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En Puntarenas realizan audiencias virtuales en materia laboral

• Iniciativa fue adoptada ante emergencia por la crisis sanitaria utilizando la herramienta Microsoft Teams.

Tras la emergencia por la crisis del Covid–19 (coronavirus), se han realizado en el Juzgado Laboral de Puntarenas audiencias virtuales en esta materia, realizadas por la jueza Wendy Martínez Garbanzo.
La primera audiencia virtual se desarrollada el jueves 07 de mayo del 2020, con anuencia de la oficina de Asistencia Social, a fin de realizar conciliación previa, ante la imposibilidad de ejecutarla de forma presenciales. Así las cosas, se consultó a las partes del proceso, su consentimiento para utilizar el sistema de audiencia virtual implementado por la institución y fue aceptado.
Según indicó Martínez Garbanzo, se efectuó una prueba con la Defensa Pública el antes del señalamiento y posteriormente se agenda en Microsoft Teams. En el calendario de la herramienta electrónica, se selecciona hora y fecha, para ingresar los correos aportados por las partes, donde llega un correo que contiene el link de invitación, donde se ingresa únicamente a la hora y fecha fijada por la autoridad judicial, quién acepta su participación.
Dentro de este tipo de audiencias, los participantes deben de contar con documento de identidad vigente, respetar las reglas de disciplina, vestimenta y ética impuestas por ley.
La segunda audiencia virtual, se realizó el martes 12 de mayo del 2020, a fin de evacuar prueba testimonial que se encontraba suspendida por la emergencia nacional. Las partes interesadas aceptan su realización y en este caso el apoderado especial judicial, contaba con cubículo en su oficina particular para realizar la audiencia de interés.
Las partes indicaron estar de acuerdo, toda vez que es una forma rápida de encontrar acceso a la justicia y resolución de sus casos.
La jueza Wendy Martínez mencionó que “es de suma importancia resaltar que la nueva herramienta que implementa el Poder Judicial nos permite brindar el servicio público con normalidad, realizando audiencias y resolviendo los procesos de una manera segura para la salud de los servidores y servidoras judiciales, así como de la persona usuaria, cumpliendo así con los objetivos institucionales”.
“Como juzgadora es causa de motivación dar continuidad al servicio público de calidad, resguardando la salud pública y superando los obstáculos que surgen ante el distanciamiento social y los que pueda surgir a futuro”, puntualizó Martínez Garbanzo.

Corte Plena aprueba modificaciones a Reglamento sobre Evaluación del Desempeño

  • En cumplimiento con las recomendaciones de la Contraloría General de la República y los Lineamientos Generales de Gestión del Desempeño de las Personas Servidoras Públicas Ministerio de Planificación (MIDEPLAN).

 

Modificaciones en los factores y escalas de evaluación del desempeño, así como aspectos puntuales sobre responsabilidad y seguimiento y medidas sobre los planes de mejora y la primera evaluación institucional en esta materia, fueron los cambios que aprobaron magistradas y magistrados en la sesión de Corte Plena del lunes 18 de mayo 2020.

La exposición de los cambios a la normativa reglamentaria, estuvo a cargo de la Directora de Gestión Humana, Roxana Arrieta Meléndez y el Director Jurídico, Rodrigo Campos Hidalgo. La funcionaria Roxana Arrieta, puntualizó que esta labor se realizó en atención a lo ordenado por la Contraloría General de la República, en aplicación al Título III de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (Ley 9635).

“Se identificó un total de cinco puntos en los cuales el Poder Judicial tiene autonomía para emprender cambios al reglamento, según las recomendaciones de Ministerio de Planificación (MIDEPLAN) como la realización de seguimientos de desempeño, diccionarios de competencia, es discrecional el uso de las tablas de ponderaciones dentro del marco de componente de evaluación y las familias de puestos; el diseño de herramientas tecnológicas de acuerdo a las particularidades y la determinación del régimen recursivo contra el resultado final de la evaluación”, explicó Arrieta Meléndez.

El Director Jurídico, Rodrigo Campos Hidalgo, expresó que la propuesta final se basa en las disposiciones que establece la Ley 9635 “…la evaluación del desempeño en el Poder Judicial se rige bajo la normativa propia de la institución. Lo que estamos haciendo aquí, vía reglamentaria, es alinear el reglamento nuestro con los lineamientos que el Ministerio de Planificación emitió el 10 de diciembre del 2019”, detalló.

Uno de los cambios al Reglamento del Sistema Integrado de Evaluación del Desempeño del Poder Judicial, comunicado mediante circular 204-2019, señala la competencia de la Dirección de Planificación en el acompañamiento y alineación entre las metas del Plan Estratégico Institucional (PEI) y los Planes Anuales Operativo (PAOS), que serán los insumos para la evaluación del desempeño de las personas servidoras judiciales de todos los ámbitos sin distingo de puesto.

Factores de Evaluación. El primer factor es de Rendimiento que contempla cuatro niveles que involucran la contribución de la persona en el cumplimiento de los objetivos del PAO o el PEI, la percepción de la prestación de bienes y servicios realizada por la Contraloría de Servicios del Poder Judicial, la contribución de los objetivos no contemplados en el primer nivel y los objetivos y metas establecidos por la persona trabajadora y el ente evaluador. El segundo Factor es el Competencial. Incluye las competencias genéricas contenidas en el perfil competencial de la institución, según el puesto y el ámbito.

La escala de evaluación se ajustó a lo establecido por MIDEPLAN, por lo que se definen las calificaciones de Insuficiente ( menos de 70 puntos), Bueno (igual o mayor a 70 y menor de 80), Muy Bueno (igual o mayor de 80 y menor de 90), Excelente ( igual o mayor de 90 y menor de 100) y Sobresaliente (igual a 100)

En el inciso 6 del artículo 20, sobre los efectos del resultado de la evaluación, se establece que cuando una persona trabajadora se niega injustificadamente a someterse a un plan de mejora, previa comprobación de la deficiencia mediante la aplicación de la evaluación del desempeño respectiva, entre otros aspectos, se pondrá en conocimiento del órgano disciplinario para lo correspondiente.

La modificación al reglamento es producto del trabajo de las personas que integran la Comisión de Evaluación del Desempeño del Poder Judicial. En este aspecto concreto se tuvieron a su cargo de la modificación al reglamento aprobado el cual se tuvo que adecuar a lo dispuesto por la Contraloría General de la República y MIDEPLAN.

En la sesión de Corte Plena del 2 de marzo 2020 se integró una comisión de seguimiento para la implementación de lo acordado por la Contraloría General de la República de cómo tenía que aplicarse en el Poder Judicial el Título III de la Ley 9635 en relación con el pago de las remuneraciones. Periódicamente se remite informes a la CGR sobre los avances.

Despachos jurisdiccionales atienden más de 500 mil trámites en 15 días

  • Datos registrados del 13 al 30 de abril.
  • Acciones garantizan continuidad de servicios ante pandemia del COVID-19

 

La continuidad de los servicios de administración de justicia se mantiene como una prioridad para el Poder Judicial, ante la pandemia por el COVID-19 y las acciones emprendidas así lo demuestran.

Un total de 550 189 trámites en los diversos despachos judiciales se registran tan sólo en los últimos 15 días del pasado mes de abril. Este dato se desprende de los informes de seguimiento de la labor ejecutada por el ámbito jurisdiccional y aprobado por Corte Plena en la sesión del 13 de mayo 2020.

El estudio comprendió el trabajo de juzgados, juzgados mixtos, tribunales de primera instancia, tribunales de apelación especializados y mixtos, que presentaron sus planes de trabajo ante el Centro de Gestión Función Jurisdiccional tras la situación de emergencia sanitaria que afecta al planeta provocada por el COVID-19.

Específicamente en la atención de las gestiones de las personas usuarias de la materia Civil, Cobro, Laboral, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Doméstica, Notarial, Pensiones Alimentarias, Agraria, Tránsito, Contencioso Administrativo y Contravencional.

Una de las materias con mayor demanda de servicio es la materia cobratoria que contabilizó un total de 244 863 asuntos en conocimientos, relacionados con resolución de escritos, sentencias, resolución de demandas nuevas, remates realizados, giros de dinero efectuados, entre otros.

Las materias de Familia, Pensiones Alimentarias y Violencia Doméstica alcanzaron durante estos quince días de revisión, un total de 127 626 tramitaciones diversas como escritos resueltos, firma de asuntos varios, apremios resueltos, giros de dinero realizados y realización de diligencias, entre otras de sus labores.

En materia de Tránsito, el trabajo alcanzó la atención de 51 570 funciones bajo su competencia, entre las que destacan sentencias y otras resoluciones, atención al público vía telefónica y presencial, resoluciones agregadas y otros.

La jurisdicción civil registró un total de 43 372 trámites, que comprendieron resoluciones elaboradas, sentencias, escritos resueltos, nuevas demandas tramitadas, giro de recursos, etc.

Desde las funciones realizadas por la Jurisdicción Contenciosa Administrativa se calcularon un total de 35 738 trámites diversos, que corresponden a labores como sentencias, resoluciones y expedientes firmados, resolución de escritos, entre otros.

En materia laboral se contabilizó en este período 30 648 gestiones en el país, durante el período de medición, en su mayoría sentencias, giros de dineros, escritos resueltos y expedientes firmados.

En las labores ejecutivas en materia agraria, en ese período, se registró 9083 funciones ejecutadas, como escritos resueltos, expedientes pasados a firmas, atención a personas usuarias, entre otras.

Las labores judiciales en la materia de contravenciones sumaron un total de 7207 procesos, sobre tramitación de expedientes, firma de resoluciones, sobreseimientos y escritos resueltos. Otras de las labores que atienden, se encuentran contempladas en las materias específicas del informe.

Y en materia notarial se contabilizaron 82 trámites relacionados puntualmente con sentencias del juzgado y del tribunal, así como la resolución de escritos.

Estos resultados incorporan un importante componente de reorganización interna de los despachos judiciales, siguiendo las directrices emitidas por Corte Plena y el Consejo Superior, para la prestación efectiva de los servicios ante la emergencia nacional por el COVID-19.

“Los despachos judiciales establecieron sus planes de trabajo, los cuales se analizaron desde las directrices de Corte y las Comisiones Jurisdiccionales, principalmente en la continuidad de los servicios. Este es un gran esfuerzo de cada despacho, que se vio respaldado por las herramientas tecnológicas que puso a disposición la Dirección de Tecnología de la Información”, explicó Erick Monge del Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional.


Teletrabajo judicial. Sara Castillo Vargas, integrante del Consejo Superior, tuvo a cargo la presentación del informe sobre el resultado de las directrices administrativas judiciales, emitidas por este órgano, lo que permitió poner en funciones los servicios judiciales bajo la modalidad de teletrabajo en 549 de las 838 oficinas judiciales.

Destacó que el 65% del personal judicial de estas oficinas (5795 personas trabajadoras judiciales), ejecutaron su labor desde el Teletrabajo, garantizando con ello la continuidad de los servicios y respetando con ello, las normas sanitarias.

“El teletrabajo en la institución, en esta época de crisis sanitaria, ha tenido una implementación fuerte y regulada por nuestro reglamento interno. Desde el Consejo Superior emprendimos acciones puntuales como la ampliación de las listas de puestos teletrabajables y ampliamos también las potestades de las jefaturas para que determinaran más funciones que pudieran adaptarse a esta modalidad, en un esfuerzo por garantizar la protección de las personas usuarias y la población judicial, manteniendo la continuidad de los servicios”, puntualizó Castillo Vargas.

El informe determinó que el nivel de cumplimiento y satisfacción en los planes de teletrabajo establecidos por las jefaturas para esta modalidad es contundentemente favorable y osciló de un 84% a un 95% en las distintas semanas en que se ha venido desarrollando.

Corte Plena aprueba protocolo para audiencias virtuales en materia civil

• Iniciativa evita el rezago en el trabajo de la Jurisdicción por motivo de la crisis provocada por el COVID-19

Erick Fernández Masís
Periodista

 

Los Magistrados y Magistradas de la Corte Plena aprobaron el “Protocolo para la realización de audiencias orales por medios tecnológicos en materia civil”, el cual emerge como solución ante la crisis sanitaria que se vive producto de la enfermedad del COVID-19.

Con el voto unánime de los integrantes del máximo órgano judicial, esta iniciativa busca evitar la afectación en la tramitación de los asuntos civiles, además de crear una herramienta que cotidianamente pueda ser utilizada e ir de la mano con las facilidades que permiten las nuevas tecnologías.

Esta opción avalada por la legislación civil de nuestro país, el Derecho Internacional, los Derechos Humanos en general y del Derecho Constitucional en particular, garantiza a las personas inmersas en una contienda judicial de naturaleza civil o mercantil, el derecho fundamental de un acceso real, célere, económico y efectivo a una justicia pronta y cumplida dentro de un marco de pleno respeto al debido proceso.

La propuesta posibilita que el servicio público de Administración de Justicia no se paralice o "atrofie" en cuanto a la realización de aquellas audiencias judiciales que así lo permitan, brindando un alto grado de seguridad jurídica para la materia civil y comercial, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 24.4 y 25.1 del Código Procesal Civil y 19 del Reglamento del expediente electrónico.

Para el Magistrado de la Sala Primera de la Corte y Coordinador de la Comisión de la Jurisdicción Civil, William Molinari Vílchez, este paso es importante, ya que se está optando por la modernidad y la eficacia, apelando a todas las posibilidades que tiene el Poder Judicial en materia tecnológica.

“Es increíble lo que esta institución puede hacer; mediante la Dirección de Tecnologías de la Información hemos logrado tener las herramientas necesarias para realizar audiencias virtuales y así dar una respuesta efectiva a las personas usuarias”, señaló el Magistrado Molinari Vílchez.

La iniciativa surgió mediante una propuesta del Tribunal Colegiado de Primera Instancia de San Ramón, quienes formularon un primer protocolo para la realización de las audiencias de manera virtual, el mismo fue presentado a la Comisión y junto a las Direcciones de Tecnologías de Información y Planificación, se le realizaron mejoras para su presentación.

Para Minor Jiménez, Juez Civil e integrante de la Comisión Civil, este proyecto es muy beneficioso, debido a que esta materia apuesta por la oralidad y el uso de las tecnologías, por lo que permitirá nuevas posibilidades en el ahorro de recursos para las partes en el desarrollo de las audiencias.

Por su parte, Farith Suárez Valverde, Juez Civil e integrante de la Comisión, señaló que el protocolo toma en cuenta el tipo de audiencias que se puede hacer por este medio, siendo que la Civil no presenta inconvenientes.

Enfatizó en la importancia de estandarizar reglas específicas para crear seguridad jurídica a las partes involucradas e incluir la alternativa de agregar nuevos sistemas y herramientas mediante la Dirección de Tecnologías de la Información y la aprobación del Consejo Superior.

El protocolo contiene disposiciones generales que incluyen el objeto de la realización de la audiencia, el ámbito de aplicación, la autenticación y el uso de tecnologías seguras, la identificación de las partes, el lugar, la vestimenta y el tiempo de las audiencias, así como el tema del manejo de la prueba y el respaldo de las mismas.

Otros elementos como los deberes éticos, la publicidad, el uso de intérpretes, la accesibilidad, la dirección de la audiencia, la recepción de declaraciones, la formas alternativas de resolución de conflictos, los sistemas a utilizar y lo que se debe hacer ante la interrupción de servicios son parte de las pautas generales.

Además, el documento contiene disposiciones específicas que refieren a las actuaciones previas a la audiencia, así como durante su realización.

La aprobación del Protocolo se dio en la sesión de Corte Plena del día de ayer lunes 4 de mayo.

Pies de foto:
1. El Protocolo se presentó mediante videoconferencia ante los Magistrados y Magistradas de Corte Plena.
2. Magistrado William Molinari Vílchez, Coordinador de la Comisión de la Jurisdicción Civil.

 

 

 

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