- Impacto en servicios, cierre de oficinas, limitaciones para combatir delincuencia, entre las principales afectaciones
El bloqueo de ₡29.843,8 millones impuesto por el Ministerio de Hacienda al Poder Judicial en el presupuesto 2027 pone en riesgo la continuidad de servicios esenciales. Las restricciones afectarían nombramientos, tecnología, infraestructura y contratos, generando un escenario de cierre técnico: contar con presupuesto aprobado, pero sin disponer efectivamente de los recursos necesarios para operar con normalidad.
Esto tendría consecuencias directas para las personas y para la capacidad del Estado de enfrentar la inseguridad. Una investigación sin recursos, un tribunal con menor capacidad operativa, una víctima con dificultades para recibir protección o un sistema tecnológico que no funciona no son problemas administrativos: son servicios de justicia que podrían verse seriamente limitados.
Condicionamiento externo
En el proyecto de Presupuesto Nacional presentado por el Ministerio de Hacienda a la Asamblea Legislativa el 1.° de setiembre, se asignan al Poder Judicial ₡530.973,2 millones. Sin embargo, ₡29.843,8 millones de ese monto quedan sujetos al cumplimiento de una serie de requisitos establecidos mediante cuatro normas de ejecución presupuestaria.
Dentro de los requisitos se encuentran la presentación de estados financieros auditados, certificaciones de la Contraloría General de la República, el conocimiento y aprobación de la Comisión de Control de Ingreso y Gasto Público, la aprobación del Plenario Legislativo y, finalmente, una orden al Ministerio de Hacienda para proceder con el desbloqueo de los recursos.
El procedimiento no establece actualmente un plazo cierto para que estos recursos puedan quedar efectivamente disponibles. Además, aun cuando se cumplan las condiciones establecidas, la disponibilidad efectiva de los recursos dependerá de decisiones y trámites que involucran tanto a la Asamblea Legislativa como al Ejecutivo.
“Fiscalizar es comprobar si el dinero se gastó conforme a la ley. Otra cosa es participar en la decisión de cuándo puede gastarse, cómo puede reorganizarse y qué plazas pueden utilizarse”, cuestionó el magistrado presidente de la Corte, Orlando Aguirre Gómez, quien advirtió que existe una afectación a la independencia judicial y a su capacidad de administrar sus recursos para cumplir las funciones que constitucionalmente le corresponden.
¿Qué significa un eventual cierre técnico?
Un cierre técnico no significa necesariamente que el Poder Judicial cierre sus puertas de un día para otro. Significa que las restricciones acumuladas pueden llevar a que la institución no tenga capacidad material para mantener todos sus servicios en las condiciones actuales, aun cuando exista un presupuesto formalmente aprobado.
Afectaciones en concreto:
- Menos personal disponible: existen 2.463 plazas vacantes, que no corresponden a plazas ociosas ni a puestos sin necesidad de personal, sino a plazas que actualmente son ocupadas por personal de manera interina.
Estas no podrán utilizarse sin un estudio de costo-beneficiojustificado de la Contraloría General de la República y conocido por Corte Plena.
Dicho estudio deberá ser actualizado trimestralmente.
Representa el cierre del servicio en despachos unipersonales como Juzgados Penales Juveniles, Violencia Doméstica, Pensiones Alimentarias, Tránsito y Penal.
Reduce la capacidad operativa de las fiscalías, el Organismo de Investigación Judicial, la Defensa Pública y Programa de Protección de Víctimas, por ende, incrementa el riesgo de rezago judicial.
- Menor capacidad para combatir el crimen: el OIJ enfrenta restricciones por ₡8.684 millones y riesgos asociados con plazas, equipos, insumos para investigación y servicios especializados. Esto reduce la capacidad de investigar delitos, realizar pericias y enfrentar estructuras de crimen organizado.
- Riesgo de interrupción de servicios tecnológicos: recursos para conectividad, correo institucional, videoconferencias, acceso remoto, soporte y seguridad informática tienen cobertura limitada. Limita pagar licenciamientos para el uso de sistemas informáticos, que al no disponer de estos recursos los jueces y juezas se les impedirá el poder tramitar, dictar sentencias y resoluciones.
- Afectación a víctimas y personas que requieren protección: el servicio atiende aproximadamente a 21.000 personas al año. Las restricciones en personal, alquileres y otros servicios pueden generar dificultades para mantener una atención cercana y oportuna en diferentes regiones.
- Dificultades para garantizar la defensa pública: la Defensa Pública enfrenta restricciones que podrían obligar a cerrar oficinas distintas zonas del país, con posibles efectos sobre la cercanía y oportunidad del servicio.
- Infraestructura en riesgo: la reducción de recursos para mantenimiento puede afectar elevadores, sistemas eléctricos y otras condiciones necesarias para mantener edificios en funcionamiento seguro y adecuado.
- Contratos y servicios que no podrían ejecutarse oportunamente: las restricciones para comprometer recursos pueden provocar atrasos, incumplimientos contractuales, rescisión de contratos y costos adicionales para retomar posteriormente servicios o proyectos.
- Proyectos esenciales que podrían detenerse: existen proyectos de infraestructura vinculados con servicios médico-legales, instalaciones del OIJ y otras necesidades operativas que podrían enfrentar atrasos o suspensión.
El riesgo no es para una institución: es para el servicio de justicia
El punto central es que el Poder Judicial no funciona únicamente con edificios y salarios. Para que una persona pueda denunciar un delito, recibir protección, contar con defensa, presentar una demanda, participar en una audiencia o recibir una resolución judicial, se necesita una cadena completa de personas, tecnología, infraestructura, transporte, comunicaciones, seguridad y servicios especializados.
El riesgo de un cierre técnico debe entenderse, entonces, como el resultado de la acumulación de estas restricciones: no se trata de que falte presupuesto en el papel, sino de que llegue un momento en que los recursos disponibles ya no permitan mantener funcionando de manera normal todos los servicios esenciales de justicia.
Aclaraciones importantes
1. Rendición de cuentas y ejecución presupuestaria
El Poder Judicial cumple con todos los controles de la Contraloría General de la República y de las auditorías competentes. Su porcentaje de ejecución presupuestaria supera el 95%.
Facilitamos el acceso a la información mediante el Portal de Datos Abiertos, estadísticas, observatorios judiciales y el sistema Nexus, donde se pueden consultar resoluciones, acuerdos y sentencias.
Además, colaboramos con el informe independiente del Estado de la Justicia, que evalúa nuestro desempeño.
2. Fideicomiso
El fideicomiso de infraestructura no es de $700 millones ni de $660 millones; es de $82 millones. Esos recursos no forman parte del presupuesto del Poder Judicial y tienen un único propósito: financiar la construcción de edificios judiciales para mejorar la atención a las personas y reducir el gasto público en alquileres.
Los recursos no pueden utilizarse para otros fines y permanecen en la Caja Única del Estado. El Ministerio de Hacienda es quien puede invertirlos y recibir los rendimientos que generan. Este mecanismo fue avalado por Hacienda y contó con el respaldo de diputaciones oficialistas del Congreso pasado.
3. Cuentas del BCR y depósitos judiciales
Los depósitos judiciales que custodia el Poder Judicial no son recursos de la institución ni forman parte de un fideicomiso. Es dinero de las personas usuarias, vinculado a procesos judiciales en los que se han ordenado embargos, retenciones u otras medidas, así como recursos correspondientes a pensiones alimentarias que posteriormente son girados a las personas beneficiarias.
Los intereses generados por esos recursos también se mantienen en las cuentas del BCR. Esos intereses pertenecen a las partes (personas usuarias) y se giran cuando así lo dispone la autoridad judicial.
4. Edificio de la Sala Constitucional
El alquiler del edificio de la Sala Constitucional no aumentó de manera unilateral en 2024. El contrato permite revisar el precio cada tres años. En 2023, la empresa arrendadora solicitó elevarlo a $138.474,26 mensuales, pero el estudio técnico del Poder Judicial determinó un valor de mercado de $122.496,89, IVA incluido, que fue el monto autorizado por el Consejo Superior.
Además, no es correcto comparar los aproximadamente $102.000 iniciales con el monto actual, porque con la incorporación del IVA el alquiler ya había llegado a $115.566,82. Por eso, el incremento producto de la revisión fue de $6.930,07 mensuales.
El edificio tampoco permanece vacío: el teletrabajo se aplica bajo una modalidad híbrida y, además, JUNAFO utiliza parte del inmueble y asume el 14 % del costo correspondiente a ese espacio.
Actualmente hay un proyecto para edificar un inmueble propio y así ahorrar en alquiler.
5. Remuneración por labores gerenciales
Actualmente no existe en la judicatura ni magistratura un plus salarial relacionado con labores gerenciales. Las remuneraciones de los puestos gerenciales corresponden al salario asignado a cada cargo, a partir de estudios técnicos de clasificación y valoración.
Esos estudios consideran factores como la complejidad de las funciones, el nivel de responsabilidad, la toma de decisiones, el impacto organizacional y la posición jerárquica. Por eso, la remuneración de un puesto gerencial no constituye un pago adicional o plus, sino que forma parte de la valoración integral del cargo y de la escala salarial aprobada.
6. Acciones concretas contra el rezago judicial
El rezago judicial es una prioridad del Plan Estratégico Institucional 2025-2030. Se están priorizando los expedientes más antiguos, identificando dónde se concentran las demoras y utilizando estadísticas para mejorar la gestión de los despachos.
También se impulsa la transformación digital y la automatización de tareas que no requieren criterio judicial, junto con medidas para simplificar procesos y reducir litigiosidad, como la mediación, conciliación, justicia restaurativa y eliminación de trámites redundantes.
El Poder Judicial está impulsando cambios concretos: la revisión de las medidas cautelares, la revisión del Código Procesal Penal y propuestas de reforma en materia de cobro judicial, entre otras acciones.
Resultados concretos:
- 62.932 expedientes menos en trámite en los últimos cinco años, una reducción del 7,84 %.
- 26,92 % de crecimiento en la productividad: en 2021 se terminaron 537.725 expedientes y en 2025 fueron 682.499.
- 85,12 % de los expedientes activos tienen menos de cuatro años de antigüedad.













