El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, está impulsando dos medidas distintas sobre el presupuesto del Poder Judicial: un recorte al presupuesto de 2026, actualmente en ejecución, y una reducción, acompañada del bloqueo de recursos, en el proyecto de presupuesto para 2027.

 

Aunque ambas medidas se gestionan y discuten de manera simultánea, se trata de procesos distintos, con procedimientos y trámites diferentes.

 

Presupuesto 2026

 

El 24 de junio de 2026, el Ministerio de Hacienda solicitó al Poder Judicial una rebaja del 5% del presupuesto vigente, esto equivale aproximadamente a ₡27.076 millones.

 

Ante esta solicitud, la Corte Plena acordó, el 29 de junio, ceder ₡13.042 millones como parte de los esfuerzos institucionales para contribuir a la sostenibilidad fiscal del país.

 

En ese momento se advirtió, sin embargo, que la reducción pretendida tendría consecuencias en la prestación de servicios y en iniciativas dirigidas a fortalecer la lucha contra el crimen organizado y agilizar los procesos judiciales. Asimismo, se señaló que se trataba del mayor esfuerzo de ajuste que podía realizarse sin comprometer directamente la continuidad de servicios esenciales, y que una reducción adicional podría generar mayores afectaciones para las personas usuarias.

 

Posteriormente, mediante oficio MH-DM-OF-0901-2026, del 18 de agosto, el Ministerio de Hacienda comunicó al Poder Judicial que realizaría un recorte de ₡23.721,8 millones. Hacienda alegó que ₡11.608 millones del monto inicialmente cedido por el Poder Judicial no formaban parte de la base utilizada para calcular la rebaja solicitada.

La Presidencia de la Corte presentó un recurso de revocatoria contra esta decisión, pero fue rechazado. También planteó un conflicto de presupuesto (artículo 177 constitucional)  ante la Presidencia de la República, el cual fue declarado inadmisible. 

 

El recorte deberá tramitarse mediante un presupuesto extraordinario ante la Asamblea Legislativa. El Poder Judicial, por su parte, impulsará otras acciones legales para defender los recursos necesarios para garantizar la continuidad de los servicios que brinda a la población.

 

Presupuesto 2027

 

En el proyecto de Presupuesto Nacional 2027 presentado por el Ministerio de Hacienda a la Asamblea Legislativa el 1.° de setiembre, se asignan al Poder Judicial ₡530.973,2 millones, un monto ₡10.542 millones menor que el presupuesto de 2026.

 

Sin embargo, el principal impacto está en que ₡29.843,8 millones de esos recursos quedan sujetos a normas de ejecución presupuestaria, que establecen una serie de requisitos y trámites para que puedan ser efectivamente utilizados.

 

Entre estos requisitos se encuentran la presentación de estados financieros del Fideicomiso de Infraestructura auditados, certificaciones de la Contraloría General de la República, el conocimiento y aprobación de la Comisión de Control de Ingreso y Gasto Público, la aprobación del Plenario Legislativo y, finalmente, una orden al Ministerio de Hacienda para proceder con el desbloqueo de los recursos.

 

El procedimiento no establece un plazo cierto para que los recursos queden efectivamente disponibles. Además, aun cuando se cumplan las condiciones establecidas, su disponibilidad dependerá de decisiones y trámites que involucran tanto a la Asamblea Legislativa como al Poder Ejecutivo.

 

Esta situación puede afectar la continuidad de servicios esenciales y generar un escenario en el que el Poder Judicial tenga un presupuesto aprobado, pero no pueda disponer oportunamente de los recursos para operar con normalidad.

 

Principales afectaciones

  • Menor disponibilidad de personal: las 2.463 plazas vacantes (ocupadas por funcionarios interinos) no podrán utilizarse sin un estudio de la Contraloría General de la República y aval de una comisión legislativa, lo que podría provocar el cierre parcial o total de despachos y aumentar el rezago judicial. 
  • Menor capacidad para combatir el crimen: las restricciones por ₡8.684 millones al OIJ afectarían recursos destinados a investigación, pericias, equipos e insumos necesarios para enfrentar el crimen organizado. 
  • Riesgo para los servicios tecnológicos: las limitaciones en licencias, conectividad, videoconferencias y seguridad informática podrían afectar la tramitación de expedientes y la emisión de resoluciones. 
  • Afectación a víctimas y personas usuarias: las restricciones de personal y servicios podrían reducir la capacidad de brindar atención oportuna y cercana en distintas regiones del país. 
  • Dificultades para garantizar la defensa pública: podrían presentarse cierres de oficinas y una reducción de la cobertura territorial de los servicios de Defensa Pública. 
  • Riesgo de suspensión o atraso de proyectos esenciales: proyectos de infraestructura y servicios médico-legales y del OIJ podrían enfrentar atrasos o suspensión. 

 

Situación actual

 

El proyecto de presupuesto 2027 se encuentra actualmente en discusión en la Comisión de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa, donde todavía puede ser objeto de cambios y modificaciones.

 

El Poder Judicial compareció ante esta comisión el miércoles 16 de setiembre y manifestó su preocupación por las normas de ejecución presupuestaria, al considerar que pueden afectar su independencia y su capacidad para administrar oportunamente los recursos necesarios para cumplir las funciones que constitucionalmente le corresponden.

 

En esa comparecencia, el Poder Judicial solicitó la eliminación de dichas normas y planteó la necesidad de garantizar que los recursos asignados puedan estar disponibles de manera oportuna para asegurar la continuidad de los servicios que recibe la población.

 

Preguntas y respuestas

 

  1. ¿Cómo rinde cuentas el Poder Judicial sobre la administración de los recursos públicos? 

El Poder Judicial rinde cuentas sobre el uso de los recursos públicos mediante controles internos y externos. La ejecución presupuestaria es fiscalizada por la Contraloría General de la República y por la Auditoría Interna, mientras que la Dirección Ejecutiva y la Dirección de Planificación dan seguimiento a la formulación, distribución y ejecución del presupuesto institucional. Además, el presupuesto se somete al proceso de aprobación y fiscalización correspondiente ante la Asamblea Legislativa.

 

La institución también cuenta con mecanismos de transparencia y acceso público a la información, como el Portal de Transparencia, los informes de ejecución presupuestaria, datos sobre contrataciones y el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP). Asimismo, las autoridades del Poder Judicial comparecen ante la Comisión de Asuntos Hacendarios y presentan informes sobre la gestión institucional

 

  1. ¿Es la independencia judicial una forma de excusarse para no rendir cuentas?

La independencia judicial no es un privilegio de las personas funcionarias ni una excusa para no rendir cuentas. Es una garantía para la ciudadanía, porque permite que las decisiones se tomen con base en la Constitución y la ley, sin presiones externas. Para cumplir con el mandato constitucional, también se requieren los recursos necesarios para prestar los servicios de justicia. Cuando esos recursos se limitan o no están disponibles oportunamente, se afecta la capacidad del Poder Judicial para cumplir sus funciones y, en consecuencia, la atención que recibe la ciudadanía.

 

  1. ¿Ha aumentado el presupuesto del Poder Judicial en los últimos años?

Durante los últimos tres años, el presupuesto del Poder Judicial se ha mantenido relativamente estable como porcentaje de los ingresos corrientes: 6,84% en 2025 y 2027, y 6,82% en 2026. En términos absolutos, pasó de₡528.513 millones en 2025 a ₡539.689 millones en 2026, un incremento del 2,11%. Para 2027, el presupuesto ordinario formulado es de ₡528.986 millones, es decir, ₡10.703 millones menos que en 2026 (1,96%).

 

A esto se suman ajustes posteriores a la aprobación legislativa que han reducido los recursos efectivamente disponibles. En 2025 se rebajaron ₡6.346 millones de recursos incorporados mediante mociones legislativas, debido a que Hacienda autorizó el giro de únicamente ₡3.000 millones. En 2026, además, se descontaron ₡8.688 millones correspondientes a recursos aprobados por la Asamblea Legislativa que finalmente no fueron transferidos al Poder Judicial.

 

  1. ¿Cómo define la Corte Plena las prioridades para distribuir los recursos del Poder Judicial?

La priorización del presupuesto del Poder Judicial se realiza mediante un proceso técnico, planificado y sujeto a múltiples controles institucionales, dentro de los límites y condiciones establecidos por el Ministerio de Hacienda y la Dirección General de Presupuesto Nacional. El Poder Judicial no define libremente el monto de su presupuesto, pues debe ajustarse a restricciones como el límite global de gasto, la regla fiscal, las disposiciones de empleo público y los recursos con destinos específicos.

 

La asignación de los recursos busca garantizar, en primer lugar, la continuidad de los servicios de justicia y cubrir gastos indispensables como remuneraciones, servicios públicos, seguridad, limpieza y alquileres. Posteriormente se priorizan necesidades estratégicas como tecnología, investigación criminal, ciencias forenses, infraestructura, mantenimiento y seguridad. Estas decisiones se sustentan en la planificación institucional, el crecimiento de la demanda y las nuevas responsabilidades que la ley asigna al Poder Judicial. El proceso involucra a distintas instancias técnicas y administrativas y culmina con la aprobación colegiada de la Corte Plena, bajo mecanismos de control, transparencia y rendición de cuentas.

 

  1. ¿Cómo explica el Poder Judicial que una parte significativa del presupuesto se destine a remuneraciones y qué medidas existen para optimizar el uso de esos recursos?

Una proporción significativa del presupuesto del Poder Judicial se destina a remuneraciones debido a la naturaleza de los servicios que presta. La administración de justicia es una actividad intensiva en recurso humano y depende del trabajo especializado de personas juzgadoras, fiscales, defensoras públicas, investigadoras, peritas y personal técnico, profesional y administrativo. Históricamente, las remuneraciones representan más del 80% del presupuesto, y la mayoría de las plazas está vinculada directamente con funciones sustantivas como la administración de justicia, la investigación criminal, la persecución penal y la defensa pública. El Poder Judicial cuenta con más de 900 oficinas y despachos en todo el país.

 

Para optimizar estos recursos, la institución mantiene medidas permanentes de contención y eficiencia, como el control de plazas vacantes, la revisión técnica de las necesidades de personal, la redistribución interna de recurso humano y la priorización de nuevas plazas según carga de trabajo, riesgo institucional y disponibilidad presupuestaria. A esto se suman procesos de transformación digital, automatización y mejora continua, con el objetivo de aumentar la productividad y fortalecer la capacidad de respuesta, sin afectar la prestación de los servicios de justicia.

 

  1. ¿Qué ocurre con los recursos que no son ejecutados por el Poder Judicial al cierre de cada periodo presupuestario?

El Poder Judicial está sujeto al principio de anualidad presupuestaria. Por lo tanto, los recursos que al cierre del año quedan disponibles se liquidan y pasan a favor del Ministerio de Hacienda. La ejecución del presupuesto del Poder Judicial, en los últimos años, ha superado el 96%

  1.  ¿Por qué esos recursos se trasladan al Fideicomiso de Infraestructura y no se destinan a otras necesidades prioritarias de la institución?

Esos recursos no se trasladan al Fideicomiso, al liquidar el presupuesto los saldos pasan al Ministerio de Hacienda. Durante el ejercicio presupuestario, el Poder Judicial realiza una revisión permanente de los saldos disponibles, producto, entre otros factores, de diferenciales cambiarios, contrataciones fallidas o servicios públicos que fueron presupuestados, pero finalmente no se concretaron.

 

Son estos recursos disponibles los que se trasladan al Fideicomiso mediante modificaciones presupuestaria aprobadas por el Ministerio de Hacienda. Es importante aclarar que los recursos destinados al Fideicomiso forman parte de los recursos ejecutados por el Poder Judicial, pues se destinan al desarrollo de infraestructura judicial.

  1. ¿Qué mecanismos de control y rendición de cuentas existen sobre los recursos administrados mediante el fideicomiso?

Los fondos del Fideicomiso están sujetos a la fiscalización de la Contraloría General de la República, que ya ha emitido un informe sobre el Fideicomiso de Infraestructura. Asimismo, la Auditoría Interna ha realizado estudios sobre su gestión.

 

Además, los Estados Financieros son auditados anualmente por un despacho de contadores públicos. Para el 2025, se obtuvo una opinión limpia, sin salvedades.

 

Toda la información relacionada con el Fideicomiso se encuentra publicada y accesible para cualquier persona interesada.

 

  1. ¿Cuál es el beneficio del fideicomiso y qué resultados concretos ha generado para el Poder Judicial?

El Fideicomiso está conformado por 17 proyectos de infraestructura. A la fecha, se han adquirido tres terrenos, se ha concluido la construcción de dos edificios —la Torre Judicial y los Tribunales de Justicia de Puntarenas— y otros tres proyectos se encuentran en proceso de construcción.

 

Los edificios ya concluidos generan un ahorro superior a ₡2.000 millones anuales en alquileres. Una vez finalizados los Tribunales de Justicia de Cañas y Liberia y el edificio de la Sala Constitucional, se estima un ahorro adicional de más de ₡1.200 millones al año.

 

  

25 de setiembre de 2026

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