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Nombramientos interinos de jueces y juezas 4 y 5  le corresponderá al Consejo Superior

Nombramientos interinos de jueces y juezas 4 y 5 le corresponderá al Consejo Superior

  • Acuerdo de Corte Plena

Magistrados y magistradas de la Corte Plena aprobaron que los nombramientos interinos de jueces y juezas 4 y 5 sean competencia del Consejo Superior, esto como una medida para descongestionar la agenda de Corte Plena.

El acuerdo se tomó en la sesión de Corte Plena de este lunes 17 de octubre de 2022.

La medida acelera el procedimiento para que la ocupación de las plazas en condición de interinas sea más célere, efectivo y en cumplimiento a la Ley de Carrea Judicial.

Los nombramientos en propiedad en estas categorías siguen siendo potestad de la Corte Plena.

El informe con la propuesta aprobada, la presentó el magistrado Luis Porfirio Sánchez Rodríguez, Presidente de la Sala Segunda. Al explicar la propuesta citó las competencias legales que otorga la Ley Orgánica del Poder Judicial al Consejo Superior.

“Hay una voluntad de esta Corte Plena para ir valorando algunas competencias y tratar de que aspectos administrativos los vaya conociendo el Consejo Superior y de una u otra forma ir descongestionando la agenda de este órgano, es una oportunidad para comenzar y definir como descongestionar las sesiones de Corte”, puntualizó el magistrado Sánchez Rodríguez.

Por su parte el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, magistrado Orlando Aguirre Gómez señaló, “la Ley Orgánica le atribuye al Consejo Superior la competencia para hacer estos nombramientos interinos, correspondientes a jueces y juezas 4 y 5. Estos nombramientos se tienen que atender con prontitud, hemos visto la necesidad que el Consejo Superior asuma esta competencia y pueda agilizar estos nombramientos. Habíamos proyectado en ese sentido, ir eliminándole a la Corte Plena actividad administrativa ordinaria, para que su función sea más de gobierno judicial”.

Esta propuesta se aprobó con 20 votos.

 

 

Compra de vehículos en el Poder judicial se apegan a la Ley de Contratación Administrativa

Compra de vehículos en el Poder judicial se apegan a la Ley de Contratación Administrativa

  • Proceso de sustitución de vehículos por antigüedad se puede consultar en expediente electrónico disponible en página institucional.

Las autoridades administrativas del Poder Judicial recalcaron que el proceso de compra de vehículos, entregando bienes como parte de pago, se realiza en apego a los principios que rigen la materia y según lo establecido en la Ley de Contratación Administrativa N° 7494 y su Reglamento, además de la normativa institucional.

Así lo aclaró la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial ante una nota publicada en un medio de comunicación digital, respecto a la compra de seis vehículos para sustituir por antigüedad.

La compra de vehículos con entrega de bienes como parte de pago, es un mecanismo que faculta el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa en el Artículo 32; además se apega a lo dispuesto por la Política Institucional para el cambio de vehículos, las Normas de formulación presupuestaria y el Reglamento para el uso, control y mantenimiento de los vehículos del Poder Judicial. 

“La figura que se utiliza para la entrega de bienes como parte de pago, ofrece la ventaja de cumplir con la renovación de la flotilla vehicular y realizar parte del pago en especie, lo cual permite que el desembolso a realizar en efectivo sea el menor, garantizando el mejor uso de los recursos y del presupuesto institucional destinado para tales fines. Mantener vehículos de modelos que ya superan los 6 años de antigüedad o más, hace que los mismos pierdan valor en el mercado y por ende la posibilidad de aprovecharlos para su entrega como parte de pago, resultaría menos beneficiosa”, explicó Wilbert Kidd Alvarado, Subdirector Ejecutivo del Poder Judicial.

Como parte de estos procesos de compra, se realiza  estudios para conocer las condiciones del mercado, lo cual permite definir cuál es el precio de los vehículos que se requieren, según las necesidades institucionales y en atención a las especificaciones definidas por parte de los entes técnicos correspondientes. A partir de esta información, se establece el precio promedio de las unidades que se deben adquirir.

Kidd Alvarado señaló que el Poder Judicial garantiza la transparencia de estos procesos de compra, los cuales se pueden consultar en la página web institucional.

Respeto al proceso de compra que hace mención el medio de comunicación digital, la Administración Judicial aclaró que el procedimiento de licitación correspondiente a la compra de 6 vehículos por sustitución se llevó a cabo para el cambio de unidades adquiridas en los años 2014 y 2015, con lo cual superaban sobradamente el plazo establecido de 4 años para realizar dichos cambios.

El concurso se realizó mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, la cual se notificó el 18 de mayo del 2022.  La fecha de apertura se definición para el 15 de junio del 2022 y la única empresa que participó fue la Agencia Purdy Motor, todo lo cual consta en el expediente electrónico disponible en la página del Poder Judicial https://pjenlineacr.poder-judicial.go.cr/SIGAPJ.INT.UserInterfaceEJPJ/frm_INT_Invitaciones.aspx.

Para el caso que se menciona en esta publicación, el pago en efectivo que se está realizando no alcanza el 50% del total adjudicado en el proceso licitatorio, con lo cual se consigue la renovación de las unidades realizando el menor desembolso posible de efectivo para el mayor aprovechamiento de los recursos.

El Reglamento para el uso, control y mantenimiento de los vehículos del Poder Judicial, en su artículo 8 indica:

"Los vehículos de uso discrecional deben reunir las condiciones mecánicas, de diseño, carrocería, motor y cilindrada necesarias para brindar los niveles de seguridad suficientes, en caso de amenaza o peligro a la vida e integridad física de los funcionarios a los que se les asigna.

Para establecer el límite máximo de adquisición de los vehículos de uso discrecional en cada ejercicio presupuestario, la Dirección Ejecutiva estará obligada a efectuar una revisión anual del costo de adquisición en el mercado de un vehículo con las condiciones apuntadas en el párrafo precedente, lo anterior según criterios objetivos tales como –entre otros- el Índice de Precios al Consumidor (IPC), para evitar que se desmejoren los niveles de seguridad suficiente que deben brindar esos automotores. La renovación de los vehículos de uso discrecional deberá producirse, como mínimo, cada cuatro años a partir de su adquisición, para no comprometer las mencionadas condiciones de seguridad suficiente.”

 

 

 

 

Jueces y juezas de conciliación realizan intercambio de experiencias

Jueces y juezas de conciliación realizan intercambio de experiencias

  • Con el objetivo de replicar las buenas prácticas en el Centro de Conciliación del Poder Judicial y sus sedes.

Durante tres días, jueces y juezas de conciliación se reunieron para intercambiar experiencias, compartir conocimientos y fomentar la capacitación continua, que, para el caso de este encuentro, se realizó en materia de familia, y así de esta forma replicar las buenas prácticas en cada uno de los centros de conciliación del país.

En la actividad, les dieron a conocer informes de la Dirección de Planificación con una actualización de indicadores de evaluación.

Se contó con la participación del magistrado de la Sala de Casación Penal y presidente de la Comisión de Resolución Alterna de Conflictos (RAC), Gerardo Rubén Alfaro Vargas, quien indicó que “la idea en este momento es mediante un proyecto de ley que se discute en la Asamblea Legislativa, fortalecer el Centro de Conciliación, darle carácter legal a la figura del juez conciliador, porque evidentemente debemos apostar por una justicia diferente”.

“Se está construyendo una política pública de resolución alternativa de conflictos, que involucra a los jueces y juezas conciliadores y parte de esa política o de esa construcción es lo que da sentido a esta reunión”, puntualizó el magistrado Alfaro Vargas. 

También se contó con la presencia del integrante del Consejo Superior, Gary Bonilla Garro. 

Según indicó el juez Jairo Duarte Acuña, coordinador general de los Centros de Conciliación “para nosotros el poder intercambiar experiencias de las diferentes sedes a nivel nacional viene a enriquecer mucho la labor que hacemos y a fortalecer esa unión de grupo como jueces y juezas conciliadores”.

“La importancia de esta reunión es replicar aquellas buenas acciones que tienen algunas sedes para poderlas homologar en otras sedes y maximizar la efectividad e ingresos de casos al centro de conciliación”, señaló el juez Jairo Duarte. 

Por su parte, la jueza Carmen Cerdas Cisneros mencionó “este tipo de espacios es muy valioso para quienes integramos el Centro de Conciliación, ya que nos permite intercambiar experiencias de nuestro diario quehacer, identificar oportunidades de mejora y construir juntos soluciones que se ajusten a las necesidades detectadas y beneficien a todo el centro. Ello, a su vez, evidencia las características que distinguen a cada sede, lo que permite un sano crecimiento”.

Poder Judicial respalda la transparencia en las decisiones institucionales

Poder Judicial respalda la transparencia en las decisiones institucionales

El Poder Judicial como institución pilar de la democracia costarricense respalda la aprobación en segundo debate del proyecto de ley 23 313 “Reforma a los artículos 13, 15 y el inciso 6) del artículo 59 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley N° 8 del 29 de noviembre de 1937 y sus reformas. Ley para garantizar transparencia en las votaciones del Poder Judicial”.

Para la institución es fundamental cumplir con el principio de transparencia y rendición de cuentas, por lo que este cambio normativo, viene a fortalecer los esfuerzos que el Poder Judicial realiza en esa línea, con el objetivo de mostrar a la ciudadanía el detalle del quehacer de este Poder de la República.

El Poder Judicial celebra este gran paso que robustece aún más el Estado Constitucional de Derecho, que busca generar mayor credibilidad en las personas usuarias, por la confianza de que las decisiones que se toman en la institución se hacen y se harán de forma transparente.

Esta decisión legislativa, respalda la petición realizada por Corte Plena el pasado mes de setiembre durante el proceso de elección de la Presidencia del Poder Judicial, en donde con el voto de 18 magistrados y magistradas, se acordó solicitar a la Asamblea Legislativa esta reforma legal con el fin de convertir estas votaciones en públicas.

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