibrado y el desarrollo humano

Por Fernando Cruz Castro Última actualización May 12, 2022

Fernando Cruz Castro, Abogado, Magistrado, Presidente de la Corte Suprema de Justicia.

Una buena muestra de justicia independiente es el fallo de la sección cuarta del Tribunal Contencioso Administrativo, dictado por los jueces David Fallas Redondo, Grace Loaiza Sánchez y Eduardo González Segura. (sentencia 4399-2010). La independencia judicial tiene un rostro bien definido. Me refiero al polémico caso de la mina Crucitas, que conoció tanto al Sala Constitucional como la jurisdicción contencioso-administrativa. Reproduzco las palabras que expresé en una exposición que hice en un acto de la Sala Constitucional en año 2011 o 2012. La independencia judicial brilla en este fallo, como debe ser en un estado social y democrático de Derecho. Jueces que honraron su compromiso con los valores de una sociedad democrática. Reproduzco mis palabras:

«..Los jueces de la jurisdicción contencioso administrativa demostraron independencia de criterio, resolvieron y examinaron los hechos con la autonomía y el sentido crítico que se espera de todos los jueces de la República. Sin irrespetar un fallo de la Sala Constitucional, pudieron distinguir entre lo que se había resuelto en el amparo de constitucionalidad, sin dejarse atrapar por un temor reverencial por lo resuelto en una alta instancia jurisdiccional; su decisión refleja que en ese caso fueron una garantía para todos los ciudadanos, superando cualquier temor por lo resuelto por una cámara de la cúpula judicial.
Las decisiones sobre el tema de la actividad minera a cielo abierto, son una crónica que describe bien las omisiones, las imprecisiones, las urgencias, las acciones maliciosas e inconsistentes, pero de ninguna manera puede ser un buen ejemplo de un conflicto de jurisdicciones. La guerra de jurisdicciones, como podría denominarse, no se produjo, más bien se aprecia una convergencia en la intervención judicial, que cuando descendió a los detalles de los hechos, identificó graves violaciones al ordenamiento.

Quedan pendientes los interrogantes sobre la seguridad jurídica, la competitividad, la atracción de inversiones, pero después de leer el fallo del tribunal contencioso, no sé si esos temas tan importantes, vienen a cuento, porque las groseras lesiones al ordenamiento que señala el tribunal, nada tienen que ver con el respeto a un medio ambiente equilibrado y el desarrollo humano, valores que deben incorporarse a la seguridad jurídica y la competitividad, superando las carlancas de las típicas inversiones de enclave…..»

Esa decisión sólo se refirió a temas de legalidad, incluyendo graves omisiones en materia ambiental. La sentencia es una muestra genuina de la independencia de la jurisdicción. La trascendencia política y económica del caso, no impidió a los jueces resolver conforme al mérito de los autos, con plena conciencia que la decisión no complacía a las instancias de poder político y económico. No es fácil que un juez resuelva a contrapelo de los poderosos intereses que sustentan el caso. La decisión de este tribunal es un luminoso homenaje a la independencia judicial.

Poder Judicial recibe calificación favorable en liquidación presupuestaria 2021

  • En Informe de la Contraloría General de la República.

Los saldos en las partidas que integraron el presupuesto 2021 del Poder Judicial, recibieron de parte de la Contraloría General de la República, la calificación de Favorable, así establecido en el estudio de liquidación.

El informe N° DFOE-GOB-IF-00003-2022, sobre la Liquidación Presupuestaria del Ejercicio Económico 2021 del Poder Judicial, comprendió el análisis de las partidas de remuneraciones, servicios, bienes duraderos, transferencias corrientes y transferencias de capital.

La Contraloría determinó que los saldos de cada partida judicial, se presentan razonablemente, de conformidad con lo que establece la Ley 8131 y la normativa aplicable al proceso presupuestario.

El informe señala que la opinión favorable se obtiene de evidencia de auditoría suficiente y adecuada y que cada uno de los saldos en las partidas mencionadas, “…cumple razonablemente con los criterios de auditoría aplicados, sin que se hayan

identificado incorrecciones o incumplimientos materiales, es decir significativos, en el saldo de la partida presupuestaria examinada”. 

La auditoría financiera concluye que “…se consideraron procedimientos sobre los controles internos relevantes en la emisión de información presupuestaria, tales como verificación del contenido presupuestario, cumplimiento de atributos para el registro de los gastos conforme a la normativa técnica y respaldo documental de las transacciones, a partir de lo cual no se detectaron situaciones significativas que afecten la razonabilidad del saldo”, puntualizó el informe de la Contraloría.

En cuatro de las partidas presupuestarias se registró una ejecución mayor al 91%.  Únicamente en el caso de la partida de Bienes Duraderos el nivel de ejecución fue de un 74,2%, cuya justificación administrativa corresponde a los efectos generados por la emergencia sanitaria en los procesos de contratación administrativa, así como a características propias de la adquisición de mobiliario o equipos o la construcción de edificios.

El informe de la Contraloría se da para dar cumplimiento de los artículos 181 y 184 de la Constitución Política y con el artículo 52 de la Ley de la Administración

Financiera de la República y Presupuestos Públicos, n.° 8131. 

Estas normas legales establecen la fiscalización que debe realizar el Órgano Contralor en los temas de ejecución y liquidación de los presupuestos ordinarios y extraordinarios de la República. 

 

 

Personas usuarias del Poder Judicial señalan la ruta para la mejora del servicio

  • 80% de las personas encuestadas evaluaron como satisfactoria o muy satisfactoria la atención y trato recibido.

La atención, el trato, los tiempos de respuesta, el uso de sistemas digitales y los mecanismos de información, fueron algunos de los temas en los que las personas usuarias de los servicios del Poder Judicial externaron su criterio. 

Mediante el estudio “Percepción y Satisfacción de los Usuarios con los Servicios que brinda el Poder Judicial”, se evaluaron temas de importancia para la institución.

El análisis estuvo bajo la dirección de la Contraloría de Servicios del Poder Judicial y forma parte del Proyecto Modelo Integral de Atención al Público y se presentó en la sesión N° 23-2022 del Consejo Superior , del 15 de marzo de 2022.

El informe midió la satisfacción de las personas usuarias respecto a los servicios institucionales que obtienen, la cual alcanzó una calificación de satisfactoria o muy satisfactoria en el 80% de las personas encuestadas.

Reforzar la capacitación de las servidoras y servidores que atienen público y que la información esté más accesible, fueron dos de las principales recomendaciones señaladas por las usuarias y usuarios consultados. Además, consideraron que las características más deseables que debe mostrar una persona que atiende público son la comprensión y la capacidad de escucha (con un 93% de alta importancia cada una).

“Sobre las variables deseables al recibir un servicio del Poder Judicial, aunque todas son deseables, ubican en primer lugar tanto la Atención y trato como la Información u orientación, con el 92% como muy importante en ambos casos.  Siempre importante, pero con la proporción más baja se ubican las instalaciones físicas”, señala una de las conclusiones del estudio.

El tipo de trámite de mayor demanda es la hoja de delincuencia, con un 40%, seguido por la presentación de una demanda o denuncia que lo realizan 3 de cada 10 usuarios o usuarias y en un tercer lugar la asistencia a un juicio o audiencia.

Para el 66% de las personas es importante que se brinde información sobre el funcionamiento de los servicios digitales.

La atención presencial es el canal de contacto más importante para los usuarios, seguido por la consulta desde la línea gratuita 800-800-3000.  Para el 71% de las personas encuestadas el canal presencial facilita dar mayores detalles en la consulta, una atención más rápida y efectiva y un mayor contacto humano.

El estudio comprendió un total de 784 entrevistas efectivas, que se realizaron del 5 al 23 de agosto de 2021.  51% de las personas entrevistas fueron mujeres y un 49% hombres.  El 71% reside en el Gran Área Metropolitana y un 29% fuera de ésta.

La mayor concentración de usuarios se ubica entre los 26 y 45 años, con una escolaridad variada.

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Central telefónica

2295-3000

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Contraloría de servicios

Línea Gratuita (+506) 800-800-3000

Horario de atención : Lunes - Viernes, 7:00 am a 5:00 pm

WhatsApp: (+506) 8595-3000

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Dirección

San José, Barrio Gonzalez Lahmann avenida 6 y 8, Calle 19.

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