• El Tribunal analizó las pruebas testimoniales y documentales que respaldaron el compromiso del propietario de reconocer parte del valor de las construcciones realizadas por el arrendatario.

 

La Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia determinó que procede el pago de ₡25 millones a un ganadero, por las mejoras que realizó en una finca que alquilaba, para desarrollar su actividad productiva. La decisión se fundamentó en las pruebas que respaldaron un acuerdo verbal entre el arrendatario y el propietario del inmueble.

La resolución N.° 00110-2026 examinó los testimonios y documentos aportados por ambas partes, así como los tres contratos de arrendamiento formalizados entre 2012 y 2018.

“…esta Sala concluye que, don [Nombre 006] estaba dispuesto a compensar al actor una suma económica por las construcciones realizadas en la finca objeto del arrendamiento, importe que, según indicaron los testigos, sería de 25 millones de colones”, señala la resolución.

En los dos primeros contratos se estableció que las mejoras realizadas pasarían a formar parte del inmueble, sin que el propietario tuviera la obligación de reconocer su valor al finalizar del alquiler.  Sin embargo, esa condición no se incluyó en el tercer contrato, firmado en noviembre de 2017.

“…la suscripción del tercer contrato de arrendamiento en noviembre de 2017, sin incluirse cláusula alguna relativa a la improcedencia del reclamo por mejoras, constituye un dato que, más bien, robustece la versión del actor, pues configura un indicio de que ya no existía el interés por mantener la referida exclusión”, determinó la sentencia de casación.

La Sala Primera aclaró que la suma establecida constituye el límite máximo que debe pagarse, pues no se demostró que las partes hubieran acordado reconocer el valor total de las mejoras, conforme a su precio real o de mercado.

 

Reseña del caso. 

El proceso se originó cuando el ganadero solicitó el reconocimiento de las mejoras realizadas durante el alquiler de la finca. En 2018 comenzó un proceso de desalojo y, tras el fallecimiento del propietario, el arrendatario acudió a la vía agraria para reclamar el cumplimiento del acuerdo verbal.

En primera instancia, el Juzgado Agrario declaró procedente el reclamo con base en las pruebas testimoniales y documentales. Posteriormente, el Tribunal Agrario revocó esa decisión.

Finalmente, la Sala Primera resolvió el caso y condenó a la parte correspondiente a pagar al arrendatario ₡25 millones por concepto de las mejoras realizadas en la finca arrendada.

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