Lo conforman aquellos despachos o departamentos de la institución cuya labor es la de coadyuvar en la tarea de administrar justicia. La misma Ley Orgánica del Poder Judicial establece que actuarán como auxiliares de justicia las siguientes dependencias: el Ministerio Público, el Organismo de Investigación Judicial, el Departamento de Defensores Públicos, la Escuela Judicial, el Centro Electrónico de Información Jurisprudencial y el Archivo y Registro Judicial.

 

a.- Ministerio Público

 

El Ministerio Público tiene la función de requerir ante los Tribunales penales la aplicación de la ley, mediante el ejercicio de la acción penal y la realización de la investigación preparatoria en los delitos de acción pública. No obstante, cuando la ley lo faculte, previa autorización del superior, el representante del Ministerio Público podrá solicitar que se prescinda total o parcialmente, de la persecución penal, que se limite a alguna o varias infracciones o a alguna de las personas que participaron en el hecho. Este mismo ente debe intervenir en el procedimiento de ejecución penal, en la defensa civil de la víctima cuando corresponda y asumir las demás funciones que la ley le asigne.

 Oficina de  Asesoría Técnica y Relaciones Internacionales de la Fiscalía General de la República

 

El Fiscal General en resolución administrativa número 53-2007, de las nueve horas del diez de septiembre de dos mil siete, integró en un solo despacho, bajo el nombre de Oficina de Asesoría Técnica y Asuntos Internacionales, cuyo acrónimo es OATRI, las labores que hasta esa fecha llevaba a cabo la Fiscala de Enlace Internacional y las funciones de la oficina asesora al Consejo Fiscal. El Consejo Superior en la sesión No. 03-2008 celebrada el 15 de enero de 2008, artículo LXV, ordenó la creación de la OATRI en los términos indicados por el Fiscal General de la República.

 

Esta oficina tiene las siguientes funciones:

 

  1. Funciones Área Asuntos Internacionales:
  2. Promover y coordinar las relaciones internacionales del Ministerio Público.
  3. Promover y coordinar la cooperación penal internacional.
  4. Ser la autoridad central de Costa Rica para la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional y para la Convención Interamericana contra la fabricación y el tráfico ilícito de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados.
  5. Tramitar, controlar y dar seguimiento a las cartas rogatorias y asistencias judiciales tanto pasivas como activas.
  6. Coordinar con todas las autoridades centrales involucradas en los procedimientos de cooperación.
  7. Coordinar las extradiciones pasivas y activas.
  8. Representar al Ministerio Público y coordinar con la Red Iberoamericana de Cooperación judicial, IBERRED, en los temas de su competencia.
  9. Representar al Ministerio Público y coordinar en lo de su competencia, con la Red Hemisférica de Intercambio de Información para la Asistencia Mutua en Materia Penal y Extradición, de la Organización de Estados Americanos (OEA).
  10. Coordinación con la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos (AIAMP).
  11. Coordinación con el Consejo de Ministerios Públicos Centroamericano.
  12. Llevar el registro y seguimiento de capacitaciones internacionales a fiscales.
  13. Coordinar las relaciones con las Fiscalías de Contraterrorismo de otros países.
  14. Coordinar la agenda internacional del Fiscal General.

 

b.- Oficina de Defensa Civil de la Víctima.

 

Es una oficina que le suministra a las víctimas de un delito los servicios de un representante legal, para que les ayude a obtener una indemnización por los daños y perjuicios que hayan sufrido.  La Oficina de Defensa Civil de la Víctima depende del Ministerio Público e inició sus labores el 1 de enero de 1998, con la entrada en vigencia del Código Procesal Penal. El servicio profesional que brinda esta oficina es totalmente gratuito y consiste en asignarle a la víctima un abogado, quien realiza los trámites necesarios con el fin de que el acusado o quien responda por él, pague los daños causados.

 

c.- Oficina de Atención y Protección a la Víctima del Delito

 

La Oficina de Atención y Protección a la Víctima del Delito inicia sus funciones el  8 de mayo del año 2000, mediante acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 95-99, celebrada el 30 de noviembre de 1999, artículo XXII.  Actualmente esta Oficina depende directamente de la Fiscalía General. Es la oficina del Ministerio Público encargada de atender a todas las personas (hombres, mujeres y niños/niñas), nacionales y extranjeras, que sean víctimas en algún proceso judicial. Esta Oficina cuenta con un equipo interdisciplinario constituido por una profesional en derecho, una trabajadora social y una psicóloga clínica. El objetivo de la Oficina es evitar la revictimización o victimización secundaria de las personas que han sido víctimas de algún delito, mediante un trato más humano y con respeto a sus derechos. Los servicios que brinda la Oficina incluyen: atención psicológica individual y grupal, asistencia social, asesoría jurídica en cuanto al proceso penal, derechos de las víctimas y el estado de sus  casos, acompañamientos a distintas diligencias judiciales, contacto con redes sociales de apoyo, referencias a otras instituciones de ayuda médica y social y protección. Desde el año 2000 esta Oficina coordina un programa de protección.

 

d.- Organismo de Investigación Judicial

 

Fue creado en 1973 como un órgano auxiliar de los Tribunales Penales y pertenece al Misterio Público. Su principal función es el descubrimiento y verificación científica de los delitos y sus presuntos responsables. Su Ley Orgánica dispone que actuará por iniciativa propia, por denuncia o por orden de autoridad competente en la investigación de los delitos de acción pública, en la identificación y aprehensión preventiva de los presuntos culpables. También pretende reunir, asegurar y ordenar científicamente las pruebas y demás antecedentes necesarios para la investigación.

 

e.- Defensores Públicos

 

La función de los Defensores Públicos es la de proveer defensa pública a todo imputado o prevenido que solicite sus servicios, así como en los procesos agrarios no penales cuando la parte lo solicite. Los servicios de este abogado que se asigna a la defensa es gratuita para quienes no tienen medios económicos para sufragar el costo del proceso.

 

f.- Escuela Judicial

 

Creada hace más de 35 años, el Poder Judicial de Costa Rica cuenta con una Escuela organizada y fortalecida para dar un apoyo muy importante en la administración de justicia, eficiente y eficaz. Su objetivo general es el “desarrollar programas de capacitación especializada, dirigida a los servidores judiciales, que permitan fortalecer de manera integral sus conocimientos y actitudes para el adecuado desempeño de sus funciones, contribuyendo con ello a una administración de justicia pronta y cumplida.

 

g.- Centro Electrónico de Información Jurisprudencial

 

La importancia de la jurisprudencia está acreditada por su carácter de derecho viviente y herramienta de suma utilidad para la decisión correcta, por esta razón, el Centro Electrónico tiene a su cargo la importante labor de procesar, analizar y clasificar jurídicamente las resoluciones de interés producidas por las Salas de Casación y Tribunales Colegiados, con el objeto de suministrar esa información a funcionarios judiciales, estudiantes, abogados y público en general, cuando sea requerida a través de distintos medios: atención personal, sistema automatizado, revistas judiciales, boletines, voces técnicas, índices y comunicación por medio de fax.

 

h.- Registro y Archivo Judicial

 

El Registro tiene la función de registrar los antecedentes penales de los habitantes de la República. El archivo debe custodiar los expedientes fenecidos y abandonados, así como los documentos y libros que determine la Corte Plena.

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