· Personas víctimas y ofensoras participaron activamente en la búsqueda de soluciones a los conflictos con la ley.
· El modelo alcanzó un 96% de cumplimiento de los planes de reparación del daño.
Durante 2025, las personas ofensoras que participaron en procesos de Justicia Restaurativa aportaron 1.157.836 horas de trabajo comunitario en todo el país, como parte de las acciones orientadas a reparar el daño ocasionado a las víctimas y a las comunidades.
El procedimiento restaurativo alcanzó un 96 % de cumplimiento de los compromisos acordados y un 98 % de satisfacción de las personas usuarias, lo que refleja la efectividad del modelo en la atención de los conflictos y la reparación del daño
A estos resultados se suman 1.047 horas de abordaje terapéutico para personas con trastorno por consumo de sustancias psicoactivas.
Asimismo, se desarrollaron 3.479 horas de acompañamiento socioeducativo para favorecer la inserción social y se canalizaron donaciones por un monto de ₡95.153.950.
Cada una de estas medidas fue avalada por la autoridad judicial competente y construida mediante la participación activa de las víctimas, las personas ofensoras y las comunidades, con el acompañamiento de los equipos interdisciplinarios de Justicia Restaurativa, integrados por personal del Ministerio Público, la Defensa Pública y el Departamento de Trabajo Social y Psicología.
Este modelo cuenta con el respaldo de la Red de Apoyo de Justicia Restaurativa, integrada actualmente por 3.860 instituciones públicas y organizaciones no gubernamentales distribuidas en todo el territorio nacional.
Los resultados fueron presentados este miércoles 9 de setiembre durante un encuentro con representantes de medios de comunicación, encabezado por el rector de Justicia Restaurativa del Poder Judicial, magistrado penalista Gerardo Rubén Alfaro Vargas, y la directora de la Oficina de Justicia Restaurativa, Michelle Mayorga Agüero.
“La Justicia Restaurativa no consiste en minimizar la responsabilidad de quien cometió un hecho delictivo. Su propósito es propiciar espacios de diálogo entre las víctimas y las personas ofensoras, en aquellos casos que la ley permite atender mediante este modelo, para construir soluciones al conflicto penal que reparen el daño causado y respondan a las necesidades de las víctimas y de la comunidad”, explicó el magistrado Alfaro Vargas.
Este enfoque también promueve que la persona ofensora asuma responsabilidad por sus actos y reconozca las consecuencias de su conducta, con el acompañamiento profesional especializado.
Las personas usuarias pueden solicitar que su proceso judicial sea tramitado mediante Justicia Restaurativa, siempre que la naturaleza del delito lo permita.
La legislación excluye, entre otros, los casos vinculados con narcotráfico, criminalidad organizada, delitos sexuales, delitos violentos contra las personas y hechos relacionados con violencia contra las mujeres o violencia intrafamiliar.
Una vez remitido el asunto a Justicia Restaurativa, las partes disponen de un plazo de un mes para presentar una propuesta de solución. Si no se alcanza un acuerdo, el proceso continúa por la vía judicial ordinaria.
“La persona juzgadora cumple una función facilitadora dentro del proceso y garantiza la legalidad de las reuniones restaurativas”, señaló el magistrado Alfaro.
Actualmente, el Poder Judicial dispone de 13 Oficinas de Justicia Penal Restaurativa y 21 equipos de Justicia Penal Juvenil Restaurativa distribuidos en distintas regiones del país.
El cumplimiento de los acuerdos restaurativos está sujeto a un proceso permanente de seguimiento y verificación, con el fin de garantizar que las personas participantes alcancen una solución real y efectiva al conflicto y una adecuada reparación del daño, porque reparar vale más que castigar.













