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Edificio de la Corte Suprema de Justicia

4 - Agenda Presupuesto 25/04/2018

Nº 34-2018 Extraordinaria (Presupuesto 2019)

 

CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL.- San José, a las xx: xx horas del 25 de abril de 2018.

Sesión extraordinaria con asistencia del Magistrado Carlos Chinchilla Sandí, Presidente, del licenciado Ramiro Salvador Arauz Montero, la Máster Laura Chávez Lavagni, el máster Carlos Montero Zúñiga, el doctor Gary Amador Badilla. Asiste también la Directora Ejecutiva, Máster Ana Eugenia Romero Jenkins y la Directora de Planificación, licenciada Nacira Valverde Bermúdez, en calidad de asesoras. Así como el licenciado Parris Quesada Madrigal, de la Asociación Solidarista de Empleados Judiciales, la licenciada Yerma Campos Calvo, de la Asociación de Jueces y Juezas del Poder Judicial y el licenciado Juan Carlos Sebianni Serrano de la Asociación de Profesionales del Poder Judicial, como representantes y suplente de los grupos gremiales.

ARTICULO I

 

La Licda. Nacira Valverde Bermúdez, Directora a.i. de Planificación, comunica que mediante correo electrónico del pasado viernes 13 de abril, el Ministerio de Hacienda remitió la Circular DGPN-0138-2018, donde comunica que se procedió a realizar la actualización del contenido y anexos de los “Lineamientos sobre Formulación, Ejecución y Evaluación del Presupuesto de la República” para el ejercicio presupuestario del 2019 y que este documento se encuentra publicado en la página web del Ministerio de Hacienda.

Adicionalmente se indica que se procedió a revisar y actualizar el valor de las variables factor de costo de vida, tipo de cambio y porcentajes de las contribuciones sociales a considerar durante el proceso de formulación del ejercicio económico 2019.

De acuerdo con lo anterior se procedió a revisar el documento y dentro de los aspectos más relevantes se encuentran los siguientes:

A más tardar el segundo lunes del mes de mayo, se debe remitir a la Dirección General de Presupuesto Nacional, la conformación de la Comisión Institucional de Presupuesto.

En este sentido se debe indicarque en el Poder Judicial existe una primera instancia que se aboca al conocimiento y aprobación del Anteproyecto de Presupuesto Institucional, que es el Consejo Superior, este Órgano, lo traslada posteriormente a la Corte Plena para la discusión, aprobación final y remisión al Ministerio de Hacienda.

En este proceso participan los 22 Magistrados y Magistradas que conforman la Corte Plena, las personas integrantes del Consejo Superior y los Jefes de Programas, a saber; Ministerio Público, Organismo de Investigación Judicial, Defensa Pública, Atención y Protección de Victimas y Testigos, Jurisdicción y Administración, así como las jefaturas de las instancias administrativas y la Auditoria Judicial.

Las personas integrantes de la Comisión de Presupuesto del Poder Judicial para análisis y aprobación del Presupuesto 2019son:

Integrantes del Consejo Superior:

Magistrado Carlos Chinchilla Sandí, Presidente

Magistrada Carmenmaría Escoto Fernández, Vicepresidenta

Lic. Ramiro Salvador Arauz Montero

Máster Laura Chávez Lavagni

Máster Carlos Montero Zúñiga

Doctor Gary Amador Badilla.

Asesoras:

Máster Ana Eugenia Romero Jenkins,Directora Ejecutiva

Licenciada Nacira Valverde Bermúdez, Directora de Planificación

Representantes de Organizaciones y Asociaciones Gremiales:

Lic. Parris Quesada Madrigal

Lic. Juan Carlos Sebiani Serrano

Licda.Yerma Campos Calvo

El proceso en general incluye la participación de 78 centros de responsabilidad a nivel nacional, durante un periodo aproximado de ocho meses, iniciando con la preparación de sistemas de información de Proveeduría, Financiero Contable, Gestión Humana y Planificación. Las solicitudes son inicialmente valoradas por los Consejos de Administración en los circuitos judiciales, los Jefes de Programa o jefes de oficina, según corresponda.

Posteriormente se traslada para análisis a la Dirección de Planificación que remite informes al Consejo Superior (Comisión de Presupuesto).

El tipo de cambio establecido es de ¢597,00. En este caso el estimado por el Departamento Financiero Contable fue de ¢645,38.

El acceso al Sistema de Formulación Presupuestaria se habilitará a partir del primer día hábil del mes de mayo.

El Anteproyecto de Gasto y el Anteproyecto de Relación de Puestos deberán ser remitidos en documentos independientes a más tardar el 15 de junio.

Con el fin de racionalizar la utilización de los recursos públicos se deberán eliminar y/o minimizar gastos en las siguientes subpartidas.

0.01.05 - Suplencias.

0.02.01 - Tiempo extraordinario.

1.03.01 - Información.

1.03.02 - Publicidad y propaganda.

1.04.01 - Servicios en ciencias de la salud.

1.04.02 - Servicios jurídicos.

1.04.03 - Servicios de ingeniería y arquitectura.

1.04.04 - Servicios en ciencias económicas y sociales.

1.04.05 - Servicios informáticos.

1.04.06 - Servicios generales.

1.04.99 - Otros servicios de gestión y apoyo.

1.05.01 - Transporte dentro del país.

1.05.02 - Viáticos dentro del país.

1.05.03 - Transporte en el exterior.

1.05.04 - Viáticos en el exterior.

1.07.01 - Actividades de capacitación.

1.07.02 - Actividades protocolarias y sociales.

1.07.03 - Gastos de representación institucional.

1.08.01 - Mantenimiento de edificios, locales y terrenos.

2.02.03 - Alimentos y bebidas.

2.99.04 - Textiles y vestuarios.

5.01.02 - Equipo de transporte.

5.99.02 - Piezas y obras de colección.

6.02.01 - Becas a funcionarios.

6.02.02 - Becas a terceras personas.

Por concepto de ajustes por costo de vida del segundo semestre del año en curso y los dos semestres del año en formulación se utilizará un factor del 3,795%.

Las entidades deberán remitir en el anteproyecto de presupuesto, el listado de plazas vacantes al 1 de junio del año vigente, que incorpore el número de puesto, con el costo respectivo por concepto de salarios base, pluses salariales, aguinaldo y contribuciones sociales, Debe entenderse por vacante, todo puesto en el que no existe persona ejerciendo las funciones y responsabilidades, sea interina o en propiedad y la cual no se encuentra en proceso de nombramiento de personal.

En el porcentaje para cálculo de contribuciones sociales, llama la atención que en el caso de la subpartida 00504 “Contribución Patronal a Otros Fondos Administrados por Entes Públicos”, que es la subpartida donde se formula el aporte patronal al fondo de jubilaciones y pensiones, el Ministerio de Hacienda indica que se debe estimar un 13,75% de los salarios, siendo lo correcto 14,36%.

 

Anexar el lineamiento

Se acordó:

 

ARTICULO II

 

La licenciada Nacira Valverde Bermúdez, Directora de Planificación, presenta informe 31-PLA-MI-2018, relacionado con el Impacto organizacional y presupuestariopara el Poder Judicial a partir de la implementación de la Reforma al Código de Trabajo para el 2019

Se presenta el siguiente resumen:

II. Plazas por Analizar por Ámbito

En el primer ejercicio de formulación presupuestaria (informe 30-PLA-PI-2016), se recomendaron un total de 193 plazas extraordinarias.

Para el 2018 (oficio 26-PLA-MI-2017), se recomendó la continuidad de 189 plazas (13 de forma ordinaria y 176 de manera extraordinaria).

Corresponde analizar el impacto para el 2019, por lo que a través del presente documento, se evalúa la continuidad de las 176 plazas extraordinarias otorgadas para el presente año (53 de la Defensa Pública, 9 del Departamento de Medicina Legal, 112 en el Área Jurisdiccional y 2 del Ámbito Administrativo), analizando las respectivas cargas laborales de las oficinas del país con competencia en materia de Trabajo.

Ámbito Auxiliar de Justicia

Defensa Pública:

36 plazas de Abogada o Abogado de Asistencia Social (Extraordinarias desde octubre 2017).

9 plazas de Técnica o Técnico Jurídico (Extraordinarias desde noviembre 2017).

7 plazas de Auxiliar Administrativo (Extraordinarias desde noviembre 2017).

1 plaza de Abogada o Abogado de Asistencia Social Supervisor (Extraordinaria desde agosto 2017).

1 plaza de Abogada o Abogado de Asistencia Social Supervisor (Extraordinaria 2018)1.

Departamento de Medicina Legal2:

9 plazas de Médico de Empresa Especialista (Extraordinarias desde agosto 2017).

Ámbito Administrativo

Mediante informe 26-PLA-MI-2017 y en atención al acuerdo del Consejo Superior en sesión 48-17 del 18 de mayo del 2017, artículo XCII, se recomendó la asignación de manera ordinaria de tres plazas de Profesional 2 para la Auditoria Judicial.

Ámbito Jurisdiccional

Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional-Planes de Trabajo

8 plazas de Jueza o Juez 3 (Extraordinarias desde 2017).

4 plazas de Juez 3 (Extraordinarias todo 2018) (Juezas y Jueces itinerantes).

1 plaza de Jueza o Juez 4 -Asesor/gestor en la Reforma- (Extraordinaria todo 2018).

1 plaza de Técnica o Técnico 3 –Apoyo a las plazas de gestor (Extraordinaria todo 2018).

Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional-Tribunales en Segunda Instancia (Modelo de Regionalización de Tribunales de Segunda Instancia en materias Civil y Trabajo informe 1163-PLA-20173):

16 plazas de Jueza o Juez 4 (Extraordinaria desde 2017).

1 plaza de Jueza o Juez 1 (Extraordinaria desde 2017).

13 plazas de Técnica o Técnico Judicial 3 (Extraordinaria desde 2017).

7 plazas de Coordinadora o Coordinador Judicial 3 (Extraordinaria desde 2017).

1 plaza de Técnica o Técnico Judicial (Extraordinaria todo 2018) adscrita directamente al Tribunal de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José:

Ámbito Jurisdiccional- Juzgados y Sala Segunda:

Sala Segunda:

5 plazas de Profesional en derecho 3 B (Extraordinaria todo 2018).

1 plaza de Técnica o Técnico Judicial 3 (Extraordinaria todo 2018).

1 plaza de Técnica o Técnico Sala de la Corte (Extraordinaria todo 2018).

Juzgado Contravencional de Bribri:

1 plaza de Técnica o Técnico Judicial (Extraordinaria todo 2018).

Juzgado Contravencional de Coto Brus:

1 plaza de Técnica o Técnico Judicial (Extraordinaria todo 2018).

Juzgado Contravencional de la Fortuna:

1 plaza de Técnica o Técnico Judicial (Extraordinaria todo 2018).

Juzgado Contravencional de Los Chiles:

1 plaza de Técnica o Técnico Judicial (Extraordinaria todo 2018).

Juzgado Contravencional de la Matina:

1 plaza de Técnica o Técnico Judicial (Extraordinaria todo 2018).

Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Pococí):

2 plazas de Técnicas o Técnicos Judicial (Extraordinarias todo 2018).

Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya):

2 plazas de Técnicas o Técnicos Judicial (Extraordinarias todo 2018).

1 plaza de Jueza o Juez 3 (Extraordinaria desde julio 2017).

Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José:

1 plaza de Jueza o Juez 3 (Extraordinaria desde julio 2017).

2 plazas de Técnica o Técnico Judicial 2 (Extraordinaria desde julio 2017).

Juzgado de Trabajo de Cartago

1 plaza de Técnica o Técnico Judicial 2 (Extraordinaria desde julio 2017).

Juzgado Contravencional de Paraíso:

1 plaza de Jueza o Juez (Extraordinaria desde julio 2017).

1 plaza de Técnica o Técnico Judicial (Extraordinaria todo 2018).

Juzgado de Civil, Trabajo y Familia de Puriscal

1 plaza de Técnica o Técnico Judicial 2 (Extraordinaria desde julio 2017).

Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José4:

1 plaza de Jueza o Juez 3 (Extraordinaria desde julio 2017).

Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados):

1 plaza de Jueza o Juez 3 (Extraordinaria desde julio 2017).

Juzgado Civil, Trabajo, Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita5:

1 plaza de Jueza o Juez 3 (Extraordinaria desde julio 2017).

1 plaza de Técnica o Técnico Judicial 2 (Extraordinaria desde julio 2017).

Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela:

1 plaza de Jueza o Juez 3 (Extraordinaria desde julio 2017).

4 plaza de Técnica o Técnico Judicial 2 (Extraordinaria desde julio 2017).

1 plaza de Coordinadora o Coordinador Judicial 2 (Plaza recomendada en 2018, al Juzgado Civil de este Circuito mediante informe 24-PLA-MI-2017 (Presupuesto Civil), sin embargo, según estudio de la Dirección de Gestión Humana, la actual plaza en propiedad del Juzgado Mixto por criterio de voluntad desea mantenerse en el Juzgado Civil, debiendo asignarse la plaza nueva al Juzgado de Trabajo de San Carlos).

Juzgado Civil, Trabajo y Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Sede Upala):

1 plaza de Técnica o Técnico Judicial 2 (Extraordinaria desde julio 2017).

Juzgado Civil de Santa Cruz

1 plaza de Jueza o Juez 3 (Extraordinaria desde julio 2017).

Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón):

1 plaza de Técnica o Técnico Judicial 2 (Extraordinaria desde julio 2017).

Juzgado Civil y Trabajo de Grecia:

2 plazas de Jueza o Juez 3 (Extraordinaria desde julio 2017).

3 plazas de Técnica o Técnico Judicial 2 (Extraordinaria desde julio 2017).

Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba:

1 plaza de Jueza o Juez 3 (Extraordinaria desde julio 2017).

2 plazas de Técnica o Técnico Judicial 2 (Extraordinaria desde julio 2017).

Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiqui:

1 plaza de Técnica o Técnico Judicial 2 (Extraordinaria desde julio 2017).

Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste:

2 plazas de Jueza o Juez 3 (Extraordinaria desde julio 2017).

2 plazas de Técnica o Técnico Judicial 2 (Extraordinarias desde julio 2017).

Juzgado Civil y Trabajo de Cañas:

1 plaza de Técnica o Técnico Judicial 2 (Extraordinaria desde julio 2017).

Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Quepos:

1 plaza de Jueza o Juez 3 (Extraordinaria desde julio 2017).

2 plaza de Técnica o Técnico Judicial 2 (Extraordinaria desde julio 2017)

Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur:

2 plazas de Jueza o Juez 3 (Extraordinaria desde julio 2017).

3 plazas de Técnica o Técnico Judicial 2 (Extraordinaria desde julio 2017).

Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur:

1 plazas de Jueza o Juez 3 (Extraordinaria desde julio 2017).

1 plaza de Técnica o Técnico Judicial 2 (Extraordinaria desde julio 2017).

Juzgado Civil y Trabajo de Golfito:

1 plaza de Técnica o Técnico Judicial 2 (Extraordinaria desde julio 2017).

Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Osa:

1 plazas de Técnica o Técnico Judicial 2 (Extraordinaria desde julio 2017).

Nota: Se excluye de este análisis una plaza de Jueza o Juez 3 asignada en 2018 al Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José y se incorpora en el análisis de presupuesto Civil para el 2019.

III. Justificación

La Reforma al Código de Trabajo, Ley 9343 del 14 de diciembre del 2015, se publicó en el Alcance número 6, de La Gaceta número 16, del 25 de enero del 2016. Esta normativa trae consigo una serie de variantes que están orientadas a generar un proceso más ágil para el trámite de asuntos, que conlleva a un impulso de la oralidad, así como modificaciones en la distribución de la competencia de la Jurisdicción Laboral. En virtud de la importancia de esta ley y las implicaciones sobre el Poder Judicial, se elaboró el informe 30-PLA-PI-2016, validado con la Comisión de la Jurisdicción Laboral y Presidencia de la Corte, donde se identificaron los cambios a nivel institucional y organizacional que requieren la aplicación de la Ley 9343, informe actualizado mediante oficio 26-PLA-MI-2017, y cuya estructura debe mantenerse en 2019 en los casos que se citen en este informe.

Durante el 2016 y primer trimestre del 2017, se realizaron diagnósticos de las oficinas con competencia en materia de Trabajo, labor en la que por un período de cuatro semanas se asignó un profesional de la Dirección de Planificación en cada una de estas oficinas, donde se identificó la necesidad de personal adicional profesional y de apoyo, en oficinas y despachos específicos, para dedicarlos principalmente a labores de trámite y fallo de expedientes, tareas en donde se pudo identificar que existen los mayores cuellos de botella, lo que genera la afectación del servicio brindado a la persona usuaria.

(…)

V. Elementos Resolutivos

Ámbito Auxiliar de Justicia

5.1. Se requiere la continuidad del recurso humano otorgado en forma extraordinaria a la Defensa Pública mediante Ley de Presupuesto 2018, con el fin dar atención a la materia de Trabajo. Para el 2020, y con mayor cantidad de información estadística, se deberá evaluar no solo la entrada, sino el circulante de cada plaza, para revisar si se ajusta al parámetro pre establecido de 400 asuntos anuales.

5.2. Las plazas de Médico incorporadas en el Presupuesto de Reforma al Código de Trabajo cambian su denominación de “Médico Especialista en Medicina del Trabajo” por “Médico Residente6” y están adscritas al Departamento de Medicina Legal, y le corresponde a este Departamento su movilización entre Circuitos, de resultar necesario, ante cambios abruptos en la composición de la entrada de casos en materia de trabajo. Es fundamental resaltar que puede ser reubicada para mejorar la prestación del servicio, pero en las zonas de atención de asuntos en materia de trabajo. En cuanto a la solicitud realizada por el Departamento de Medicina Legal de recomendar de forma ordinaria estas plazas para el 2019, no es recomendable en este momento, ya que no se cumple un año de la entrada en vigencia de la Reforma, y aun no se logra visualizar la necesidad permanente del recurso, incluso, se nota que para el 2017 la entrada de asuntos disminuyó con respecto al año anterior, variable a la que se le debe prestar especial atención.

Ámbito Administrativo:

5.3. Se transforma un Técnico Administrativo en un Asistente Administrativo.

Ámbito Jurisdiccional:

5.4. Desde el 2016, se han desarrollado planes de trabajo en distintas instancias en la materia de Trabajo, y como resultado el fallo de 97297 expedientes en el periodo de noviembre del 2016 hasta julio 2017. Los planes de trabajo de descongestionamiento finalizan en su mayoría en diciembre 2018, salvo el plan de “Juezas y Jueces Itinerantes”, descongestionamiento en Segunda Instancia y un plan nuevo con la asignación de una persona juzgadora adicional para el Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba y Pococi.

5.5. Al finalizar en 2018 el “Plan de Descongestionamiento del pase a fallo y reducción de circulantes”, es necesario mantener siete plazas para planes de trabajo en materia de Trabajo pero con enfoque de plazas itinerantes, con competencia a nivel nacional para labores de trámite, fallo y ejecución de sentencia8, asignadas al Área de Gestión y Apoyo del Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional para esos fines. La octava plaza se asigna de manera ordinaria al Juzgado de Trabajo de Pococí.

5.6. Se recomienda mantener en el Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional de Jueza o Juez 4 transformada a 5 a partir del acuerdo de Corte Plena de sesión 19-17 celebrada el 19 de junio del 2017, artículo IX, con labores de asesor, gestor responsable del seguimiento en todas las oficinas de la Jurisdicción Laboral como parte de la sostenibilidad de los resultados obtenidos en todo el proceso de implementación así como la plaza de Técnica o Técnico Judicial 3, pero con la salvedad de que la plaza de apoyo se mantiene con labores de asistencia y colaboración a los gestores no sólo en materia de Trabajo sino también para la materia Civil.

5.7. En lo que respecta a las plazas otorgadas por Ley de Presupuesto 2018 adscritas al Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional para el “Modelo de Regionalización de la Segunda Instancia en materia Civil y de Trabajo”, deben asignar a la oficina y en la materia que corresponda a partir del 2019. Siendo necesaria la continuidad de las dieciséis plazas de Jueza o Juez (que se transforman a Juez 5 en los casos de asignarse a materia Civil o Trabajo9), trece Técnica o Técnico Judicial 3 y tres de las siete plazas existentes de Coordinadora o Coordinador Judicial 3. Las restantes cuatro plazas de Coordinador Judicial 3 se transforman a Técnico o Técnica Judicial 2 para ser utilizadas en Juzgados de Trabajo de Alajuela, Heredia y Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica como se detalla en el elemento conclusivo 5.8.

5.8. En lo que respecta a los Juzgados Especializados en materia de Trabajo, por variaciones en la cargas de trabajo, deberá el CACMFJ continuar con el seguimiento continuo y establecerse planes de trabajo con el personal actual que permita equilibrar cargas entre juzgados homólogos.

5.9. Asimismo, siendo que el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, que reporta la carga de asuntos entrados más baja del país, tanto para las plazas de Jueza o Juez como de Técnica o Técnico Judicial, y en virtud de las diferencias entre las cargas de trabajo entre el Primer y Segundo Circuito Judicial de San José, debe el Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional dar un seguimiento detallado al movimiento de estas oficinas y plantear acciones para equilibrar cargas de trabajo entre ambos Juzgados como plan de acción de manera inmediata, para valorar con al menos doce meses de entrada en vigencia de la Reforma traslados de personal.

5.10. En lo que respecta a los Juzgados Civil y Trabajo, una vez analizadas las cargas laborales, no se justifica la asignación de personal adicional. Esa situación, será revisable, una vez se cuente con datos estadísticos de al menos doce meses de funcionamiento de la Reforma, y se logre visualizar el impacto una vez superada la etapa de readecuación de los procesos y la curva de aprendizaje en los Juzgados.

5.11. En lo que respecta al Juzgado Civil y Trabajo de Liberia, en atención al acuerdo del Consejo Superior, en sesión 111-17, del 12 de diciembre de 2017, artículo CVII, donde pone en conocimiento la consulta de la licenciada Carolina Quirós Jiménez, Jueza Coordinadora del Juzgado Civil y de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste respecto a la cantidad de técnicos asignados mediante Ley de Presupuesto 2018, una vez comparados con su despachos homólogos, se mantiene la estructura recomendada en el informe 26-PLA-MI-2017 de tres plazas de Jueza o Juez y seis de Técnica o Técnico Judicial.

5.12. Respecto al Juzgado Civil y Trabajo de Quepos, amerita la permanencia de únicamente dos plazas de Técnica o Técnico Judicial que les permitiría manejar una entrada de en promedio 19 asuntos al mes entre materia Civil y Trabajo, por lo que para el 2019, no se requiere la continuidad de una plaza de técnica o Técnico Judicial (informe de impacto presupuestario del Nuevo Código Procesal Civil) recomendada por 5 meses en 2018.

5.13. Resulta necesario homologar para 2019, las estructuras de personal técnico de apoyo, de los Tribunales de Apelación de Trabajo del Primer y Segundo Circuito Judicial de San José en lo que respecta a la cantidad de Técnicas y Técnicos Judiciales, ya como recurso ordinario.

5.14. Se debe mantener la estructura de la Oficina de Recepción de Documentos del Primer Circuito Judicial de San José (materia laboral) “Edificio Catedral” (una coordinadora o coordinador y dos técnicas o técnicos), para la atención de asuntos en materia de trabajo, por lo que se recomienda en este informe la asignación de una plaza de Técnica o Técnico Judicial 3 pero trasformada a Auxiliar Administrativo de forma ordinaria (misma plaza extraordinaria de Técnica Judicial 3 con que contó esta Oficina de Recepción de Documentos en 2018, antes adscrita a la estructura del Área de Gestión y Apoyo del CACMFJ).

5.15. La próxima entrada en vigencia del Código Procesal Civil (octubre 2018), significará un cambio en las competencias en las oficinas judiciales del país, incluso en la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia que conocerá en adelante asuntos por Auxilio Judicial Internacional, de reconocimiento y eficacia de sentencias y laudos extranjeros en materia de Trabajo, Familia, Concursal y Sucesoria que actualmente se conocen en la Sala Primera,lo que podría significar un incremento en la entrada de 157 asuntos anuales aproximadamente, por lo se justifica con la carga de trabajo actual más la entrada procedente por asuntos de Auxilio Internacional y Cartas Rogatorias en materia de Familia y Trabajo a partir de octubre 2018, mantener el recurso asignado a la Sala Segunda mediante plazas extraordinarias en la Ley de Presupuesto 2018. Su permanencia en la Sala será revisable, al contar con mayor información estadística para formulación del Presupuesto 2020.

5.16. Es importante tener presente que el Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional da seguimiento constante a los despachos con competencia en materia de Trabajo y los planes de trabajo en ejecución, donde se analizan los indicadores de gestión de las oficinas, se identifican cambios con la entrada en vigencia de la reforma o cualquier otra variable que requiera una atención inmediata.

VI. Recomendaciones

6.1. Luego de análisis efectuado, se recomienda la continuidadde las siguientes plazas para el 2019, dentro del presupuesto institucional.

Ámbito Auxiliar de Justicia

6.1.1. Para la Defensa Pública se recomienda la continuidad de las 54 plazas incluidas en Presupuesto 2018 también por 2019, entre ellas una de manera ordinaria y las restantes extraordinarias.

Defensa Pública

Abogados y Abogados de Asistencia Social

Despacho

Cant

Tipo de plaza

Condición actual

Recomen-dación

Perio-do

Costo estimado

Obser-vaciones

Sección de Asistencia Social en materia Laboral de la Defensa Pública

36

Abogada o Abogado de Asistencia Social

Extra-ordinarias

Extra-ordinaria

2019

1,997,064,000.00

 

9

Técnica o Técnico Jurídico

Extra-ordinarias

Extra-ordinaria

2019

157,392,000.00

 

7

Auxiliar Administrativo

Extra-ordinarias

Extra-ordinaria

2019

95,935,000.00

 

1

Abogada o Abogado de Asistencia Social Supervisor

Extra-ordinarias

Extra-ordinaria

2019

58,954,000.00

 

1

Abogada o Abogado de Asistencia Social Supervisor10

Extra-ordinarias

Ordinaria

2019

58,954,000.00

 

Total

54

 

2,368,299,000.00

 

 

6.1.2. Se recomienda la continuidad de las nueve plazas de Médico, ahora con la denominación de Médico Residente por 2019.

Departamento de Medicina Legal

 

Médicos

Despacho

Cant

Tipo de plaza

Condición actual

Recomen-dación

Periodo

Costo estimado

Observaciones

Departamento de Medicina Legal

9

Médico Residente11

Extra-ordinarias

Extra-ordinaria

2019

448,236,000.00

 

Total

9

 

448,236,000.00

 

Ámbito Administrativo

6.1.3. Es necesario mantener de manera ordinaria la plaza de Técnica o Técnico Judicial 3 trasformada en Auxiliar Administrativo en la oficina de Recepción de Documentos, conforme a la carga de trabajo y según recomendación realizada por la Dirección de Planificación, oficio en consulta 15-MI-2018, y donde se determinó que la cantidad de demandas y escritos recibidos, afluencia de público así como brindar un servicio célere, se requiere de una plaza de Coordinadora o Coordinador, dos plazas de Técnica o Técnico (incluida la plaza que da apoyo a esa oficina reasignada del CACMFJ).

Oficina de Recepción de Documentos del Primer Circuito Judicial de San José (materia laboral) “Edificio Catedral”

 

Oficina Centralizada de Recepción de Documentos Primer Circuito Judicial de San José   (materia laboral)

Despacho

Cant

Tipo de plaza

Condición actual

Recomendación

Periodo

Costo estimado

Observaciones

Oficina de Recepción de Documentos del Primer Circuito Judicial de San José (materia laboral)

1

Técnica/o Judicial 3 transformada a Auxiliar Administrativa

Extra-ordinarias

Ordinaria

 

13,705,000.00

Plaza que se transforma en Auxiliar Administrativo y se asigna a la Oficina de Recepción de Documentos del Primer Circuito Judicial de San José (materia laboral) ubicada en el Edificio Catedral, en 2018 adscrita al Área de Gestión y Apoyo del CACMFJ (plaza 377589)

Total

1

 

 

 

 

13,705,000.00

 

 

Ámbito Jurisdiccional- Planes de trabajo

6.1.4. De las ocho plazas de Jueza o Juez 3 asignadas en la Ley de Presupuesto 2018 al Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional, se recomienda la continuidad de las ocho plazas (una asignada al Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica y siete que se mantienen adscritas al CACMFJ para planes de Trabajo con un enfoque de plazas itinerantes, con competencia a nivel nacional para labores de trámite, fallo y ejecución de sentencia).

6.1.5. Respecto a las cuatro plazas de Jueza o Juez 3 dedicadas el plan de trabajo de “Juezas y Jueces Itinerantes”, se recomienda la creación de cuatro plazas de Técnica o Técnico Judicial 2 para la continuidad del plan por 2019.

6.1.6. Respecto a las cuatro plazas de Jueza o Juez 3 de forma extraordinaria dedicadas el plan de trabajo de “Juezas y Jueces Itinerantes”, se recomienda la continuidad del plan y del recurso humano por 2019.

6.1.7. Para el plan de trabajo en Segunda Instancia en materia de Trabajo, aprobado en el informe 1163-PLA-2017, se recomienda la continuidad por doce meses de dos de las plazas de Jueza o Juez 5, para que en conjunto con la plaza ordinaria número 34279 (adscrita al Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional por criterio de voluntad) se avoquen a la resolución en segunda instancia de asuntos de trabajo por 2019 con competencia a nivel nacional.

En resumen, el costo de las plazas asignadas a los planes de trabajo es el siguiente:

Ámbito Jurisdiccional-Planes de Trabajo

Despacho

Cant

Tipo de plaza

Condición actual

Recomen-dación

Perio-do

Costo estimado

Observaciones

Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional

7

Jueza o Juez 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

416,080,000.00

 

Planes de trabajo (trámite, fallo, ejecución)

4

Jueza o Juez 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

237,760,000.00

Plan de Trabajo Juezas o Jueces Itinerantes (mismas cuatro plazas recomendadas en el informe 26-PLA-MI-2016)

1

Técnica o Técnico Judicial 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

 

Asignada en 2018, por 9 meses al Juzgado de Trabajo de Santa Cruz. Se asigna temporalmente al Plan de Trabajo Juezas o Jueces Itinerantes en Bribri y Matina

2

Jueza o Juez 512

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

143,408,000.00

 

Plan de Trabajo Segunda Instancia, continuidad del plan de trabajo aprobado por Corte Plena "Modelo de Regionalización", aprobado en sesión 23-17 del 17 de Julio 2017, artículo VIII. Este plan de trabajo está conformado por una plaza ordinaria número 34279 más dos plazas extraordinarias de Jueza o Juez de las 16 recomendadas en el informe 26-PLA-MI-2017 adscritas por 2018 al Área de Gestión y Apoyo del CACMFJ.

Total

13

 

 

 

 

797,248,000.00

 

6.1.8. Para labores de seguimiento del Plan de Trabajo por parte del CACMFJ se recomienda mantener la plaza de Jueza o Juez 5 (asesor) y la plaza de Técnica o Técnico Judicial 3 para labores de apoyo a los gestores en la implementación de las Reforma al Código de Trabajo y nuevo Código

Procesal Civil.

Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional-Gestores Implementación de la Reforma/Seguimiento

 

Gestores Implementación de la Reforma/Seguimiento

Despacho

Cant

Tipo de plaza

Condición actual

Recomen-dación

Costo estimado

Observaciones

Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional

1

Jueza/ez 513

Extra-ordinaria

Ordinaria

71,704,000.00

 

Asesor-Gestor de seguimiento de la Reforma

1

Técnica o Técnico Judicial 3

Extra-ordinaria

Extra-ordinaria

16,179,000.00

Labores de apoyo a las plazas de gestores de las Reformas en materia de Trabajo y Civil

Total

2

 

 

 

87,883,000.00

6.1.9. Para la Sala Segunda y Juzgados se recomienda la continuidad de la totalidad de las plazas incluidas en Ley de Presupuesto 2018.

 

Ámbito Jurisdiccional – Juzgados y Sala Segunda

Juzgados

Despacho

Cant

Tipo de plaza

Condición actual

Recomen-dación

Perio-do

Costo estimado

Observaciones

Sala Segunda

5

Profesional en derecho 3B

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

296,085,000.00

 

1

Técnica/o Judicial 3

Extra-ordinaria

Extra-ordinaria

2019

16,179,000.00

 

1

Técnica/o Sala de la Corte

Extra-ordinaria

Extra-ordinaria

2019

19,440,000.00

 

Juzgado Contravencional de Bribri

1

Técnica/o Judicial 1

Extra-ordinaria

Ordinaria

2019

14,894,000.00

 

Juzgado Contravencional de Coto Brus

1

Técnica/o Judicial 1

Extra-ordinaria

Ordinaria

2019

14,894,000.00

 

Juzgado Contravencional de la Fortuna

1

Técnica/o Judicial 1

Extra-ordinaria

Ordinaria

2019

14,894,000.00

 

Juzgado Contravencional de Los Chiles

1

Técnica/o Judicial 1

Extra-ordinaria

Ordinaria

2019

14,894,000.00

 

Juzgado Contravencional de Matina

1

Técnica/o Judicial 1

Extra-ordinaria

Ordinaria

2019

14,894,000.00

 

Juzgado de Trabajo del II CJ Zona Atlántica (Pococí)

1

Jueza o Juez 3

Extra-ordinaria

Ordinaria

-

59,440,000.00

Se asigna esta plaza para completar la estructura ordinaria del Juzgado. La plaza se toma de una de las ocho plazas de Juez 3 recomendadas en el informe 26-PLA-MI-2017 para planes de descongestionamiento en 2018.

2

Técnica/o Judicial 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

30,894,000.00

 

Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya)

1

Jueza o Juez 3

Extra-ordinaria

Extra-ordinaria

2019

59,440,000.00

 

2

Técnica/o Judicial 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

30,894,000.00

 

Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José

1

Jueza o Juez 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinaria

2019

59,440,000.00

 

2

Técnica o Técnico Judicial 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

30,894,000.00

 

Juzgado de Trabajo de Cartago

1

Técnica o Técnico Judicial 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinaria

2019

15,447,000.00

 

Juzgado Contravencional de Paraiso

1

Jueza o Juez 1

Extra-ordinarias

Ordinaria

2019

55,966,000.00

 

1

Técnica o Técnico Judicial 1

Extra-ordinaria

Ordinaria

2019

14,894,000.00

 

Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Puriscal

1

Técnica o Técnico Judicial 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinaria

2019

15,447,000.00

 

Juzgado de Trabajo del III Circuito Judicial de San José

1

Jueza o Juez 3

Extra-ordinaria

Extra-ordinaria

2019

59,440,000.00

 

Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita

1

Jueza o Juez 3

Extra-ordinaria

Extra-ordinaria

2019

59,440,000.00

 

1

Técnica o Técnico Judicial 2

Extra-ordinaria

Extra-ordinaria

2019

15,447,000.00

 

Juzgado Civil y Trabajo del II Circuito Judicial de Alajuela

1

Jueza o Juez 3

Extra-ordinaria

Extra-ordinaria

2019

59,440,000.00

 

4

Técnica o Técnico Judicial 2

Extra-ordinaria

Extra-ordinaria

2019

61,788,000.00

 

1

Coordinadora o Coordinador Judicial 2

Extra-ordinaria

Ordinaria

2019

18,370,000.00

Plaza recomendada en 2018, al Juzgado Civil de este Circuito mediante informe 24-PLA-MI-2017 (Presupuesto Civil), sin embargo, según estudio de la Dirección de Gestión Humana, la actual plaza en propiedad del Juzgado Mixto por criterio de voluntad desea mantenerse en el Juzgado Civil, debiendo asignarse la plaza nueva al Juzgado de Trabajo de San Carlos.

Juzgado Civil y Trabajo del II Circuito Judicial de Alajuela (Upala)

1

Técnica o Técnico Judicial 2

Extra-ordinaria

Extra-ordinaria

2019

15,447,000.00

 

Juzgado Civil y Trabajo del III Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón)

1

Técnica o Técnico Judicial 2

Extra-ordinaria

Extra-ordinaria

2019

15,447,000.00

 

Juzgado Civil y Trabajo de Grecia

2

Jueza o Juez 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

118,880,000.00

 

3

Técnica o Técnico Judicial 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinaria

2019

46,341,000.00

 

Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba

1

Jueza o Juez 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinaria

2019

59,440,000.00

 

2

Técnica o Técnico Judicial 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinaria

2019

29,976,000.00

 

Juzgado Civil, Laboral y Familia de Sarapiquí

1

Técnica o Técnico Judicial 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinaria

2019

14,988,000.00

 

Juzgado Civil y Trabajo del I Circuito Judicial de Guanacaste

2

Jueza o Juez 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinaria

2019

118,880,000.00

 

2

Técnica o Técnico Judicial 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinaria

2019

30,894,000.00

 

Juzgado Civil y Trabajo de Cañas

1

Técnica o Técnico Judicial 2

Extra-ordinaria

Extra-ordinaria

2019

15,447,000.00

 

Juzgado Civil y Trabajo de Quepos

1

Jueza o Juez 3

Extra-ordinaria

Extra-ordinaria

2019

59,440,000.00

 

2

Técnica o Técnico Judicial 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinaria

2019

30,894,000.00

 

Juzgado Civil y Trabajo del I Circuito Judicial de la Zona Sur

2

Jueza o Juez 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinaria

2019

118,880,000.00

 

3

Técnica o Técnico Judicial 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinaria

2019

46,341,000.00

 

Juzgado Civil y Trabajo del II Circuito Judicial de la Zona Sur

1

Jueza o Juez 3

Extra-ordinaria

Extra-ordinaria

2019

59,440,000.00

 

1

Técnica o Técnico Judicial 2

Extra-ordinaria

Extra-ordinaria

2019

15,447,000.00

 

Juzgado Civil y Trabajo de Golfito

1

Técnica o Técnico Judicial 2

Extra-ordinaria

Extra-ordinaria

2019

15,447,000.00

 

Juzgado Civil y Trabajo de Osa

1

Técnica o Técnico Judicial 2

Extra-ordinaria

Extra-ordinaria

2019

15,447,000.00

 

Total

62

 

1,879,931,000.00

 

 

6.1.10. Para los Tribunales se recomienda la misma cantidad de plazas incluidas en la Ley de Presupuesto 2018, pero con la siguiente distribución para el 2019:

Ámbito Jurisdiccional – Tribunales

 

Tribunales de Apelación Civil y de Trabajo y Tribunales Penales

Despacho

Cant

Tipo de plaza

Condición actual

Recomen-dación

Perio-do

Costo estimado

Observaciones

Tribunal de Apelación de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José

3

Jueza o Juez 5

Extra-ordinarias

Ordinaria

 

215,112,000.00

Plaza en materia de Trabajo. En el informe 26-PLA-MI-2017 se incorpora esta plaza como categoría de Jueza o Juez 4, sin embargo, a partir del acuerdo de Corte Plena en sesión 19-17 celebrada el 19 de junio del 2017, artículo IX se aprueba la recalificación de las plazas en materia civil y trabajo a categoría 5.

1

Jueza o Juez 1

Extra-ordinarias

Ordinaria

 

55,966,000.00

Plaza de Juez tramitador

1

Coordinadora o Coordinador 3

Extra-ordinarias

Ordinaria

 

19,060,000.00

 

2

Técnica o Técnico Judicial 3

Extra-ordinarias

Ordinaria

 

32,358,000.00

Una plaza proviene del presupuesto 2018 adscrita directamente al Tribunal y la otra proveniente del CACMFJ “Modelo de Regionalización”.

Tribunal de Apelación Civil y de Trabajo de Alajuela

1

Jueza o Juez 5

Extra-ordinarias

Ordinaria

 

71,704,000.00

Plaza en materia de Trabajo con recargo Civil. En el informe 26-PLA-MI-2017 se incorpora esta plaza como categoría de Jueza o Juez 4, sin embargo, a partir del acuerdo de Corte Plena en sesión 19-17 celebrada el 19 de junio del 2017, artículo IX se aprueba la recalificación de las plazas en materia civil y trabajo a categoría 5.

1

Técnica o Técnico Judicial 3

Extra-ordinarias

Ordinaria

 

16,179,000.00

 

Tribunal de Apelación Civil y de Trabajo de la Zona Atlántica (sede Limón)

1

Jueza o Juez 5

 

Ordinaria

 

71,704,000.00

Plaza en materia de Trabajo con recargo Civil. En el informe 26-PLA-MI-2017 se incorpora esta plaza como categoría de Jueza o Juez 4, sin embargo, a partir del acuerdo de Corte Plena en sesión 19-17 celebrada el 19 de junio del 2017, artículo IX se aprueba la recalificación de las plazas en materia civil y trabajo a categoría 5.

2

Técnica o Técnico Judicial 3

Extra-ordinarias

Ordinaria

 

32,358,000.00

 

Tribunal de Apelación Civil y de Trabajo de la Zona Sur

1

Jueza o Juez 5

Extra-ordinarias

Ordinaria

 

71,704,000.00

Plaza Civil con recargo en Materia de Trabajo. En el informe 26-PLA-MI-2017 se incorpora esta plaza como categoría de Jueza o Juez 4, sin embargo, a partir del acuerdo de Corte Plena en sesión 19-17 celebrada el 19 de junio del 2017, artículo IX se aprueba la recalificación de las plazas en materia civil y trabajo a categoría 5.

1

Coordinadora o Coordinador 3

Extra-ordinarias

Ordinaria

 

19,060,000.00

 

2

Técnica o Técnico Judicial 3

Extra-ordinarias

Ordinaria

 

32,358,000.00

 

Tribunal del III CJ Alajuela (San Ramón)

1

Jueza o Juez 4

Extra-ordinarias

Ordinaria

 

64,124,000.00

Plaza de Juez Penal en reposición de la plaza tomada para el Tribunal de Apelación Civil y Trabajo

Tribunal del II CJ Alajuela (San Carlos)

1

Jueza o Juez 4

Extra-ordinarias

Ordinaria

 

64,124,000.00

Plaza de Juez Penal en reposición de la plaza utilizada para el Tribunal de Apelación Civil y Trabajo

Tribunal del I CJ Guanacaste (Liberia)

2

Jueza o Juez 4

Extra-ordinarias

Ordinaria

 

128,248,000.00

Plaza de Juez Penal en reposición de la plaza utilizada para el Tribunal de Apelación Civil y Trabajo

Tribunal del II CJ Guanacaste (Nicoya)

1

Jueza o Juez 4

Extra-ordinarias

Ordinaria

 

64,124,000.00

Plaza de Juez Penal en reposición de la plaza utilizada para el Tribunal de Apelación Civil y Trabajo

Tribunal del I CJ Zona Atlántica (Limón)

2

Jueza o Juez 4

Extra-ordinarias

Ordinaria

 

128,248,000.00

Plaza de Juez Penal en reposición de las plazas tomadas para el Tribunal de Apelación Civil y Trabajo

Tribunal del II CJ Zona Sur (Corredores)

1

Jueza o Juez 4

Extra-ordinarias

Ordinaria

 

64,124,000.00

Plaza de Juez Penal en reposición de la plaza tomada para el Tribunal de Apelación Civil y Trabajo

Tribunal de Puntarenas

1

Técnica o Técnico Judicial 3

Extra-ordinarias

Ordinaria

 

16,179,000.00

Plaza en reposición de la plaza utilizada para el Tribunal de Apelación Civil y Trabajo

Tribunal de Apelación Civil y de Trabajo de Puntarenas

1

Técnica o Técnico Judicial 3

Extra-ordinarias

Ordinaria

 

16,179,000.00

 

Tribunal de Apelación Civil y de Trabajo de Heredia

1

Técnica o Técnico Judicial 3

Extra-ordinarias

Ordinaria

 

16,179,000.00

 

Tribunal de Apelación Civil y de Trabajo de Guanacaste

1

Coordinadora o Coordinador 3

Extra-ordinarias

Ordinaria

 

19,060,000.00

 

2

Técnica o Técnico Judicial 3

Extra-ordinarias

Ordinaria

 

32,358,000.00

 

Tribunal de Apelación Civil y de Trabajo de Cartago

1

Técnica o Técnico Judicial 3

Extra-ordinarias

Ordinaria

 

16,179,000.00

 

Total

31

 

1,266,689,000.00

 

 

6.1.11. Se recomienda efectuar la transformación de cuatro plazas de Coordinadora o Coordinador Judicial 3 asignadas a los Tribunales de Apelación Civil y Trabajo mediante oficio 1163-PLA-2017 “Modelo de Regionalización de la Segunda Instancia en materia civil y trabajo a nivel nacional” a Técnica o Técnico Judicial 2 para ser asignadas al plan de trabajo de “Juezas o Jueces Itinerantes”de la siguiente forma:

 

Recurso técnico adicional Plan de Juezas o Jueces Itinerantes

Despacho

Cant

Tipo de plaza

Condi-ción actual

Recomendación

Perio-do

Costo estimado

Observaciones

Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional

4

Coordina-dora o Coordinador Judicial 3 (transforma da a Técnico Judicial 2)

 

Extra-ordinarias

Extra-ordinaria

2019

64,716,000.00

No se requiere la continuidad de la plaza de Coordinador o Coordinador Judicial 3 para 2019, ya el Tribunal de Apelación Civil y Trabajo de Alajuela, Heredia, Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Limón) y Cartago que ya cuentan con su Coordinadora o Coordinador Judicial 3. Pero si se requiere el apoyo de estas plazas en categoría de Técnica o Técnico Judicial 2 para el plan de trabajo de “Jueza o Jueces Itinerantes” de manera que no se recurra como en el 2018 a solicitud de permiso con goce de salario para dar soporte técnico al plan.

Total

4

 

64,716,000.00

 

6.2. Al Consejo Superior y Corte Plena se recomienda:

6.2.1 Indicar al Departamento de Medicina Legal, en lo que respecta al traslado de las nueve plazas de Médico en Medicina del Trabajo a otras zonas, solo podrá justificarse por cambios en la carga de trabajo en la atención exclusivamente de la materia de trabajo. Es decir, es facultad del Departamento de Medicina Legal mover las plazas entre las distintas zonas donde se recomendaron las plazas para la atención de asuntos de trabajo.

6.2.2. Aprobar la transformación de una de las plazas extraordinarias de Técnica o Técnico Judicial 3 adscritas por el “Modelo de regionalización” al Área de Gestión y Apoyo del CACMFJ a la categoría de Auxiliar Administrativo para la Oficina de Recepción de Documentos del Primer Circuito Judicial de San José (materia laboral) “Edificio Catedral”, para que continúe con el desempeño de las funciones que realiza desde el 201714, con labores de Técnica o Técnico en esa oficina receptora y permita además que se homologue estructuras entre ambos Tribunales de Apelación de Trabajo en San José.

6.2.3. Aprobar la transformación de cuatro plazas de Coordinador Judicial 3 a Técnico Judicial 2, conforme a la recomendación 6.1.11. de este informe, para ser asignadas a al Plan de “Juezas o Jueces Itinerantes” en primera instancia en materia de trabajo.

6.2.5. Aprobar los planes de trabajo propuestos en este informe que incluyen:

Mantener el Plan de trabajo en Segunda Instancia en Materia Civil y Trabajo por 2019, en virtud de los altos circulantes existentes en los Tribunales de Apelación Civil y de Trabajo que se muestran en el “Cuadro 12”, manteniéndose el plan por doce meses adicionales, de manera que se preste colaboración con el fallo de asuntos civiles y de trabajo de los Tribunales a nivel nacional. El plan de trabajo es ejecutado por tres plazas de Jueza o Juez 5 (dos puestos extraordinarios más la plaza 34279 ordinaria y adscrita al Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional por criterio de voluntad), con competencia a nivel nacional, ubicadas preferiblemente en San José y adscritas al Centro de Apoyo Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional, con cuota de 17 asuntos mensuales entre asuntos Civiles y de Trabajo.

Continuidad por 2019, del plan de Trabajo de “Juezas y Jueces Itinerantes” dirigido a la reducción de circulantes y celebración de audiencias en materia de trabajo en Primer Instancia, aprobado por el Consejo Superior mediante oficio 733-PLA-2017, en sesión 26-17 celebrada el 21 de marzo de 2017, artículo LXI y sus variaciones comunicadas por parte de la Dirección de Planificación15, junto con su apoyo de plazas técnicas judiciales.

Mantener las siete plazas de Jueza o Juez 3 para planes de trabajo en materia de trabajo pero con enfoque de plazas itinerantes, con competencia a nivel nacional para labores de trámite, fallo y ejecución de sentencia16, asignadas al Área de Gestión y Apoyo del Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional para esos fines.

6.3. A la Defensa Pública:

Incluir dentro del análisis estadístico en materia de trabajo, la cantidad de asuntos en circulante por plaza (subdividido en activo y pasivo), para que en 2019, se pueda cuantificar la carga de trabajo anual por plaza que incluya dos variables (entrada + circulante activo).

Para el 2019, se recomienda mantener la estructura, y prorrogar por ese año las plazas extraordinarias recomendadas para la Defensa Pública en el informe 26-PLA-MI-2017 (treinta y seis plazas de Abogada o Abogado de Asistencia Social, nueve plazas de Técnica o Técnica o Técnico Jurídico, siete plazas de Auxiliar Administrativo y dos plazas de Abogada o Abogado de Asistencia Social Supervisor), ya que es importante destacar que los datos estadísticos analizados para este ejercicio presupuestario de entrada en la Defensa Pública contemplan el período Agosto a Diciembre 2017, ya que pese a que la entrada en vigencia de la norma se dio a partir del 25 de julio 2017, el servicio prestado por la Defensa Pública inició en agosto 2017, es decir, con tan sólo cinco meses de análisis aproximadamente, se hace necesaria la revisión de al menos un año completo de funcionamiento de las plazas de Asistencia Social en la Defensa Pública, para valorar la carga de trabajo, tanto de asuntos nuevos como de otras labores (atención de personas usuarias en ventanilla) que permitan determinar, de manera más certera el impacto en la capacidad operativa de la oficinas.

En resumen:

El costo en recurso humano para garantizar la continuidad de las plazas aquí recomendadas es de 6,942.154,000.00. No se recomiendan plazas nuevas, solo transformaciones de categoría a una inferior en algunas de las plazas que venían extraordinarias en el presupuesto 2018.

 

 

 

 

Presupuesto 2019

Programa 926

Programa 927

Programa 928

Programa 930

Total

Recurso Humano

13,705,000.00

4,111,914,000.00

448,236,000.00

2,368,299,000.00

6,942,154,000.00

Mediante informe 26-PLA-MI-2017 se incluyeron un total de 177 plazas (extraordinarias) de las cuales se recomienda la continuidad de las mismas 177 en 2019 con el siguiente detalle:

 

VARIACIÓN EN CANTIDAD DE RECURSO HUMANO / PRESUPUESTO 2018 - 2019

Área

Plazas extraordinarias recomendadas en el Informe 26-PLA-MI-2017

Plazas que continúan durante 2019

Observaciones

Defensa Pública

54

54

Se da continuidad a las plazas de Abogada/o de Asistencia social durante 2019 y del equipo staff para manejo de esas plazas.

Departamento de Medicina Legal

9

9

Se mantienen las plazas de médico para atención de peritajes en seguridad social en 2019

Oficina de Recepción de Documentos del Edificio Catedral

 

1

Plaza se transforma de Técnica o Técnico Judicial 3 del CACMFJ a Auxiliar Administrativo.

Plan de descongestionamiento

 

12

18

Se transforman 4 plazas de Coordinadora o Coordinador Judicial 3 en Técnica o Técnico Judicial 2 como junto con las cuatro plazas de Jueza o Juez 3 del plan de “Juezas y Jueces Itinerantes”. La plaza de Técnica o Técnico Judicial asignada en 2018 al Juzgado Civil de Santa Cruz por 9 meses se reasigna para trabajar con la plaza de Jueza o Juez itinerante que atiende Matina y Bribri (plaza ordinaria). Las dos plazas de Jueza o Juez 5 se mantienen en el plan de Trabajo de Segunda Instancia.De las 8 plazas de Jueza o Juez 3 existentes en 2018, una se asigna de manera ordinaria al Juzgado de Trabajo de Pococi y se mantienen siete en plan de trabajo adscritas al CACMFJ.

CACMFJ-Seguimiento

2

2

Asesor en Reforma al Código de Trabajo y apoyo en el CACMFJ. Se mantiene la plaza de Técnica o Técnico Judicial pero con la salvedad de que sus funciones no se limitan a dar apoyo a los gestores en materia de Trabajo sino también materia Civil.

Jurisdiccional

100

93

Se excluye de este apartado, una de las plazas de Técnico del Tribunal de Trabajo se transforma a la ORDD Catedral, dos plazas de Jueza o Juez 5 que se destacan en el plan de trabajo, cinco plazas de Técnica o Técnico. Y se suma una Asignada de de manera ordinaria al Juzgado de Trabajo de Pococi (proveniente de las 8 en planes de descongestionamiento).

Total

177

177

Misma cantidad de plazas que el año anterior

 

 

Para la formulación del presupuesto 2018 se incluyeron un total de 177 plazas extraordinarias, de las cuales para el 2019 se recomienda la continuidad de las mismas 177, cuarenta y tres se recomiendan de forma ordinaria y ciento treinta y cuatro de manera extraordinaria a la espera de contar con mayor información estadística desde la vigencia de la Ley 9343 “Reforma al Código de Trabajo”, habiéndose superado la curva de aprendizaje y el impacto inicial por la entrada en vigencia de la nueva Ley en las oficinas judiciales, previo a emitir cualquier otra recomendación.

Se acordó:

ARTICULO III

 

La licenciada Nacira Valverde Bermúdez, Directora de Planificación, presenta informe 32-PLA-MI-2018, relacionado con el impacto organizacional y presupuestario en el Poder Judicial a partir de la promulgación del Nuevo Código Procesal Civil para el 2019.

 

 

Se presenta el siguiente resumen:

II. Plazas por Analizar

 

2.1. En el informe 24-PLA-MI-2017, se recomendaron de manera extraordinaria para 2018 un total de 235 plazas, de las cuales 27 se otorgaron de manera ordinaria y 208 bajo la modalidad extraordinaria, recursos sobre los que recae el presente análisis.

 

Bajo ese panorama, corresponde analizar la continuidad de las plazas extraordinarias:

 

ÁMBITO ADMINISTRATIVO

Dirección de Planificación.

8 Profesionales 2

 

Dirección de Gestión Humana.

10 Profesional 2

3 Técnica o Técnico Administrativo 2

1 Profesional 1

 

Dirección de Tecnología de la Información.

1 Profesional en Informática 2

1 Profesional en Informática 1

4 Técnica o Técnico Especializado 5

 

Dirección Ejecutiva.

1 Asesora o Asesor Jurídico 117

 

ÁMBITO JURISDICCIONAL

 

Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional

3 Jueza o Juez 4

12 Jueza o Juez 3

11 Jueza o Juez 2

2 Jueza o Juez 1

25 Técnica o Técnico Judicial 1

2 Profesionales 2

1 Técnica o Técnico Judicial 3

1 Técnica o Técnico Administrativo 4

 

Sala Primera

1 Profesional en Derecho 3 B

 

Juzgado Concursal

1 Jueza o Juez 3

 

Tribunal Primero Colegiado de Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de San José

2 Jueza o Juez 3

 

Tribunal Segundo Colegiado de Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de San José

2 Jueza o Juez 3

 

Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil del Tercer Circuito Judicial de San José (Hatillo)

1 Jueza o Juez 3

1 Jueza o Juez 3 (asignada en 2018 al Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José por Reforma al Código de Trabajo, informe de la Dirección de Planificación 26-PLA-MI-2017).

 

Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur

3 Jueza o Juez 3

1 Coordinadora o Coordinador Judicial 2

3 Técnica o Técnico Judicial 3

 

Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela

3 Jueza o Juez 3

 

Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil de Cartago

3 Jueza o Juez 3

 

Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón)

3 Jueza o Juez 3

1 Coordinadora o Coordinador Judicial 2

3 Técnica o Técnico Judicial 3

 

Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil de Heredia

2 Jueza o Juez 3

 

Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia)

2 Jueza o Juez 3

1 Coordinadora o Coordinador Judicial 2

3 Técnica o Técnico Judicial 3

 

Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya)

3 Jueza o Juez 3

1 Coordinadora o Coordinador Judicial 2

3 Técnica o Técnico Judicial 3

 

Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil de Puntarenas

1 Jueza o Juez 3

 

Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica

2 Jueza o Juez 3

 

Juzgado Primero Civil de San José

2 Jueza o Juez 3

 

Juzgado Segundo Civil de San José

2 Jueza o Juez 3

 

Juzgado Tercero Civil de San José

1 Jueza o Juez 3

 

Juzgado Civil del III Circuito Judicial de San José

1 Jueza o Juez 3

 

Juzgado Civil de Alajuela

3 Jueza o Juez 3

1 Coordinadora o Coordinador Judicial 2

9 Técnica o Técnico Judicial 2

 

Juzgado Civil de Cartago

4 Técnica o Técnico Judicial 2

 

Juzgado Civil de Heredia

3 Jueza o Juez 3

8 Técnica o Técnico Judicial 2

 

 

Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica

3 Técnica o Técnico Judicial 2

1 Coordinadora o Coordinador Judicial 2

1 Jueza o Juez 3

 

Juzgado Civil del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica

3 Técnica o Técnico Judicial 2

1 Coordinadora o Coordinador Judicial 2

1 Jueza o Juez 3

 

Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas

2 Jueza o Juez 3

4 Técnica o Técnico Judicial 2

1 Coordinadora o Coordinador Judicial 2

 

Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Puriscal

1 Jueza o Juez 3

 

Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Osa

1 Jueza o Juez 3

 

Juzgado Civil y Trabajo del II Circuito Judicial de Alajuela

1 Coordinadora o Coordinador Judicial 2

 

Juzgado Civil y Trabajo del III Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón)

3 Técnica o Técnico Judicial 2

 

Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Quepos

1 Jueza o Juez 3

1 Técnica o Técnico Judicial 2

 

Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José

1 Técnica o Técnico Judicial 1

 

Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José

1 Técnica o Técnico Judicial 1

 

Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José

1 Técnica o Técnico Judicial 1

 

 

Juzgado Especializado de Cobro de Cartago

2 Técnica o Técnico Judicial 1

 

Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia

2 Técnica o Técnico Judicial 1

 

Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur

1 Técnica o Técnico Judicial 1

 

Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito

1 Coordinadora o Coordinador Judicial 1

 

Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia

1 Coordinadora o Coordinador Judicial 1

 

Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia)

1 Coordinadora o Coordinador Judicial 1

 

Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya)

1 Técnica o Técnico Judicial 1

1 Coordinadora o Coordinador Judicial 1

 

Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de la Cruz

1 Técnica o Técnico Judicial 1

 

Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Bagaces

1 Técnica o Técnico Judicial 1

 

Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Abangares

1 Técnica o Técnico Judicial 1

 

Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Carrillo

1 Técnica o Técnico Judicial 1

 

Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Jicaral

1 Técnica o Técnico Judicial 1

 

III. Justificación de la Situación o Necesidad Planteada

 

3.1. La Ley 9342 prevé una reestructuración a nivel organizacional del Poder Judicial, provocado principalmente a partir de la reforma a varios artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial, entre ellos el 95, 95 Bis y 105, ya que el Código establece nuevas instancias para el conocimiento de la Materia Civil y su competencia (Tribunales de Apelación Civil, Tribunales Colegiados de Primera Instancia y Juzgados Civiles Especializados).

3.2. Por las razones anteriores, se debe analizar la necesidad de plazas merced a la creación de los Tribunales Colegiados de Primera Instancia Civil, Juzgados Civiles y el reforzamiento en los Juzgados Mixtos del país.

3.3. Para enero de 2019, habrán transcurrido tan solo tres meses de haber entrado en vigencia el Nuevo Código Procesal Civil, razón de temporalidad que se debe analizar con suma objetividad el presente estudio.

(…)

V. Elementos Resolutivos

.El Nuevo Código Procesal Civil fue publicado en el Diario oficina La Gaceta en el Alcance 54 en fecha 8 de abril del 2016 y entra a regir 30 meses después publicado, es decir, el 8 de octubre del 2018.

.En el informe 24-PLA-MI-2017, se recomendaron de manera extraordinaria para 2018 un total de 235 plazas, de las cuales 27 se otorgaron de manera ordinaria y 208 bajo la modalidad extraordinaria, sobre las cuales recae el presente análisis.

.Se debe tomar en consideración que algunos despachos de la Jurisdicción Civil desde 2017, funcionan de manera especializada, tal es el caso del Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José y del Juzgado Civil de Santa Cruz. Asimismo, otras oficinas de la Jurisdicción, lo harán a partir del 8 de octubre de 2018 cuando entre en vigencia la nueva normativa, tal es el caso del Juzgado Civil de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita (hoy Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita), Juzgado Civil en Puntarenas (hoy Juzgado Civil y Agrario), Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (hoy Juzgado Civil y Trabajo) y el Juzgado Civil y Trabajo de Quepos (hoy Juzgado Civil, Trabajo y Familia).

.Al efectuar el ejercicio correspondiente de actualización de las estadísticas al finalizar el 2017 y al excluir de la entrada actual los asuntos ordinarios y abreviados de mayor cuantía que en adelante se recibirán en los Tribunales Colegiados de Primera Instancia Civil, se visualiza que el movimiento de asuntos entrados (35 y 10 expedientes mensuales por plaza de Jueza o Juez y Técnica o Técnico Judicial respectivamente), mantiene invariable ese comportamiento, lo que establece la misma distribución de plazas asignadas mediante el informe 24-PLA-PI-2017.

.A partir del 1 de febrero de 2018 y por acuerdo de Corte Plena en sesión 01-2018 celebrada el 15 de enero de 2018, artículo III, el conocimiento de todos los asuntos concursales, se centralizan en el Juzgado Concursal de San José, lo que implica inevitablemente un incremento en su entrada de expedientes, adicional al hecho que recibió en circulante un total de 76 asuntos provenientes del resto del país, plasmado en un incremento de 63% en su circulante.

.Para la elaboración de los informes 31-PLA-PI-2016 y 24-PLA-MI-2017, la Dirección de Planificación utilizó el análisis de la entrada de asuntos ordinarios exclusivamente de acuerdo con el criterio de los asesores de la implementación de la Reforma Procesal Civil, no obstante, para el 2019, esa Comisión indica que en el análisis de plazas también se deben incorporar los asuntos abreviados de mayor cuantía según justifican mediante correo electrónico del 7 de marzo de 2018 (anexo 1), lo que implica asignar cuatro plazas de Jueza o Juez 4 extraordinarias nuevas en relación al presupuesto del 2018 (tres para el Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil en el Primer Circuito Judicial de San José y uno en su homólogo del Segundo y Tercer Circuito Judicial de Alajuela) y en esa misma proporción el personal técnico.

Una vez efectuada la incorporación de asuntos descrita, efectivamente, se identifica que existe una necesidad de recurso humano adicional que se convierte en tres plazas de Jueza o Juez 4 para el Tribunal Segundo Colegiado de Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de San José y una en su homólogo del Segundo y Tercer Circuito Judicial de Alajuela, para ambos casos se requerirá la misma cantidad de apoyo técnico, se crean como nuevas las plazas de persona juzgadora y en cuanto a los técnicos en el caso particular de San José, se podría mitigar con las plazas que actualmente se encuentran adscritas al Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional y en San Ramón será necesaria la creación extraordinaria de ese recurso.

.Para la incorporación de recurso humano en los Tribunales Colegiados de Primera Instancia Civil, se debe tomar en consideración el informe SAP-266-2017 de la Dirección de Gestión Humana, relacionado con los perfiles y categorías de las plazas de Juezas y Jueces, coordinadoras y coordinadores judiciales y técnicas y técnicos judiciales con ocasión de la Reforma Procesal Civil que entrará a regir el 8 de octubre próximo. En ese sentido, la categoría de las plazas juzgadoras en esas oficinas será de Jueza o Juez 4, asimismo, el personal de apoyo será de Técnica o Técnico Judicial 3 y Coordinadora o Coordinador Judicial 3 respectivamente18.

. La necesidad de recurso humano en la Jurisdicción Civil para el 2019, efectuados en el presente informe, que implican la utilización de plazas procedentes de la materia Civil adscritas al Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional, provoca que queden adscritos para el 2019 en esa dependencia cinco Auxiliares de Servicios Generales 2.

. Siendo que se está a la espera del informe de la Dirección de Gestión Humana que identifique las personas que ocupan estas plazas, para la asignación de estos recursos se deben respetar los siguientes criterios:

Al ser plazas que se desempeñan en la Jurisdicción Civil, a futuro serán utilizadas para solventar necesidades de recurso humano de esa misma materia (incluido Cobro Judicial). Se hace la asignación de las plazas temporalmente al Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional, a la espera de ver la situación real de los despachos y proponer planes de trabajo, ya que las plazas siguen perteneciendo a la Jurisdicción Civil.

Las plazas que se deben redistribuir pero que actualmente tienen condición en “propiedad” no serán movilizadas a otra zona, sino que se utilizarán para planes de trabajo en San José y para las materias Civil o Cobratoria únicamente. La única excepción a este punto es que se cuente con la voluntad de la persona de trasladarse a otra zona.

Las plazas que deban redistribuirse, pero estén en condición “vacante” sí podrán ser asignadas a cualquier otro despacho de la Jurisdicción Civil (incluido Cobro) en el país, donde se determine por parte de la Dirección de Planificación la necesidad del recurso humano y siguiendo el lineamiento técnico de la Dirección de Gestión Humana, rector en este tema.

5.10. Para el análisis de los Juzgados de modalidad mixta (Civil y Trabajo), se obtiene que el Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), cuenta con la entrada de expedientes más elevada en materia Civil en relación con sus homólogos de Grecia, Liberia Pérez Zeledón y a pesar de ello cuenta con dos plazas técnicas menos, que de sumarse a su estructura logra equiparar la carga de trabajo en relación con los homólogos descritos anteriormente. Por su parte al Juzgado Civil y Trabajo de Quepos, en octubre de 2018 alcanza su especialización, y en ese sentido puede asumir la carga de trabajo con el personal de planta habitual, por lo que para el 2019 no se recomienda mantener la plaza de Técnica o Técnico Judicial recomendada en 2018; sino que se reasigna al Juzgado Civil y Trabajo de San Ramón más una plaza de Técnico antes adscrita al Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional (oficio 281-PLA-2018) por las razones descritas líneas atrás.

5.11. En torno a los despachos mixtos que conocen materias adicionales a la Civil y Trabajo, se detectó que al cierre de 2017, existen algunos despachos que presentan las mayores particularidades, tal es el caso de los juzgados de Osa y Puriscal, para los que en la formulación presupuestaria del 2018, se incluyeron dos plazas de Jueza o Juez 3, recursos que se deben prorrogar por 2019,en el caso de Puriscal, merced a que constituye la entrada de asuntos más elevada anualmente en materia Civil entre ese tipo de oficinas y en Osa, por cuanto es el único despacho mixto que cuenta con una sola plaza juzgadora de manera ordinaria. Asimismo, la asignación de recurso humano para el Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba, será analizado en el informe relacionado con la Reforma al Código de Trabajo.

5.12.Al constituir el modelo electrónico en la gestión de los despachos civiles y de la identidad de los Centros de Gestión como medios para el acercamiento de la justicia a la persona usuaria, resulta necesario mantener el apoyo de las plazas técnicas que se destacan en labores de manifestación particularmente en los Juzgados Contravencionales y de Menor Cuantía de La Cruz, Carrillo, Abangares, Bagaces y Jicaral. Asimismo, se debe efectuar una actualización con los despachos que alcanzan esa modalidad a partir del 8 de octubre de 2018.

5.13. Con la aprobación por parte de Corte Plena del informe 1728-PLA-2017, relacionado con el cambio de competencia material de los actuales Juzgados de Menor Cuantía en materia de Trabajo a partir de esa misma fecha, y que básicamente implica el traslado de todos los asuntos laborales que permanecen en conocimiento de esos despachos hacia los Juzgados de Trabajo de su Circuito a partir del 8 de octubre de 2018 los despachos que conocen de expedientes cobratorios en juzgados de menor cuantía podrían alcanzar su especialización.

5.14.En torno a la cantidad de recurso humano extraordinario asignado en las oficinas que conocen de la materia de Cobro, se debe mantener su continuidad amparado en dos fundamentos:

 

a. Enfoque de lograr la estandarización de funciones en los Juzgados Cobratorios, lo que se plasma a través del informe de la Dirección de Planificación 42-PLA-201719, que pone en evidencia la necesidad de recurso humano en algunas de esas oficinas para equiparar funciones y estructuras de despachos homólogos.

 

b. Plan de trabajo por 2017-2019, en donde se espera contar con un trámite célere a partir de las distintas mejoras en que trabaja la Dirección de Tecnología de la Información.

 

c. Redistribución de competencias por territorio, a partir de la incompetencia territorial que aplica a partir de octubre 2018, de conformidad con el artículo 9.1 que literalmente indica:

 

9.1 Incompetencia e improrrogabilidad: Los tribunales solo podrán declarar de oficio su incompetencia por razón del territorio, antes de dar curso a la demanda. Si no lo hicieran, en ese momento, únicamente podrán decretarla cuando la parte accionada haya planteado la excepción dentro del plazo respectivo. Por razón de la materia, cuantía y por territorio nacional podrá decretarse de oficio en cualquier estado del proceso, salvo que se haya definido mediante resolución firme. ”

 

d. Resulta prudente mantener el apoyo de las plazas extraordinarias, hasta tanto la Dirección de Planificación efectúe el correspondiente diagnóstico en esas oficinas, donde se evalúe nuevamente las necesidades y elementos necesarios para establecer recomendaciones o bien valorar la incorporación de las plazas de apoyo que quedarán adscritas el CACMFJ.

Se hace la salvedad de que todos esos recursos que la única plaza que no se asignaría es la de Coordinadora o Coordinador Judicial, recomendada para el Juzgado de Cobro de Santa Cruz, previendo una posible especialización de la materia de Tránsito, no obstante, de acuerdo con lo recomendado en el informe 1821-PLA-2017, aprobado por el Consejo Superior en sesión 114-17 del 21 de diciembre de 2017, artículo CII, donde Tránsito se unificará con Pensiones Alimentarias y Contravenciones del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, el recurso no es requerido en ese despacho pero se reasigna al Juzgado de Cobro de Pococi.

5.15. Producto de los diagnósticos que la Dirección de Planificación viene efectuando en los despachos civiles desde el 2017, se ha podido determinar que para lograr estandarización de las estructuras propuestas en las oficinas que conocen de asuntos cobratorios, se requiere de personal adicional, tal es el caso de los Juzgados de Cobro de Grecia y Pococí, donde es necesaria una plaza de Técnica o Técnico Judicial para ejercer labores de cajero y remates. Esos recursos son cubiertos con una plaza de Técnico Judicial 3 (que venía brindando apoyo a los asesores de implementación en labores administrativas en el CACMFJ) que se transforma en Técnica o Técnico Judicial 1 y que para el 2019 se recomienda para el Juzgado de Cobro de Grecia, y de la plaza de Coordinadora o Coordinador Judicial 1 mencionada en el punto anterior, que para el presente ejercicio de formulación presupuestaria no se recomienda para el Juzgado de Cobro de Santa Cruz, sino que se transforma a Técnico Judicial 1 para el Juzgado de Cobro de Pococi.

5.16. A partir de la aprobación del informe 1163-PLA-2017, relacionado con la propuesta de regionalización para la segunda instancia en materia Civil y Trabajo y su competencia, los Tribunales Civiles de San José, dejan de conocer las apelaciones de sentencia de los asuntos ordinarios provenientes de Puntarenas, Guanacaste y Limón, lo que provocará una disminución en su entrada, razón por la que requieren un ajuste en su estructura de trabajo actual, estudio que en este momento elabora la Dirección de Planificación.

5.17. Los asuntos nuevos de Auxilio Internacional (Exequátur y Cartas Rogatorias) en materia de Trabajo, Familia, Sucesoria y Concursal a partir del 8 de octubre de 2018, serán conocidos en la Sala Segunda, no obstante, el circulante existente de esos procesos, será resuelto en la Sala Primera, cifra que al cierre de 2017 alcanza 341 expedientes, lo que hace necesaria la permanencia de manera extraordinaria de la plaza de Profesional en Derecho 3-B.

5.18. La proyección de entrada de asuntos en la Sala Primera, restando lo que dejarán de conocer por auxilio internacional, se estima que crecerá en aproximadamente 306 asuntos anuales, producto de los procesos ordinarios que provendrán de los Tribunales Colegiados de Primera Instancia Civil en casación de sentencia, lo que se visualiza en la necesidad de cuatro Profesionales en Derecho 3 B y dos Técnicos Judiciales 3 para mantener al menos la carga de trabajo existente en la actualidad en esa oficina.

5.19.Según información recibida de la Dirección Ejecutiva, no existen nuevos requerimientos para el 2019. Asimismo, la plaza de Asesor Jurídico 1 que estaba asignado de manera extraordinaria, se recomendó solamente para los primeros cuatro meses de 2018.

5.20.En cuanto a los requerimientos de recurso humano de la Dirección de Tecnología de la Información y donde solicitan la continuidad de recursos en 2019, se hace necesario establecer que para:

Cuatro plazas de Técnica o Técnico Especializado 5: la Reforma Procesal Civil entrará en vigencia a partir de octubre 2018, ello significa que la gran mayoría de conexiones de red, telefónicas, asignación y habilitación de usuarios, entre otros de los descritos en la solicitud de la Dirección de Tecnología de la Información, habrán sido atendidos en ese momento. Otro elemento a tomar en consideración es que las plazas de Jueza o Juez asignados en la Reforma, inician labores desde agosto 2018 donde la Dirección de Tecnología de la Información cuenta con espacio para dar atención de ese tipo de solicitudes, por lo que no se visualiza que ello sobrepase el 2018.

Un Profesional en Informática 2 para el desarrollo de mejoras: como bien se indica por parte de la Dirección de Tecnología de la Información, existen mejoras prioritarias en las que se ha venido trabajando desde 2017 y requieren de su habilitación oportuna al momento de entrada en vigencia de la Reforma en octubre próximo. Adicionalmente, merced a que las mejoras informáticas solicitadas por la Comisión de la Jurisdicción Civil podrían tener un impacto significativo en la disminución de tiempos y actividades en la resolución de los Juzgados Civiles e incluso replicables en otras Jurisdicciones, tal es el caso de las solicitadas para giros y liquidaciones automáticas, se considera oportuna la continuidad del recurso.

Un Profesional en Informática 1 para labores de migración: se debe tener presente que esa tarea iniciará al menos con un mes de anticipación de entrar en vigencia la Reforma Procesal Civil (setiembre 2018), es decir, que a diciembre 2018 ya los despachos tendrán en total cuatro meses de estar inmersos en el proceso de migración, lo que permite deducir que el soporte para esas acciones estará superado al finalizar 2018, por lo que no se visualiza su necesidad en 2019.

5.21.En torno a la Dirección de Gestión Humana, se debe indicar que existe una plaza que no requiere análisis para el 2019 y es la de Profesional 1 para labores asociadas a temas de Salud Ocupacional, ya que la misma Dirección de Gestión Humana, estimó que sus labores serían requeridas por el primer semestre de 2018 solamente.

 

Para la continuidad de las 10 plazas de Profesional 2 (cuatro solicitadas en labores asociadas en Reclutamiento y Selección y seis para desarrollar estudios sobre recursos elegibles o traslados propios al entrar en vigencia la Reforma Procesal Civil), se debe aclarar que la citada reforma entra en vigencia a partir de octubre de 2018, momento en el cual ya deberán estar completamente identificados los recursos para los que aplica su respectivo traslado así como los plazas que se encuentren en condición de elegibles.

 

Se debe aclarar a la Dirección de Gestión Humana que la continuidad de plazas para la atención de las otras reformas aprobadas en primer debate como la Agraria o Familia por ejemplo, no se puede cargar al presupuesto de la Reforma Procesal Civil.

 

Para las plazas de Técnico Administrativo 2, es una realidad que a partir de la entrada en vigencia de la Reforma al Código de Trabajo en julio de 2017, y de la Civil en 2018, se incrementa la carga habitual de trabajo en esa Dirección, ya que en total se recomiendan entre ambas reformas un total de 441 plazas aproximadamente. En ese sentido se consultó a las licenciadas Carla Arauz Castro y Maureen Siles Mata de la Sección de Administración Salarial de la Dirección de Gestión Humana, manifiestan que ciertamente las plazas extraordinarias, han venido a dar un importante soporte a la ya de por sí elevada carga de trabajo existente en la Dirección de Gestión Humana. Agregan que el aumento en el recurso humano a nivel institucional, no solo implica los movimientos de pago de salario quincenal correspondientes; sino que también implica con el paso del tiempo, estudios de conversión y análisis de cálculos por vacaciones, anualidades, incapacidades, aspectos asociados a sustituciones, cadenas de nombramientos, entre otro sinnúmero de actividades propias de esa Dirección. Por las razones expuestas, se hace necesaria su asignación.

5.22.En relación con la solicitud de recurso por parte del Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función, se estima que la labor de seguimiento de los planes y cambios propuestos por la Reforma es fundamental como parte de la sostenibilidad de las oficinas en 2019, máxime que será un año de transición y ajustes para la Jurisdicción Civil, principalmente por los cambios procesales y de adaptación de procesos al nuevo modelo de trabajo. Además de una serie de mejoras tecnológicas que están en desarrollo y que muchas se analizarán hasta en 2019, se estima entonces como necesaria la permanencia de las tres plazas de Asesores, como criterio experto para la toma de decisiones en esta etapa, así como dos de Profesional 2 producto de las tareas de seguimiento que se han venido ejecutando desde 2017 y donde los planes de trabajo si bien es cierto se mantienen, no incrementan, es decir estas labores permanecen en condiciones similares al año anterior.

En cuanto a la solicitud de recurso humano técnico por parte del CACMFJ, se establece que la plaza de Técnico Administrativo 4 destacado en la labor de nombramientos, merced al incremento de movimientos en las plazas asignadas para tanto en la Reforma al Código de Trabajo como nuevo Código Procesal Civil deberá continuar como apoyo en esas funciones. Mantener 11 plazas de Jueza o Juez 2 y 21 de Técnico Judicial 1 (recomendadas en el informe 24-PLA-MI-2017). No obstante, se requiere de una plaza adicional de Técnica o Técnico Judicial 1, para mantener la relación de que cada plaza juzgadora sea asistida por dos recursos técnicos. Para evitar la creación de una plaza nueva, se incluye temporalmente en el plan de trabajo una plaza de Auxiliar de Servicios Generales 2, transformada a Técnico Judicial 1, de las adscritas temporalmente al Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional.

5.23.La Comisión de la Jurisdicción Civil solicita un conjunto de plazas para planes de descongestionamiento, al respecto se estima necesario:

 

Se visualiza el apoyo en primera instancia, sin embargo, será para los Tribunales Colegiados de Primera Instancia Civil, por lo que se mantendrán 10 plazas de Jueza o Juez (sin apoyo técnico) con el fin de que colaboren con el trámite de asuntos, realización de audiencias distintas a las complementarias, cooperar con la emisión de fallo escritorio, y que coopere en la realización de audiencias, deberán además cumplir con las funciones derivadas de esa participación, como lo son eventualmente la deliberación, votación, redacción y firma de las sentencias. Para ello se formularán los planes de trabajo, previa coordinación con la Dirección Ejecutiva, una vez identificado el despacho que requiere de manera prioritaria la colaboración.

 

Finalmente, en virtud de la existencia de una sección colegiada en segunda instancia (producto del Modelo de Regionalización de los Tribunales de Apelación Civil y de Trabajo a nivel nacional a partir de julio 2017), se estima mantener la sección que actualmente funciona mediante la modalidad de permiso con goce de salario (artículos 44 y 81 de la Ley Orgánica del Poder Judicial) con especialidad Civil para la reducción de circulante en esta materia en los Tribunales de Apelación Civil y Trabajo a nivel nacional. Lo anterior, debido al incremento que han presentado algunas zonas por el impacto que se ha venido generando con los planes de trabajo en primera instancia en los Juzgados Civiles desde 2016 (apelaciones de sentencia del circulante actual y de resoluciones interlocutorias) así como el impacto de la redistribución de las competencias en materia civil (asuntos ordinarios) del Tribunal Segundo Civil hacia las zonas de Guanacaste, Limón, Puntarenas.20

5.24. Es importante aclarar que la recomendación de plazas se efectúa de manera extraordinaria, en virtud de que la Reforma Procesal Civil al 2019 tendría solamente tres meses de haber entrado en vigencia, tiempo que no resulta prudente para medir el verdadero impacto de la nueva norma producto de los cambios en competencia territorial y material que evidencien los cambios en cargas de trabajo que justifiquen modificaciones de estructura de recurso humano, cuando se pueda analizar la solicitud de la Comisión de la Jurisdicción Civil para incluir recursos de manera ordinaria, no así para el presente ejercicio de formulación presupuestaria.

5.25.De las plazas que actualmente se encuentran adscritas al CACMFJ, de acuerdo a lo que se menciona en el informe, se efectuarán las siguientes distribuciones:

 

2 Técnicos Judiciales al Tribunal Primero Colegiado Civil de Primera Instancia de San José.

1 Coordinadora o Coordinador Judicial 2 transformada a Técnica o Técnico Judicial 3 para el Tribunal Primero Colegiado Civil de Primera Instancia de San José.

1 Auxiliar de Servicios Generales transformada a Técnico Judicial 1 para completar la estructura del plan de trabajo en materia cobratoria (San José).

Una Técnica o Técnico Judicial 2 al Juzgado Civil y Trabajo de San Ramón21.

Es importante agregar, que las plazas de Auxiliar de Servicios Generales 2, se adscriben al CACMFJ, toda vez que de acuerdo con el criterio de la Dirección Ejecutiva, el local que albergará las futuras oficinas civiles en el Primer Circuito Judicial de San José, contará con el servicio de limpieza requerido.

Con ello, permanecerán adscritas a esa dependencia: cinco plazas de Auxiliar de Servicios Generales 2.

5.26. Para 2018 habrán finalizado las labores de diagnóstico por parte de la Dirección de Planificación, sin embargo, tomando en consideración que una vez entrada en vigencia la Reforma Civil, la implementación de planes de trabajo, distribución de circulante, otras labores, deberán ser retomadas por los profesionales a cargo de los diagnósticos, esto como parte de la curva de aprendizaje obtenido de los abordajes en Reforma Laboral, se estima necesaria la continuidad en 2019 de seis recursos de Profesional 2 (3 meses para apoyo en Reforma Civil en estabilización de los despachos, implementación de indicadores en las oficinas con la implantación de las nuevas estructuras, revisión de distribución de circulantes, etc. Asimismo, dos plazas se deberán recomendar de manera ordinaria como parte de los Modelos de Sostenibilidad que deben quedar instalados en los circuitos judiciales que son sometidos a Rediseño de Procesos, de acuerdo con lo aprobado por el Consejo Superior en sesión 107-16 del 29 de noviembre de 2016, artículo XLIX.

5.27. Es importante mencionar que el proceso de capacitación en el Nuevo Código Procesal Civil dio inicio en 2017, en donde presupuestariamente se otorgó a la Escuela Judicial un monto de 457.605.516,00 y para 2018 379.149.160°°. Adicionalmente, la Escuela Judicial y la Comisión de la Jurisdicción Civil proponen para 2019 una nueva etapa de capacitación, que consiste en un conversatorio con el fin de abordar un objetivo y contenido temático distintos, con un costo de ₡297.874.004.30. No obstante, se manteniendo el criterio utilizado en la Reforma al Código de Trabajo y por las limitaciones presupuestarias existentes, se recomienda la asignación a la Escuela Judicial por un monto de 142.529.820.15 que corresponde al 50% del monto original solicitado por la Escuela Judicial, excluyendo la plaza de profesional 2 para especialista de métodos de enseñanza.

 

5.28. Finalmente, en virtud del análisis efectuado al acuerdo de Consejo Superior en sesión 1-18 del 9 de enero de 2018, artículo LXXXI y del proceso de capacitación para materia Civil propuesto por la Escuela Judicial para 2019, se deben incorporar como plazas extraordinarias por un período de dos meses (50% de la solicitud inicial de la Escuela Judicial), una plaza de Gestora o Gestor de la Capacitación 3, dos plazas de Asistente Administrativo 3, una de Profesional 2 para ejecución del presupuesto así como una Secretaria Ejecutiva 1.

VI. Recomendaciones

 

6.1. Del análisis efectuado en el presente informe, se determina que para el 2019, se debe otorgar continuidad a las siguientes plazas.

 

ÁMBITO ADMINISTRATIVO

 

Despacho

Cantidad

Tipo de plaza

Condición actual

Recomendación

Periodo

Costo estimado

Observaciones

 

 

Dirección de Planificación

6

Profesional 2

Extra-ordinaria

Extra-ordinaria

3 meses

57,664,500.00

Curva de aprendizaje y actividades posteriores a la entrada en vigencia de la Reforma Procesal Civil.

 

2

Profesional 2

Extra-ordinaria

Extra-ordinaria

0rdinarias

76,886,000.00

Seguimiento y Modelo de Sostenibilidad en H

Heredia y Guanacastes

 

 

Dirección de Tecnología de la Información

1

Profesional en Informática 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinaria

2019

38,443,000.00

Desarrollo de mejoras

 

Dirección de Gestión Humana

3

Técnico Administrativo 2

Extra-ordinarias

Ordinaria

2019

50,760,000.00

Sección de Administración Salarial

 

Total

12

 

223,753,500.00

 

 

 

 

 

ÁMBITO JURISDICCIONAL

Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional

 

Despacho

Cant

Tipo de plaza

Condición actual

Recomen-dación

Período

Costo Estimado

Prioridad

Observa-ciones

Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional

3

Juez 5

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

215,112,000.00

1

Asesores de implemen-tación

1

Técnico Administrativo 4

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

19,425,000.00

1

Nombra-mientos

2

Profesional 2

Extra-ordinarias

Ordinaria

2019

76,886,000.00

1

Seguimiento a los planes de trabajo y recomendaciones aprobadas por el Consejo Superior.

Total

6

 

311,423,000.00

 

 

 

Planes de descongestionamiento para la Jurisdicción Civil

 

Despacho

Cantidad

Tipo de plaza

Condición actual

Recomen-dación

Período

Costo Estimado

Prioridad

Observa-ciones

Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional

10

Jueza/ez 4

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

641,240,000.00

1

Primera instancia

11

Jueza/ez 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

629,024,000.00

1

 Para el plan Nacional de Cobro

21

Técnica/o Judicial 1

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

312,774,000.00

1

3

Jueza/ez 5

Extra-ordinarias22

Extra-ordinarias

2019

215,112,000.00

1

 Segunda Instancia (se mantiene la propuesta de plan de trabajo establecida mediante el informe 1163-PLA-2017, pero con una sección especializada en la atención de la materia Civil con competencia a nivel nacional.

Total

45

 

1,798,150,000.00

 

En relación con el cuadro anterior, se debe indicar que para poner en funcionamiento el plan de trabajo para la materia Cobratoria, se requieren 22 plazas, no obstante se da continuidad a las 21 que se recomendaron durante 2018 y la restante se toma de las de Auxiliar de Servicios Generales 2 adscrita al Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional a partir del informe 281-PLA-2018, lo que implica la recalificación de acuerdo a la categoría que establezca la Dirección de Gestión Humana.

 

Es importante aclarar que la recomendación de plazas se efectúa de manera extraordinaria, en virtud de que la Reforma Procesal Civil al 2019 tendría solamente tres meses de haber entrado en vigencia, tiempo que no resulta prudente para medir el verdadero impacto de la nueva norma producto de los cambios en competencia territorial y material que evidencien los cambios en cargas de trabajo que justifiquen modificaciones de estructura de recurso humano, cuando se pueda analizar la solicitud de la Comisión de la Jurisdicción Civil para incluir recursos de manera ordinaria, no así para el presente ejercicio de formulación presupuestaria.

 

Juzgados Civiles

Despacho

Cant

Tipo de plaza

Condición actual

Recomen-dación

Período

Costo Estimado

Prioridad

Observa-ciones

Juzgado Concursal (San José)

1

Jueza/ez 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

59,440,000.00

1

 

Juzgado Contravencional de La Cruz

1

Técnica/o Judicial 1

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

14,894,000.00

1

Área manifestación Centro de Gestión

Juzgado Contravencional de Carrillo

1

Técnica/o Judicial 1

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

14,894,000.00

1

Juzgado Contravencional de Abangares

1

Técnica/o Judicial 1

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

14,894,000.00

1

Juzgado Contravencional de Bagaces

1

Técnica/o Judicial 1

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

14,894,000.00

1

Juzgado Contravencional de Jicaral

1

Técnica/o Judicial 1

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

14,894,000.00

1

Juzgados Civiles de San José23

5

Jueza/ez 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

297,200,000.00

1

Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela

3

Jueza/ez 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

178,320,000.00

1

 -

1

Coordinadora/or Judicial 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

18,370,000.00

1

 -

9

Técnica/o Judicial 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

139,023,000.00

1

Juzgado Civil de Cartago

1

Jueza/ez 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

59,440,000.00

1

Plazas que se trasladan a este despacho a partir del informe de modificaciones la 24-PLA-MI-2017

4

Técnica/o Judicial 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

61,788,000.00

1

2

Técnica/o Judicial 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

30,894,000.00

1

Plazas que se trasladan a este despacho a partir del informe de modificaciones la 24-PLA-MI-2017

Juzgado Civil de Heredia

3

Jueza/ez 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

178,320,000.00

1

 -

8

Técnica/o Judicial 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

123,576,000.00

1

 -

Juzgado Civil de Puntarenas

2

Jueza/ez 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

118,880,000.00

1

 -

1

Coordinadora/or Judicial 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

18,370,000.00

1

Plazas que se trasladan a este despacho a partir del informe de modificaciones la 24-PLA-MI-2017

4

Técnica/o Judicial 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

61,788,000.00

1

 -

Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica

1

Jueza/ez 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

59,440,000.00

1

 -

1

Coordinadora/or Judicial 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

18,370,000.00

1

 -

3

Técnica/o Judicial 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

46,341,000.00

1

 -

Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón)

1

Técnica/o Judicial 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

15,447,000.00

1

Plazas que se trasladan a este despacho a partir del informe de modificaciones la 24-PLA-MI-2017, plaza adscrita al CACMFJ

1

Técnica/o Judicial 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

15,447,000.00

1

Esta plaza es la que se reasigna del Juzgado Civil de Quepos

3

Técnica/o Judicial 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

46,341,000.00

1

 -

Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos

1

Jueza/ez 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

59,440,000.00

1

 -

Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Puriscal

1

Jueza/ez 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

59,440,000.00

1

 -

Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Osa

1

Jueza/ez 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

59,440,000.00

1

 -

Total

62

 

1,799,585,000.00

Nota: Por recomendación de la Dirección de Gestión Humana, la plaza de Coordinadora Judicial 2 creada para el Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela- San Carlos, se incorpora en el Presupuesto de Reforma al Código de Trabajo, ya que la plaza en Propiedad por criterio de voluntad eligió permanecer en el Juzgado Civil.

 

Tribunales Colegiados de Primera Instancia Civil

 

 

Despacho

Cant

Tipo de plaza

Condición actual

Recomen-dación

Período

Costo Estimado

Prioridad

Observa-ciones

Tribunal Primero Colegiado de Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de San José

2

Jueza/ez 4

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

128,248,000.00

1

-

Tribunal Segundo Colegiado de Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de San José

2

Jueza/ez 4

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

128,248,000.00

1

-

Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil del Tercer Circuito Judicial de San José (Hatillo)

324

Jueza/ez 4

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

192,372,000.00

1

-

Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela

3

Jueza/ez 4

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

192,372,000.00

1

-

Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón)

3

Jueza/ez 4

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

192,372,000.00

1

-

1

Coordinadora/or Judicial 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

19,060,000.00

1

-

3

Técnica/o Judicial 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

48,537,000.00

1

-

 

Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de Cartago

3

Jueza/ez 4

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

192,372,000.00

1

-

Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de Heredia

2

Jueza/ez 4

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

128,248,000.00

1

-

Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia)

2

Jueza/ez 4

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

128,248,000.00

1

-

1

Coordinadora/or Judicial 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

19,060,000.00

1

-

3

Técnica/o Judicial 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

48,537,000.00

1

-

Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya)

3

Jueza/ez 4

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

192,372,000.00

1

-

1

Coordinadora/or Judicial 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

19,060,000.00

1

-

3

Técnica/o Judicial 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

48,537,000.00

1

-

Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de Puntarenas

1

Jueza/ez 4

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

64,124,000.00

1

-

1

Coordinadora o Coordinador Judicial 2 transformada en Coordinadora o Coordinador Judicial 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

19,060,000.00

 

1

Según los estudios de la Dirección de Gestión Humana, la plaza en propiedad  de Coordinador Judicial  quiere ser trasladado por voluntad al Juzgado Agrario de Puntarenas

Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón)

3

Jueza/ez 4

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

192,372,000.00

1

-

1

Coordinadora/or Judicial 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

19,060,000.00

1

-

3

Técnica/o Judicial 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

48,537,000.00

1

-

Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica

2

Jueza/ez 4

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

128,248,000.00

1

-

Total

46

 

2,149,044,000.00

 

Nota: Las plazas de Jueza o Juez de Tribunales Colegiados Civiles se asignaron a Jueza o juez 4 a partir del acuerdo de Consejo Superior en sesión 12-18 del 13 de febrero de 2018, artículo LXX.

 

Juzgados de Cobro

Despacho

Cant

Tipo de plaza

Condición actual

Recomen-dación

Período

Costo Estimado

Prioridad

Observa-ciones

Juzgado Primero de Cobro de San José

1

Técnica/o Judicial 1

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias25

2019

14,894,000.00

1

 

Juzgado Segundo de Cobro de San José

1

Técnica/o Judicial 1

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias7

2019

14,894,000.00

1

 

Juzgado Tercero de Cobro de San José

1

Técnica/o Judicial 1

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias7

2019

14,894,000.00

1

 

Juzgado de Cobro de Cartago

2

Técnica/o Judicial 1

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias 7

2019

29,788,000.00

1

 

Juzgado de Cobro de Grecia

1

Coordinadora/or Judicial 1

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias7

2019

17,488,000.00

1

 

1

Técnica/o Judicial 1

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias7

2019

14,894,000.00

1

La plaza de Técnico Judicial 3 asignada en 2018 al CACMFJ para labores administrativas de apoyo a los gestores se transforma en Técnico Judicial 1 y se asigna la Juzgado de Cobro de Grecia

Juzgado de Cobro de Heredia

2

Técnica/o Judicial 1

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias7

2019

29,788,000.00

1

 

Juzgado de Cobro de Liberia

1

Coordinadora/or Judicial 1

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias7

2019

17,488,000.00

1

 

Juzgado de Cobro de Santa Cruz

1

Técnica/o Judicial 1

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias7

2019

14,894,000.00

1

 

Juzgado de Cobro de Pérez Zeledón

1

Técnica/o Judicial 1

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias7

2019

14,894,000.00

1

 

Juzgado de Cobro de Golfito

1

Coordinadora/or Judicial 1

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias7

2019

17,488,000.00

1

 

Juzgado de Cobro de Pococí

1

Técnica/o Judicial 1

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias7

2019

14,894,000.00

1

Plaza que para el 2018 se recomendó como Coordinador Judicial 1 en Santa Cruz y para 2019 se transforma la categoría de la plaza

Total

14

 

216,298,000.00

 

 

Sala Primera

Despacho

Cant

Tipo de plaza

Condición actual

Recomen-dación

Período

Costo Estimado

Prioridad

Observa-ciones

Sala Primera

1

Profesional en derecho 3B

Extra-ordinaria

Extra-ordinarias

2019 

59,217,000.00

1

Para resolución de asuntos de Auxilio Internacional materia de Trabajo, Familia, Concursal y Sucesorio

Total

1

 

59,217,000.00

 

6.2. Por otra parte, en virtud de las necesidades adicionales detectadas, resulta necesaria la creación de recurso humano en:

 

 

Despacho

Cant

Tipo de plaza

Condición actual

Recomen-dación

Período

Costo Estimado

Prioridad

Observa-ciones

Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia

1

Jueza/ez 4

-

Extra-ordinarias

2019

64,124,000.00

1

-

Tribunal Primero Colegiado de Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de San José

3

Jueza/ez 4

-

Extra-ordinarias

2019

192,372,000.00

1

-

Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela

1

Jueza/ez 4

-

Extra-ordinarias

2019

64,124,000.00

1

-

1

Técnica/o Judicial 3

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

16,179,000.00

1

 

Sala Primera

4

Profesional en Derecho 3 B

-

 

 

236,868,000.00

1

-

2

Técnica o Técnico Judicial 3

-

Extra-ordinarias

2019

32,358,000.00

1

-

Escuela Judicial

1

Gestor de la Capacitación 3

-

Extra-ordinarias

2 meses

7,157,000.00

1

-

2

Asistente Administrativo 3

-

Extra-ordinarias

2 meses

5,149,000.00

1

 

1

Profesional 2

-

Extra-ordinarias

2 meses

6,407,166.67

1

Ejecución del presupuesto

1

Secretaria Ejecutiva 1

-

Extra-ordinarias

2 meses

2,762,833.33

1

-

Total

17

 

627,501,000.00

 

6.3. En resumen, la comparación entre el recurso humano solicitado entre las formulaciones presupuestarias de 2018 y 2019, se resume de la siguiente manera:

 

VARIACIÓN EN CANTIDAD DE RECURSO HUMANO / PRESUPUESTO 2018 - 2019

Área

Plazas extraordinarias recomendadas en el Informe 24-PLA-MI-2017

Plazas recomendadas para 2019

Observaciones

Jurisdiccional

122

135

Como plaza nueva se incluyen 4 de Jueza o Juez 4 para Tribunales Colegiados de San José y San Ramón, 1 plaza de Jueza o Juez 4 para el Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil del I CG Guanacaste (Liberia), 1 de Técnica/o Judicial 3 para el Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil de San Ramón, 4 Profesionales en Derecho 3 B y dos Técnicos Judiciales 3 para la Sala Primera. Se prescinde de la plaza de Coordinadora o Coordinador Judicial del Juzgado de Cobro Santa Cruz por unificación con otro despacho pero se reasigna como Técnico Judicial 1 para el Juzgado de Cobro de Pococí. Una plaza administrativa del CACMFJ se trasforma en Técnico Judicial 1 para el Juzgado de Cobro de Grecia. Se incorpora una plaza de Jueza o Juez 4, asignada en 2018 al Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José en Presupuesto de Reforma al Código de Trabajo (informe 26-PLA-MI-2017) y se excluye la plaza de Coordinadora o Coordinador Judicial 3 asignada al Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, ya que la Dirección de Gestión Humana indica que por criterio de voluntad la plaza en propiedad se mantiene en el Juzgado Civil, debiendo crearse la plaza pero en Reforma al Código de Trabajo.

Jurisdiccional-CACMFJ

7

6

Tres Asesores plazas de Jueza o Juez 5

Una plaza de personal técnico (nombramientos).

Dos Profesionales 2 a cargo del seguimiento y estudios, así como de apoyo a asesores.

Planes de Trabajo

50

45

No continúan las 4 plazas de Jueza o Juez en planes de trabajo de los juzgados civiles de mayor y menor cuantía (dos categoría 3 y dos categoría 1 respectivamente) así como 4 Técnicas o Técnicos Judiciales 1 en plan de trabajo de juzgados de menor cuantía. En su lugar, se incluyen tres plazas de Jueza o Juez 5

Administrativa

29

17

 

Se mantienen las ocho plazas de Profesional 2 para la Dirección de Planificación (curva de aprendizaje, seguimiento de indicadores), una de Profesional en Informática 2 de la Dirección de Tecnología de la Información (desarrollo de mejoras), y 3 Técnico Administrativo 2 de laDirección de Gestión Humana. Para la Escuela Judicial se incorpora un Gestor de la Capacitación 3, dos plazas de Asistente Administrtivo 3 y una Secretaria Ejecutiva 1.

Total

215

203

 

 

 

6.4. El costo del recurso humano (continuidad de plazas y nuevas) y capacitación para la Reforma Procesal Civil 2019 es de ₡7,306,025,144.15, de acuerdo con el siguiente detalle.

 

Costos totales por programa y requerimiento ante la entrada en vigencia de

la Reforma Procesal Civil

REQUERIMIENTO

PROGRAMA

926

927

Costo total

Recurso humano

245,229,500.00

6,939,742,000.00

7,184,971,500.00

Viáticos personal administrativo

1,612,500.00

 

1,612,500.00

Sustituciones capacitación (facilitadores)

 

35,851,968.00

35,851,968.00

Sustituciones capacitación (participantes)

 

70,707,176.15

70,707,176.15

Viáticos (facilitadores y participantes)

 

11,553,750.00

11,553,750.00

Viáticos de transporte dentro del país (personal juzgador)

 

934,500.00

934,500.00

Tiquetes de almuerzo (personal juzgador)

 

393,750.00

393,750.00

TOTAL

246,842,000.00

7,059,183,144.15

7,306,025,144.15

 

 

6.5. El Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional deberá tomar nota de los siguientes movimientos de plazas de la Jurisdicción Civil que actualmente se encuentran adscritas a esa dependencia para ser utilizados en necesidades propias de esa Jurisdicción:

a. Trasladar dos plazas de Técnica o Técnico Judicial 2 y una de Coordinadora o Coordinador Judicial 2 (las tres transformadas a Técnica o Técnico Judicial 3), al Tribunal Primero Colegiado de Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de San José.

b. Traslado de una plaza de Auxiliar de Servicios Generales 2 al plan de trabajo establecido para la materia Cobratoria.

 

6.6. La Dirección de Gestión Humana deberá:

 

De manera inmediata a la aprobación del presente informe, efectuar el estudio de recalificación de las plazas indicadas en la recomendación anterior, y que actualmente se encuentran adscritas al Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional, según la categoría requerida.

6.7. La Dirección de Planificación deberá:

Emitir la circular con la información asociada a los despachos que se convierten en Centros de Gestión para la Jurisdicción Civil a partir del 8 de octubre de 2018.

-0-

Se acordó:

 

ARTICULO IV

 

La licenciada Nacira Valverde Bermúdez, Directora de Planificación, presenta informe 33-PLA-EV-2018, relacionado con el Impacto organizacional y presupuestario para el Poder Judicial en caso de aprobarse el proyecto de Ley aprobado en Primer debate en Asamblea Legislativa “Código Procesal de Familia”

Se presenta el siguiente resumen:

I. Antecedentes

 

1.1. Proyecto de Ley número 19455, denominado “Código Procesal de Familia” (CPF), aprobado en primer debate en la Asamblea Legislativa.

1.2. Informe 60-08-SAO-2018 de la Auditoría Judicial: Estudio Operativo relacionado con el mejoramiento de los procesos bajo responsabilidad de los Juzgados de Familia del I Circuito Judicial de San José, Heredia y Puntarenas.

1.3. Para la formulación presupuestaria 2018, la Dirección de Planificación efectuó el primer ejercicio de formulación presupuestaria relacionado con el análisis del impacto organizacional y presupuestario en el Poder Judicial en caso de aprobarse el proyecto de Ley, mediante el informe 34-PLA-EV-2018. El citado informe fue conocido por el Consejo Superior en sesión extraordinaria de presupuesto 43-17, del 5 de mayo del 2017, artículo XXIV y por Corte Plena en sesión 16-2017, del 1 de junio del 2017, artículo II, durante las sesiones de trabajo para analizar el proyecto del Presupuesto de Poder Judicial para el 2018, y se acordó lo siguiente:

 

Sometido el asunto a votación, por unanimidad, se dispuso: Acoger la propuesta planteada por la magistrada Arias y el magistrado Salazar Alvarado, en consecuencia, los presupuestos actualizados de impacto de Justicia Restaurativa y de las Reformas Procesal de Familia y Agrario se conocerán en el momento en que sean Leyes de la República.”

Finalmente, se indica que de ser necesario en el proceso de aprobación del Proyecto de Ley del “Código Procesal de Familia”, la Dirección de Planificación, efectuará otros análisis, que serán puestos en conocimiento del personal profesional del Tribunal de Familia, así como los demás involucrados en el proyecto”.

En este informe la Escuela Judicial había estimado el costo de la capacitación en un total de ₡326.217.692.46.

1.4. Mediante oficio 6556-17, del 9 de Junio del 2017, se transcribe el acuerdo tomado por el Consejo Superior, en sesión 55-17, del 6 de junio del 2017, artículo V, donde se dispuso lo siguiente:

Se acordó: 1.) Tomar nota de lo indicado por los integrantes del Tribunal de Familia, a quienes se les hace saber que era necesario hacer una estimación de los cambios en esta jurisdicción para efectos presupuestarios, lo anterior sin perjuicio de los ajustes posteriores que deban realizarse. 2) Trasladar la gestión a la Dirección de Planificación para que conceda una audiencia a quienes integran el Tribunal sobre el estudio realizado y su impacto en la estructura organizativa de ese despacho judicial, en caso de aprobarse el proyecto de Código Procesal de Familia. 3) En virtud de lo anterior, deberá la Dirección de Planificación informar a este Consejo en un plazo razonable si es necesario hacer algún ajuste al informe, y hacer las recomendaciones que considere necesarias en lo que concierne al Tribunal de Familia de San José. 4) Hacer este acuerdo de conocimiento de Corte Plena, del licenciado Alberto Jiménez Mata, Coordinador, Implementación de la Reforma Procesal de Familia, así como de la Comisión de la Jurisdicción de Familia.  Se declara firme este acuerdo.”

1.5. Mediante oficio 1660-PLA-2017, la Dirección de Planificación indicó que para la elaboración del informe 34-PLA-EV-2017, se integró un Equipo de Trabajo Interdisciplinario, conformado con personal de la Dirección de Planificación y la Comisión de la Jurisdicción de Familia, esta última, constituida también por Juezas y Jueces del Tribunal de Familia.

Las observaciones realizadas por la Comisión de la Jurisdicción de Familia al citado informe (34-PLA-EV-2017), fueron valoradas y se consideraron en lo pertinente.

Finalmente, se indica que de ser necesario en el proceso de aprobación del Proyecto de Ley del “Código Procesal de Familia”, la Dirección de Planificación, efectuará otros análisis, que serán puestos en conocimiento del personal profesional del Tribunal de Familia, así como los demás involucrados en el proyecto.

1.6. En sesión N° 48-17 celebrada el 18 de mayo de 2017, artículo VII, se conoció el oficio N° 016-JVA-2017 del 11 de mayo de 2017, mediante el cual la magistrada Julia Varela Araya, Coordinadora de la Comisión de la Jurisdicción de Familia, solicitó reconsideración del punto tercero del acuerdo N° 43-17 (Presupuesto 2018), artículo XXIV del pasado viernes 5 mayo de 2017, en la que se conoció el estudio de la Dirección de Planificación N° 34-PLA-EV-2017, relacionado con el Impacto organizacional y presupuestario para el Poder Judicial en caso de aprobarse el proyecto de ley denominado Código Procesal de Familia, específicamente en el aspecto de que la Magistrada Varela Araya manifiesta que no necesariamente la parte vulnerable de la relación procesal en los asuntos judiciales de la materia familiar corresponde a la parte actora del proceso; sino que en un alto porcentaje de casos esa parte vulnerable lo es la propia parte demandada o, en otros tantos, ambas partes, reconsideración que fue acogida por el Consejo Superior en sesión 53-17 del 1 de junio de 2017, artículo XCIV.

1.7. Posteriormente, la Secretaria General de la Corte, mediante oficio 13058-17 el Consejo Superior en sesión 104-17 celebrada el 16 de noviembre del 2017, artículo XLI acuerda:

Se acordó: Tener por rendido el informe N° 1660-PLA-2017 de la Dirección de Planificación, relacionado con el Impacto Organizacional y Presupuestario para el Poder Judicial en caso de aprobarse el Proyecto de Ley del “Código Procesal de Familia” y estar a la espera del análisis, que serán puestos en conocimiento del personal profesional del Tribunal de Familia, así como los demás involucrados en el proyecto. Se declara acuerdo firme.”

1.8. Posterior a este acuerdo, se llevaron a cabo una serie de reuniones impulsadas por la Presidencia la Corte y la Comisión de la Jurisdicción de Familia, en coordinación con el Consejo Superior, la Dirección Ejecutiva y la Dirección de Planificación, para abordar el tema y analizar posibles variantes en el proyecto de Ley que minimizará el impacto presupuestario, que hiciera más factible su aprobación en la esfera legislativa, siendo que se conocía que el peso de los recursos económicos recaía principalmente sobre el patrocinio legal gratuito para las partes por medio de la Defensa Pública.

Resultado del trabajo de revisión, se redactó una Megamoción en aspectos estructurales administrativos26, dirigida a la Comisión de Asuntos Jurídicos, que fue entregada durante una reunión de trabajo convocada por esta Comisión que se llevó a cabo el 16 de agosto, en la asistieron por parte de la institución el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Dr. Carlos Chinchilla Sandí, la Coordinadora de la Comisión de la Jurisdicción de Familia, Magistrada Julia Varela Araya, el Integrante del Consejo Superior, Máster Carlos Montero Zuñiga, la Directora de Planificación, Licda. Nacira Valverde Bermúdez, la Directora Ejecutiva, Licda. Ana Eugenia Romero Jenkins y la Directora Jurídica, Lcda. Karol Monge Molina, para explicar los alcances de la Megamoción, teniendo como resultado cambios en la propuesta inicial de la estructura orgánica.

1.9. El proyecto de Ley del “Código Procesal de Familia” (anexo 1), fue aprobado en primer debate por el Plenario Legislativo el 8 de febrero de 2018, y propone como fecha de entrada en vigencia el 1 de octubre de 2020.

1.10. Se realiza sesión de trabajo el 22 de marzo 2018 con personal de la Escuela Judicial, asesores en la implementación del Código de Familia, en donde la Escuela Judicial presenta el presupuesto y el cronograma de actividades para la capacitación de la Jurisdicción de Familia. El cronograma 2019-2020 es actualizado el 13 de abril 2018 (anexo 2).

(…)

IV. Elementos Resolutivos

4.1. El proyecto de Ley del “Código Procesal de Familia” fue aprobado en primer debate por la Asamblea Legislativa el 6 de febrero 2018, y que de aprobarse en segundo debate, entraría en vigencia como Ley a partir del 1 de octubre de 2020.

4.2. Para el ejercicio presupuestario 2019, se incluye únicamente el análisis del tema de la capacitación de la población judicial que emplearía la nueva norma a partir de su entrada en vigencia, y para ello la Escuela Judicial propone un plan de trabajo que incluye la preparación de personas juzgadoras, personal técnico, personal de la Sala Segunda y Departamento de Trabajo Social.

4.3. La Escuela Judicial en la propuesta inicial, solicita la inclusión en el presupuesto 2019 de un total de 1,425,334,438.93, para capacitar una población de aproximadamente 2000 personas en un año (1 de enero al 23 de diciembre 2019).

4.4. Sin embargo, considerando que el de aprobarse el Proyecto de Ley por la Asamblea Legislativa entraría en vigencia hasta el primero de octubre 2020, el proceso de capacitación puede darse durante 2019 y los primeros cinco meses del 2020, de manera que presupuestariamente no se carguen todos los costos en un único ejercicio presupuestario, sino que se distribuya en dos años consecutivos, que a su vez garantice su ejecución en período razonable entre la capacitación y la aplicación de la nueva Ley.

4.5. En cuanto al equipo tecnológico (3 impresoras móviles y 1 impresora fija), se considera que el material didáctico para las capacitaciones se debe preparar durante el 2018 y el primer semestre de 2019, por lo tanto los requerimientos adicionales que surjan de las capacitaciones, deberían ser cubiertos por una impresora de cada tipo únicamente, de manera que se cuente con una en la Escuela Judicial y otra en las giras.

4.6. Del personal Administrativo que solicita la Escuela Judicial, se excluye el Profesional 2 (grabación de vídeos para uso de material didáctico, fotografías, manejo del canal de YouTube) por cuanto estas labores serán asumidas por el personal de planta de la escuela Judicial. Bajo esa línea, tampoco se incluye otro Profesional 2 (Especialista en métodos de enseñanza), ya que en otras reformas no se contó con esta figura, y las labores fueron asumidas por la Gestora o Gestor de la Capacitación encargado.

4.7. Se cuenta con dos propuestas de capacitación, la inicial incorporada en el informe 34-PLA-EV-2018,conocido por el Consejo Superior en sesión extraordinaria de presupuesto 43-17, del 5 de mayo del 2017, artículo XXIV y por Corte Plena en sesión 16-2017, del 1 de junio del 2017, artículo II, por un monto de ₡326,217,692.46. Y la propuesta actualizada por la Escuela Judicial para la formulación del presupuesto 2019 donde la Dirección de Planificación, propone la inclusión de un total de 600,843,649.88 para el proceso de capacitación a cargo de la Escuela Judicial y en 2020 el monto restante.

4.8. La Dirección de Planificación para dar cumplimiento a la recomendación de la Auditoria Judicial mediante informe 60-08-SAO-2017, destaca en la recomendación 4.1, requiere la continuidad por nueve meses de las seis plazas de Profesional 2 extraordinarias incorporadas en el informe de la Dirección de Planificación 83-MI-2018 (por 3 meses), que implica un costo de ₡172,993,500.004.8. La Escuela Judicial debe contemplar dentro de sus actividades y ajustar el cronograma en lo pertinente, que los despachos producto de los diagnósticos a realizar por la Dirección de Planificación en 2019 conforme la solicitud de la Auditoria Judicial.

4.9. Debe considerar la Escuela Judicial, que de realizar una capacitación simultánea de la totalidad del personal en los despachos, el impacto sería directamente en la carga de trabajo y el rendimiento de las plazas, por lo que es necesario replantear esta propuesta de manera que el recurso humano de los despachos se distribuya en dos o tres capacitaciones, minimizando el impacto en el monto de sustituciones y en la calidad del servicio.

V. Recomendaciones

5.1 Como consecuencia de las variantes que se han dado en la formulación presupuestaria para la capacitación de la implementación del Código Procesal de Familia, la Dirección de Planificación propone los siguientes escenarios:

5.1.1 Aprobar la propuesta de capacitación inicial de la Escuela Judicial, incorporada en el informe 34—PLA-EV-2017, conocido por el Consejo Superior en sesión extraordinaria de presupuesto 43-17, del 5 de mayo del 2017, artículo XXIV y por Corte Plena en sesión 16-2017, del 1 de junio del 2017, artículo II, por un monto de ₡326,217,692.46.

5.1.2. Aprobar la solicitud de la Escuela Judicial actualizada para el Presupuesto 2019, según propone la Dirección de Planificación, que incluye un 75% del monto solicitado inicialmente para sustituciones de personal juzgador a partir de la experiencia de la ejecución de otras Reformas Procesales y la sustitución de solo 32 plazas del Departamento de Trabajo Social y Psicología27. Se excluye el personal administrativo solicitado por la Escuela Judicial de dos plazas de Profesional 2 (grabación, fotografía ya que estas labores las asumirá las Escuela Judicial con recurso propio y un Especialista en Métodos de Enseñanza ya que ninguna otra reforma contó con este recurso). Asimismo, se excluyen dos de las cuatro impresoras solicitadas y del monto total se propone un 50% en el ejercicio de formulación presupuestaria del 2019 y el 50% restante para el 2020 (previa valoración de la Dirección Planificación y resultados obtenidos en el proceso en 2019).

5.1.3 Aprobar la propuesta de la Escuela Judicial por el monto de 1, 425, 334,438.93 en el presupuesto 2019.

5.2. El requerimiento en recurso humano (incluyendo la Defensa Pública) para la implementación del “Código Procesal de Familia”, se contemplará en el ejercicio de formulación presupuestaria para el 2020 (así como el reforzamiento de otras partidas presupuestarias).

5.3. Es importante resaltar que aún y cuando el proyecto de Ley, el “Código Procesal de Familia” se apruebe en segundo debate, entraría en vigencia hasta el 1 de octubre 2020. No obstante, resulta necesario la inclusión del recurso humano profesional para dar soporte a los diagnósticos de las oficinas de esa Jurisdicción, así como para cumplir con la recomendación de la Auditoria Judicial incorporada en el informe 60-08-SAO-2017, destaca en el punto 4.1, y por ello la Dirección de Planificación requiere la continuidad por nueve meses de las seis plazas de Profesional 2 extraordinarias incorporadas en el informe de la Dirección de Planificación 83-MI-2018 (por 3 meses), que implica un costo de ₡172,993,500.00, con el fin de que a octubre de 2020, se cuente con los elementos de mejora identificados e implementados en esas oficinas, en procura de un proceso de transición adecuado hacia la nueva normativa. Estas plazas de forma global no representan crecimiento de plazas nuevas, ya que sería darle continuidad a las que vienen trabajando desde el proyecto de civil, ya que ahí se contemplaron por tres meses.

 

Despacho

Cant

Tipo de plaza

Condición actual

Recomen-dación

Periodo

Costo estimado

Observa-ciones

Dirección de Planificación

6

Profesional 2

Extra-ordinarias

Extra-ordinarias

2019

172,993,500.00

 

Total

6

 

 

 

 

172,993,500.00

 

 

Así las cosas, el detalle del presupuesto para 2019 para la Reforma Procesal de Familia, según programa es el siguiente:

 

Variable

Programa 926

Programa 927

Total

Capacitación

138,860,515.65

461,983,134.23

600,843,649.88

Recurso humano

172,993,500.00

0

172,993,500.00

Total

311,854,015.65

461,983,134.23

773,837,149.88

 

5.4. De aprobarse las recomendaciones anteriores, la Comisión de la Jurisdicción de Familia en Coordinación de la Escuela Judicial, deberán generar un plan de trabajo y el cronograma de capacitación para el 2019, para la implementación del Código Procesal de Familia. Este plan debe procurar el uso eficiente de los recursos y minimizar el costo por sustituciones, de manera que cada despacho pueda dividir su personal y acudir a las actividades en al menos dos grupos de capacitación distintos, sin que implique la sustitución de la totalidad de sus miembros y se pueda continuar laborando con una parte del personal, mientras otro grupo de recibe la capacitación.

Se acordó:

 

ARTÍCULO V

 

La Licda. Nacira Valverde Bermúdez, Directora de Planificación, indica que en sesión extraordinaria de presupuesto del pasado viernes 6 de abril, artículo VIII, se conoció el análisis de la subpartida 10401 “Servicios Médicos”, específicamente lo relacionado con los contratos de servicio médico para empleados y al respecto se acordó:

1) Previo a la aprobación de los presupuestos formulados solicitar a la Dirección Ejecutiva revisar el monto asignado a cada contrato en concordancia con la ejecución presupuestaria…”

-0-

La Máster Ana Eugenia Romero Jenkins, Directora Ejecutiva, mediante oficio N° 1631-DE-2018, de fecha 13 de abril de 2018, señala que se procedió a revisar en el Sistema de Formulación Presupuestaria SIGAPJ, los montos cargados por el Departamento de Proveeduría para el 2019 y lo proyectado por las distintas Administraciones Regionales, obteniendo como resultado que las líneas generadas automáticamente totalizan ¢178.201.919 y lo adicional formulado por las oficinas es de ¢64.932.390 para un total solicitado en este servicio de ¢243.134.309.

Posteriormente, indica la Máster Romero Jenkins, que con información suministrada por el Departamento Financiero Contable de los montos ejecutados por contrato en el 2017, se detectó que dos contratos no se ejecutaron en su totalidad, se trata de la Administración de Santa Cruz, que tenía formulados ¢12.540.000 y solo se gastaron ¢473.827 debido a que el contrato anterior venció el 24 de enero del 2017 y el siguiente inició hasta el 1 de marzo del 2018.

Se indica además, que en este caso el Departamento Financiero Contable revisó en el Sistema y no existen pedidos de compra menor tramitados por la Administración de Santa Cruz durante ese año, ante lo cual el Lic. Elmer Hernández indicó que durante el 2017 utilizaron el servicio de la Caja Costarricense de Seguro Social. El otro caso corresponde a Quepos y sobre este se indica que a pesar de que se tenían formulados ¢10.070.621, se ejecutó solo ¢1.366.167 debido a que el servicio inició hasta el 1 de noviembre del 2017.

Por otra parte, aclara doña Ana Eugenia, que para el 2019 se incluyen dos contratos nuevos, se trata del de la zona de Sarapiquí que inició en el 2018 y que para el 2019 se requieren ¢10.035.135 y el de Bribrí y Matina que actualmente se encuentra en proceso de trámite en el Departamento de Proveeduría y para los cuales en el presupuesto del Primer Circuito de la Zona Atlántica se presupuestaron ¢9.197.312.

Finalmente, en las conclusiones del informe de la Dirección Ejecutiva, se indica que las Administraciones Regionales para el 2019 formularon de manera correcta los recursos para los contratos de servicio médico para empleados, pero que se deben considerar los siguientes casos:

Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), incluyó el monto de ¢18.464.479,00 para 6 meses, siendo lo correcto proyectar ¢2.647.020,00 de forma mensual para los restantes 7 meses, obteniendo un resultado final de ¢31.764.233,00. Respecto a la ejecución presupuestaria indicó el Administrador Regional, Lic. Esteban Solano Alvarado, que este contrato se cancela por consulta, en el horario de 9 a 11 a.m., según la estadística registrada en el año 2017, el monto anual pagado es de ¢24.690.500,00, mensualmente corresponde a ¢2.057.542,00.

Administración Ciudad Judicial de San Joaquín de Flores, indicó el Lic. Ronald Vargas Bolaños, que el sistema cargó un monto adicional, que no es necesario porque el total del contrato es por ¢30.096.000,00, mensualmente se proyectó el monto de ¢2.508.000,00; la diferencia de ¢610.077,00. En cuanto a la ejecución presupuestaria, se determinó para el 2017 en este contrato el monto de ¢23.417.099,00.”

 

Se adjunta el oficio completo.

 

Se acordó:

ARTÍCULO VI

 

La Licda. Nacira Valverde Bermúdez, Directora de Planificación, indica que, en sesión extraordinaria N°27-18 (Presupuesto 2019), celebrada el 6 de abril, artículo VII, se conoció el análisis de la subpartida 10204 Servicio de Telecomunicaciones y al respecto el Consejo Superior acordó:

1) Aprobar los recursos formulados en las subpartidas 10201 “Servicios de Agua”, 10202 “Servicios de Electricidad”. 2) Solicitar la Dirección Ejecutiva y la Dirección de Tecnología revisar las proyecciones del gasto en la subpartida 10204 “Servicios Telefónicos” con el fin de corroborar los montos formulados y determinar si los mismos se ajustan a la realidad de los montos ejecutados.”.

 

La Máster Ana Eugenia Romero Jenkins, mediante oficio N°1616-DE-2018, del 13 de abril, señala que se coordinó con la Dirección de Tecnología de la Información y el Departamento Financiero Contable, con el fin de analizar los recursos formulados para el 2019 en la subpartida 10204 Servicio de Telecomunicaciones.

 

En la Dirección de Tecnología de la Información la Licda. Ericka Monge Quesada, jefa de la Sección de Telemática, indicó que la estimación que realizaron contempló los servicios asociados a proyectos como lo son: enlaces de telecomunicaciones, conexión de oficinas y circuitos al Centro de Datos alterno, mejorar enlaces a través de Internet y servicios de telecomunicaciones por proyectos en construcción (Hatillo, Anexo E y Los Chiles), y que se confirmó que en la estimación del Departamento Financiero Contable se incluyen los servicios implementados durante el 2017.

 

Señala que existen variables que afectan la ejecución presupuestaria en esta subpartida como lo son: necesidades nuevas, variación de tarifas, procesos de contratación de alquileres o construcción de edificios que no se logran finiquitar y riesgos que se materializan en los proyectos institucionales.

 

Por su parte la Licda. Floribel Campos Solano, jefa del Proceso de Tesorería del Departamento Financiero Contable, indica que:

“…se verificó el monto devengado al cierre del periodo presupuestario 2017 en la subpartida 10204 Servicio de Telecomunicaciones, para el rubro de servicios públicos, el cual alcanzó un monto de ¢2.972.350.304,24, por lo que se considera que el monto formulado para el 2019 es razonable, teniendo en cuenta los porcentajes de incremento aprobados de 6% para el 2018 y 4,5% para 2019. Además, el monto de las reformas civil y laboral, corresponde a una estimación realizada en su oportunidad por la Dirección Ejecutiva.

 

En el caso del rubro de servicios públicos el monto formulado para el 2018 es por la suma de ¢3.428.721.795,66, el cual es un poco mayor al propuesto para el 2019, lo cual se justifica que para finales del 2017 se presentó una disminución en la facturación de telecomunicaciones, lo que se incidió en una disminución del gasto real.”. El subrayado no es parte del original.

 

Manifiesta que las estimaciones se realizan considerando el pago realizado, pero que existen variables que inciden en la ejecución presupuestaria como lo son: la variación de tarifas en el consumo, cantidad de oficinas y servicios, vigencia de servicios, entre otros, por lo que durante el periodo realizan proyecciones y dan seguimiento a los saldos presupuestarios, con el fin de realizar las modificaciones presupuestarias pertinentes.

 

El Departamento Financiero Contable hace un análisis de lo ejecutado en esta subpartida para el 2017, con el fin de compararlo con los datos incluidos por la Dirección de Planificación en el análisis de la subpartida presentado al Consejo Superior. En este caso se muestran datos diferentes, ya que la Dirección de Planificación estimó conforme a los recursos formulados una ejecución del 72,30%, mientras que el Departamento Financiero Contable señala que la ejecución es de un 91,08% pero con respecto al presupuesto actual, el cual considera los montos rebajados por modificaciones que se hicieron durante el periodo.

 

En este sentido es importante señalar que el objetivo del análisis de la subpartida que elabora la Dirección de Planificación es mostrar los recursos formulados y lo que realmente se ejecuta en la subpartida, con el fin de determinar si se están incluyendo sumas más altas de lo que se está gastando.

 

En el oficio enviado por la Dirección Ejecutiva se compara el monto formulado y el presupuesto ejecutado para el 2017, en el que se muestra una diferencia de ¢.1.257.731.241, datos muy aproximados a lo señalado por la Dirección de Planificación en el análisis de esta subpartida.

 

Cuadro N°1

Presupuesto Inicial y Ejecutado 2017

 

Detalle 2017

Dirección Ejecutiva

Dirección de Planificación

Presupuesto Inicial

4.522.050.215

4.522.050.215

Presupuesto Ejecutado

3.264.318.974

3.268.483.137

Diferencia

1.257.731.241

1.253.567.078

 

Como parte de las conclusiones, la Dirección Ejecutiva en su oficio detalla varios puntos, entre los que se retoman los siguientes:

“…3. Pese a que la Dirección de Tecnología de las Telecomunicaciones indica en su respuesta que los recursos formulados corresponden a proyectos o servicios nuevos, por lo cual, el monto solicitado en el 2019 debe mantenerse sin variación, los resultados de la ejecución presupuestaria de períodos anteriores evidencia sobrantesque debieron trasladarse para atender otras necesidades institucionales, tanto en el rubro de “Servicios Públicos” de la misma subpartida como de otras subpartidas distintas.

4. En Línea con lo anterior se logró evidenciar que el Departamento Financiero Contable traslada los recursos de Telecomunicaciones 1.02.04 al rubro de “Servicios Públicos”, debido a que los contratos de fibra óptica se pagan en ese rubro, lo que permite facilitar la ejecución de los recursos; a su vez, es importante señalar que, en las modificaciones externas se toma de los sobrantes proyectados en la 1.02.04 para atender diferentes necesidades Institucionales.

6. Finalmente es importante indicar que se realizó un cálculo numérico, proyectando el monto del presupuesto ejecutado en el 2017, con los incrementos aprobados para el 2018 (6%) y 2019 (4,5%), obteniendo el monto de ¢3.615.886.127,00, que al compararlo con lo formulado en SIGA-PJ en el 2019, se determina una diferencia de más ¢837.359.220,00; no obstante, la Dirección de Tecnología de la Información enfatiza en que necesita la totalidad de los recursos formulados para el 2019.”Los subrayados no son parte del original.

 

Con respecto al punto 6 es importante resaltar que en la subpartida 10204 Servicio de Telecomunicaciones,existen otros rubros presupuestados además de lo considerado como servicio público, por lo que en caso de una propuesta de rebajo se deben considerar dejar los recursos requeridos en estas necesidades.

En el siguiente cuadro se muestra la conformación de la subpartida por artículo para el presupuesto 2019.

 

Cuadro N°2

Distribución de la Subpartida 10204 por Artículo

 

Subpartida 10204 - Descripción del Artículo

Monto

Servicio Telegráfico

¢30.303.661

Servicio Radiolocalización Móvil Troncalizado

¢330.202.919

Alquiler de Medios y Equipo

¢1.006.793

Servicios Públicos que incluye las siguientes líneas:

Servicio de Internet

Servicio de Telefonía Fija

Línea Celular (mensualidad)

Línea Telefónica (instalación)

Enlace Fibra Óptica-ICE (instalación)

Enlace Fibra Óptica-ICE (mensualidad)

¢4.091.731.983

Total de la Subpartida 10204

¢4.453.245.356

 

En lo que respecta al presupuesto 2018, mediante el oficio N°166-P-2018 el Departamento Financiero Contable remite la Modificación Externa N°04-2018 por Decreto Ejecutivo, en la cual se muestra una rebaja de ¢450.000.000 en la Subpartida 10204 Servicio de Telecomunicaciones de los programas 926 Dirección, Administración y Otros Órganos de Apoyo, 927 Servicio Jurisdiccional y 928 Organismo de Investigación Judicial, indicándose en las observaciones que corresponden a sobrantes proyectados en el rubro de servicios de telecomunicaciones, los cuales se trasladan a diferentes subpartidas para atender otras necesidades institucionales.

 

Programa 926

Programa 927

Programa 928

 

En el análisis y conclusiones del informe de la Dirección Ejecutiva se señala que las ejecuciones presupuestarias de periodos anteriores evidencian sobrantes en la subpartida 10204 Servicio de Telecomunicaciones, los cuales han sido trasladados para atender otras necesidades institucionales. Incluso para en el anteproyecto de presupuesto del 2019 señalan una diferencia de más ¢837.359.220,00; sin embargo, no se hace una propuesta concreta de rebajo porque la Dirección de Tecnología de la Información enfatiza en que necesita la totalidad de los recursos formulados para el periodo. Sin embargo, como se muestra en parrafos anteriores ya para el 2018 también se están preparando rebajos vía modificación por decreto en esa subpartida.

 

Se adjunta el oficio N°1616-DE-2018, del 13 de abril.

 

Se acordó:

ARTÍCULO VII

 

La Licda. Nacira Valverde Bermúdez, Directora de Planificación, indica que, en sesión del Consejo Superior extraordinaria de presupuesto 27-18, celebrada el 6 de abril del año en curso, artículo IV, se conoció el Presupuesto del Área de Informática, se acordó-entre otras cosas- lo siguiente:

Se acordó: 4) En los procesos de formulación presupuestaria la Dirección de Tecnología deberá analizar técnicamente la inclusión de recursos, solicitados por la Dirección Ejecutiva y por las diferentes oficinas, de tal forma que el apartado de “solicitudes de oficinas”, disponga el análisis previo.

 

Con respecto a dicho acuerdo, el señor Orlando Castrillo Vargas, Subdirector de la Dirección de Tecnología de Información mediante oficio N°1487-DTI-2018, del 13 de abril de 2018 manifestó lo siguiente:

 

Me permito indicar que dicho análisis sí se realiza. Se adjunta la circular 36-CDTI-2017 en la que se observa que las administraciones reciben la asesoría de los informáticos respectivos y además, luego de que los requerimientos son enviados a la DTI son analizados nuevamente por las dependencias especializadas y por último por la Dirección de esta oficina.

 

Con respecto a lo indicado por la Dirección de Tecnología de Información, se concuerda en que las necesidades de Recurso Tecnológico Estratégico o Recurso Tecnológico Menor deben ser canalizadas por medio de la Dirección de Tecnología de Información, según lo establece las Directrices de Formulación Presupuestaria:

 

Directriz 98. “Las solicitudes informáticas que se reciban serán valoradas por la Dirección de Tecnología de la Información, quien debe indicar a los Centros de Responsabilidad si los recursos fueron o no aprobados.”

 

De forma que, la Dirección de Planificación, al revisar el reporte de Excel remitido por la Dirección de Tecnología, donde se consolidan todas las necesidades de Recurso Tecnológico Estratégico y Recurso Tecnológico Menor de las oficinas, no se detalla el análisis de la Dirección de Tecnología de la Información, en torno al recurso solicitado, dado que sólo se cuenta con la justificación de la oficina solicitante, por lo cual no se aprecia con claridad el análisis realizado previo a la inclusión de dichos recursos en el presupuesto del área.

De acuerdo a lo indicado por don Orlando Castrillo en el oficio mencionado (1487-DTI-2018) se tiene:

Al respecto es importante comentar que este año se utilizó a lo interno de la DTI y en forma de prueba piloto un sistema que busca facilitar el proceso previo a la formulación del presupuesto. Mediante este sistema se incluyen las diferentes necesidades con base en el catálogo del SIGA con lo cual se evitan errores y duplicidades; además se generan reportes que permiten el análisis de las necesidades que se presupuestarán desde diferentes puntos de vista.

Este sistema probó evitar muchos errores y retrabajo que se tienen con el proceso manual por lo que se considera conveniente continuar con su desarrollo.

El prototipo del sistema utilizado fue desarrollado en su tiempo libre por los compañeros Carlos Morales y Robert Mata. Se espera poder asignar recursos para desarrollar una versión del sistema que sea utilizable a nivel nacional durante este año.

El sistema propuesto busca automatizar el proceso de análisis de las necesidades que se incluirán en el presupuesto facilitando el esquema de aprobaciones requerido y la inclusión de límites en el crecimiento del presupuesto y de la utilización de artículos particulares.

Se puede observar, según lo manifiesta Don Orlando Castrillo, se han realizado esfuerzos para automatizar el proceso de pre-formulación de necesidades tecnológicas de las oficinas, iniciativa que merece el debido reconocimiento por el esfuerzo realizado en este prototipo por la Dirección de Tecnología, no obstante, se debe tener presente que se requiere un análisis e insumo técnico para examinar cada una de las necesidades formuladas por los centros de responsabilidad.

Con lo anterior, se lograría que se realice e implemente un filtro más riguroso en las solicitudes que remiten los Centros de Responsabilidad de equipo tecnológico. De forma que se someta a un análisis más estricto los requerimientos que formulan las oficinas, ya sea por medio de cuestionamientos y revisiones de datos históricos de cantidades solicitadas en años anteriores, o evidenciar con mayor detalle la necesidad del equipo formulado.

 

Se adjunta el oficio completo.

Se acordó:

 

ARTÍCULO VIII

 

 

La licenciada Nacira Valverde Bermúdez, Directora a.i. de la Dirección de Planificación presenta la estimación del Salario Escolar 2019, proyectado según la Dirección de Gestión Humana, cálculo realizado con base en el comportamiento del gasto real al 31 de marzo del 2018 y proyección del gasto por remuneraciones a diciembre del 2018. El cálculo se basa en la información sobre los aumentos por costo de vida de un 1.55% de incremento por costo de vida para el primer y 1.30% para segundo semestre 2018, respectivamente.

Por otra parte, en cumplimiento a lo dispuesto por la Corte Plena en sesión 41-15 artículo XIX donde se acordó: “Aprobar el acuerdo adoptado por el Consejo de Personal, por ende, conforme al decreto del Poder Ejecutivo N° 39202-MTSS-H, realizar en tres tractos el incremento del Salario Escolar de un 8.19% a un 8.33% a partir del año 2017.”, se adiciona el tercer y último de los tres tractos del Salario Escolar, para realizar el cálculo por al 8.3333%,correspondiente al año 2018.

El monto por presupuestar es de ¢20.699.277.032,00, según el siguiente detalle:

Proyección Salario Escolar 2018 (1.55, y1.30% I y II Semestre 2018, respectivamente, y el tercer y último tracto de incremento del Salario Escolar de 0.046667%)

 

 

 

 

 

 

 

Programa

Aprobado 2018

Pagado 2018

Proyección 2019

 

 

926

3.253.062.720.00

3.238.741.538.03

3.386.392.088.00

 

 

927

7.633.732.876.00

7.732.192.847.39

8.119.429.255.00

 

 

928

3.768.142.990.00

3.869.832.823.04

4.147.411.068.00

 

 

929

2.512.062.541.00

2.596.609.982.62

2.642.251.903.00

 

 

930

1.751.751.115.00

1.830.668.956.89

1.990.003.978.00

 

 

950

369.351.674.00

390.628.704.87

413.788.740.00

 

 

TOTAL

19.288.103.916,00

19.658.674.852.84

20.699.277.032.00

 

 

 

 

 

 

 

-0-

 

 

Se acordó:

ARTÍCULO IX

 

La Licenciada Nacira Valverde Bermúdez presenta la estimación de recursos del Aporte Patronal a la Asociación Solidarista del Poder Judicial para el ejercicio económico 2019 (Subpartida 00505 "Contribución Patronal a Fondos Administrados por Entidades Privadas").

La proyección fue realizada con base en la información suministrada por el Macro Proceso Financiero Contable y datos aportados por la Asociación Solidarista de Empleados Judiciales, específicamente:

Se incluye un 0,76% como promedio mensual de crecimiento de la planilla de asociados, considerando el comportamiento presentado en esta variable durante el período de febrero del 2017 a enero del 2018. Este promedio aumentó un 0,16%, en comparación con el promedio utilizado para la estimación del monto formulado para el 2018, como resultado del incremento neto en las afiliaciones que pasa de 515 en el 2016a 714 admisiones para el 2017.

Con respecto a los factores o porcentajes por costo de vida, se estiman aumentos del 1,55% para el primer semestre del 2018,1,30% para el segundo semestre del 2018, 1,70% para el primer semestre del 2019 y 1,50% para el segundo semestre del 2019, considerando los porcentajes para el factor de costo de vidaestablecidos porel Ministerio de Hacienda.

Se utilizó el monto por Programa cancelado al 31 de enero del 2018, por concepto de porcentaje del Aporte Patronal a la Asociación Solidarista (2,33%), aplicado a la planilla ordinaria y el salario escolar de las personas afiliadas.

El Aporte Patronal a la Asociación Solidarista por salario escolar cancelado en enero de este año, fue mayor al monto previsto en la formulación del 2018 en ¢30.453.235.

El monto a presupuestar para el 2019 se estima en ¢3.851.000.000, monto que refleja una variación porcentual del 16,5% en comparación con el monto formulado y aprobado para el 2018, tal como se aprecia a continuación:

Al comparar el Aporte Patronal a la Asociación Solidarista formulado en el 2019 con el monto aprobado en el 2018, se presenta un crecimiento de ¢545.000.000 aproximadamente, en virtud al aumento en la tasa de crecimiento de la planilla de afiliados, que pasó de 0,59% en el 2018 a 0,76% para el 2019, así como también debido a los porcentajes por costo de vida del 2019 que deben aplicarse, con el fin de ajustarse a la situación económica nacional, según la información que utiliza la Dirección de Gestión Humana para sus proyecciones.

Voto 1529-2018 de la Sala Constitucional

En relación a este voto de la Sala Constitucional, que da la posibilidad a las personas trabajadoras de que además de las asociaciones solidaristas, sean las organizaciones cooperativas quienes puedan administrar el aporte patronal de su cesantía, se genera la incertidumbre del impacto presupuestario que la resolución de la Sala pueda provocar.

Al respecto mediante correo electrónico del 19 de abril, se realizó consulta a la Directora Ejecutiva Máster Ana Eugenia Romero Jenkins, quien por la misma vía el 20 de abril contesta, que paralelo a la acción de inconstitucionalidad existe un proceso pendiente en la vía de lo contencioso administrativa que interpuso Coopejudicial R.L. en el que está solicitando conciliar.

Además,señala la señora Directora Ejecutiva que aún no se tienen datos sobrela estimación del impacto, porque por ahora es una expectativa para losempleados y se desconoce la decisión que ellos tomarán cuando se concretela nueva opción.

Por lo anterior, no se contempla por parte de la Dirección de Planificación ningún monto para este posible impacto.

-0-

Se acordó:

ARTÍCULO X

 

La Licenciada Emilia Navas Aparicio, Fiscala General de la República, presenta oficio FGR 129-2018 que remite20-2018-ODCV-TS de 3 de abril del año en curso, relacionado con el detalle del Anteproyecto de Presupuesto de la Cuenta Especial de la Oficina de Defensa Civil de la Víctima, para la respectiva aprobación, estos recursos son adicionales al presupuesto ordinario de esta oficina.

Conforme la revisión se identificó una diferencia en el precio de los artículos debido a que no se consideró el 4,5% de crecimiento para el 2019. Por lo anterior se devolvió el presupuesto a la Licda. Johan Vallecillos Canales de la Administración del Ministerio Público y al Lic. Ricardo Vega Solano de la Oficina de Defensa Civil de la Víctima, para que realizaran las modificaciones correspondientes, recibiéndose vía correo electrónico el 09 de abril, el anteproyecto con los cambios solicitados.

En este anteproyecto se están incluyendo ¢3.675.686 en artículos clasificados como recurso tecnológico, los cuales conforme la directriz N°92 la cual indica que se eliminará de oficio los artículos clasificados como Recurso Tecnológico Estratégico; por tal razón se le consultó al Lic. Orlando Castrillo Vargas, Subdirector de la Dirección de Tecnología de la Información, si era posible la inclusión de dichos artículos, quien indicó estar de acuerdo y que tomarán las consideraciones del caso para la compra de los artículos.

Importante indicar que mediante oficio 521-UAM-18, de fecha 2 de abril de 2018, suscrito por el Lic. David Brown Sharpe, Administrador del Ministerio Público y la Máster Ana Daisy Quirós Barrantes, Jefa de la Oficina de Defensa Civil de la Víctima, solicitaron a la Tesorería Nacional del Ministerio de Hacienda, la certificación de ingresos del presupuesto en trámite, gestión de la que aún no han recibido respuesta.

A continuación, se incluye el archivo que contiene el detalle del gasto de los recursos formulados en el Presupuesto en Honorarios 2019 de la Oficina de Defensa Civil de las Víctimas.

 

El monto solicitado en el presupuesto de la Defensa Civil de la Víctima es de ¢27.520.120 distribuidos en diferentes subpartidas, en la cual resalta los ¢10.000.000 que se destinan al mantenimiento del edificio (subpartida 10801) donde se encuentra la Oficina de Defensa Civil de la Víctima.

 

-0-

 

Se acordó:

 

 

Requerimiento de Recurso Humano

ARTÍCULO XI

 

Se conoce estudio de Requerimiento de Recurso Humano para el Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del II Circuito Judicial de Guanacaste, Sede Nicoya, 34-PLA-OI-2018.

La licenciada Valverde Bermúdez presenta el siguiente resumen:

I. Plazas por Analizar

 

 

Despacho

Cant

Tipo de

Plaza

Condición actual

Juzgado Familia y Violencia Doméstica de Nicoya

1

Técnica o Técnico Judicial 2

No Existente

 

Justificación de la Situación o NecesidadPlanteada

En el oficio 1022-PLA-201728 del 7 de junio de 2017, se remitió a la Secretaria General de la Corte, el oficio 43-MI-2017-B del 7 de junio del 2017, donde la Dirección de Planificación recomendó la aprobación de la referida plaza (sujeta a contenido presupuestario), para los siguientes fines:

Tramitación en las materias de Familia y Violencia Doméstica.

Coadyuvar con el rol de manifestación.

Su objetivo era aumentar la capacidad operativa del despacho, reducir los cuellos de botella y agilizar la fase de tramitación, con el fin de mejorar el servicio a la persona usuaria.

(…)

Elementos Resolutivos

4.1.- El Consejo Superior en la sesión 88-16 del 22 de setiembre del 2016, artículo XVIII, dispuso solicitarle a la Dirección de Planificación, realizar un diseño de indicadores de desempeño para el personal profesional del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica II Circuito Judicial de Guanacaste, Sede Nicoya.

4.2.- Posteriormente, el Consejo Superior en la sesión 69-17 del 26 de julio del 2017, artículo LXII, conoció el oficio 1022-PLA-2017 del 07 de junio de 2017, en donde se presentó el informe 43-MI-2017-B, sobre el Diagnóstico y Propuestas de Mejora del Juzgado de Familia y Violencia Domestica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Sede Nicoya.

En esa oportunidad se recomendó al Consejo Superior la aprobación de una plaza de Técnica o Técnico Judicial 2 en forma permanente (sujeta a contenido presupuestario).

Así mismo, se le solicitó a la Administración Regional del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, sede Nicoya, mantener por el resto del 2017 (seis meses) la colaboración de la Técnica o Técnico Supernumerario.

Por último, se le sugirió al Juzgado analizado, atender una serie de observaciones relacionadas con el inventario de expedientes y sobre el sistema de trabajo del despacho.

El informe 43-MI-2017-B y sus recomendaciones fueron acogidas por el Consejo Superior en la sesión 69-17 del 26 de julio del 2017, artículo LXII.

4.3.- El Consejo Superior en la sesión 7-18 del 25 de enero del 2018, artículo LXII, dispuso solicitarle a la Dirección de Planificación, considerar dentro del proceso de formulación presupuestaria del 2019 una plaza de Técnica o Técnico Judicial para el Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Sede Nicoya.

4.4.- Del análisis estadístico se concluye:

En un 76% de los asuntos entrados en el Juzgado de Nicoya, son de Violencia Doméstica, y supera a sus homólogos de San Ramón, Liberia y Corredores en un 23%, 16% y un 18%, respectivamente, lo que general elevada afluencia de público. Por el contrario, el despacho en análisis es el que presenta la menor entrada comparable con otros despachos en Familia a nivel nacional.

La entrada media entre el 2013 y el 2017 en este Juzgado fue de 1624 asuntos; aproximadamente 144 mensuales; ubicándose en la tercera posición en carga de trabajo a nivel nacional después de Liberia y San Ramón.

En relación con la carga de trabajo total (entrada promedio+circulante) por personal profesional, Nicoya muestra la segunda carga más alta en promedio mensual después de San Ramón a nivel nacional. En cuanto a la carga d trabajo total por Técnica o Técnico Judicial muestra el mismo comportamiento que en el caso de las juezas y jueces; es decir, Nicoya tiene la segunda posición más alta de carga de trabajo por debajo de San Ramón y supera a Liberia y Corredores

Resalta el hecho de que Nicoya, cuenta con tres plazas en personal de apoyo, similar a la estructura de San Ramón y ambos despachos tienen la mayor carga de trabajo, caso contrario al de Liberia que presenta una carga de trabajo mensual por Técnica o Técnico inferior y dispone de dos plazas más, por lo que su carga de trabajo promedio es prácticamente un 50% que la de los despachos anteriores.

Los casos terminados mostraron una media de 1637 asuntos entre el 2013 y el 2017; es decir, 146 mensuales. Nicoya, muestra el mayor rendimiento de casos terminados en ese período a nivel nacional en Violencia Doméstica, superando a sus homólogos de San Ramón, Liberia y Corredores en un 24%, 17% y un 18%, en ese mismo orden de presentación. En tanto, en el caso de Familia, Nicoya reporta un rendimiento menor en un 24%, 17% y un 18% menos que San Ramón, Liberia y Corredores, sucesivamente.

Entre el 2013 y el 2017, el despacho ha mostrado un rendimiento medio del 101%, lo que significa que ha atendido la entrada en su totalidad más un 1% del circulante. Se evidencia que en los períodos extremos se encuentran los valores más altos de rendimiento 105% para el 2013 y 123% para el 2017; momento en los cuales se contó con una cuarta plaza de técnica o técnico adicional de forma permanente. En tanto, para aquellos años entre el 2014 y el 2016, donde solamente se contó con tres plazas de técnico o técnica judicial el nivel de rendimiento no superó el 93% (no se logró atender la entrada ni el circulante). Lo que pone en evidencia que la necesidad de la cuarta plaza de Técnica o Técnico Judicial.

El circulante presentó un 32% de incremento entre el 2013 y el 2016; pero del 2016 al 2017, se redujo en un 17%, producto de las acciones recomendadas por esta Dirección en el informe 43-MI-2017-B de esta Dirección (conocido en Sesión de Consejo Superior en la sesión 69-17 del 26 de julio del 2017, artículo LXI)

4.5.- Las principales inconformidades presentadas ante la Contraloría de Servicios son por retardo judicial en la resolución de los expedientes y a la efectividad de las notificaciones; las cuales cubren más del 50% del total.

4.6.- Es importante mencionar, que, en caso de aprobarse el actual proyecto de ley del Código Procesal de Familia, se ha estimado que la carga de trabajo (entrada de asuntos) del referido despacho en materia de Familia, experimentaría una disminución de 11 asuntos al mes en su entrada de asuntos, desglosados en cinco asuntos sumarios y seis asuntos que se desjudicializan (dejan de ser atendidos por el Poder Judicial y serán asumidos por el Registro Civil y los notarios públicos). Es decir, aproximadamente, uno asunto menos cada dos días; que es poco significativo sobre la carga general del despacho; ya que la carga de trabajo se concentra en Violencia Doméstica.

4.7.- La Corte Plena en la sesión 27-17 del 21 de agosto del 2017, artículo XVI, aprobó el informe de las Medidas para la Contención del Gasto en el Poder Judicial, en su punto primero, denominado “Medidas de Adopción Inmediata” y que indica lo siguiente:

No se crearán plazas nuevas, salvo las correspondientes a la implementación de nuevas leyes, debidamente aprobadas por la Asamblea Legislativa, o bien cuenten con un estudio técnico de la Dirección de Planificación, sujeto a la disponibilidad de contenido presupuestario.”

 

Este tema fue incorporado dentro de las “Directrices Técnicas para la Elaboración de la Programación Anual de Objetivos y Metas (PAOM) y el Anteproyecto de Presupuesto 2019” (oficio 1766-PLA-2017), aprobadas por el Consejo Superior en la sesión 109-17 del 5 de diciembre del 2017, artículo LXVI.

V. Recomendaciones

5.1.- En cuanto a recursos se recomienda lo siguiente:

Despacho

Cant.

Tipo de plaza

Condición actual

Recomen-dación

Período

Costo Estimado

Prioridad

Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Nicoya

1

Técnica o Técnico Judicial 2

No Existe

Extraor-

dinaria

2019

¢ 15.447.000

1

 

 

5.2.- Condicionamiento por el cual se otorgan el recurso (Impacto esperado)

El recurso aquí analizado se otorga de forma extraordinaria debido a que la propuesta de rediseño del despacho es reciente, y deberá someterse a seguimiento y evaluación por parte de la Dirección de Planificación, para determinar su efectiva aplicación y el impacto sobre las cargas laborales del personal (profesional y de apoyo). Además, en caso de aprobarse el proyecto de ley del Código Procesal de Familia, se requiere determinar el impacto definitivo que tendrá sobre este Juzgado.

En ese sentido, la continuidad del recurso extraordinario aquí sugerido quedará condicionado a que el personal del despacho (profesional y de apoyo), cumpla con los indicadores de gestión aportados por la Dirección de Planificación.

El recurso se otorga para la tramitación en las materias de Familia y Violencia Doméstica y coadyuvar con el rol de manifestación, así como en otros temas que se requiera, previo estudio técnico que así lo respalde.

Hasta tanto la plaza no se otorgue, la Administración Regional de Nicoya, deberá continuar facilitando la plaza de técnico o técnica supernumerario para ayudar en la gestión del Juzgado.

El Juez o Jueza Coordinadora, deberá velar por el cumplimiento de las cuotas de trabajo diaria de resolución tanto para el personal técnico y el supernumerario 4 expedientes en materia de familia y 15 casos en materia de Violencia Doméstica.

5.3.-Otros requerimientos (equipo, alquiler, espacio, vehículos, etc.)

Dado que esta plaza no viene funcionando desde periodos anteriores, no se cuenta con los requerimientos necesarios para su funcionamiento. En ese sentido, al costo de la plaza antes indicado debe adicionarse lo correspondiente a mobiliario y equipo de oficina (personal no profesional), el cual es de ¢ 391.398,00.

Por tanto, los costos totales serían de ¢ 15.838.398,00 colones.

5.4.- Vinculación con el Plan Estratégico del Poder Judicial

Esta plaza se encuentra vinculada en el Plan Estratégico Institucional 2013-2018, a los temas estratégicos “Retraso Judicial” y “Planificación Institucional”, los cuales indican lo siguiente:

 

Disminución del retraso en la resolución de los procesos judiciales. Lo anterior implica brindar una respuesta jurisdiccional oportuna a las gestiones presentadas.”

 

Maximizar el uso de los recursos y ordenar los procesos. Se hace necesario este tema a efecto de orientar la gestión judicial para dar respuestas satisfactorias de una forma ordenada, armonizando los recursos disponibles en función de las prioridades definidas.”

-0-

Se acordó:

ARTÍCULO XII

 

Se conoce estudio de Requerimiento de Recurso Humano para el Juzgado Contravencional y de MenorCuantía de Puriscal, 35-PLA-OI-2018.

La licenciada Valverde Bermúdez presenta el siguiente resumen:

I. Plazas por Analizar:

 

Jueza o Juez 1

1 Técnica o Técnico Judicial 1

II. Justificación de la Situación o Necesidad Planteada

El Consejo Superior en sesión 66-17 del 13 de julio del 2017, artículo CXI, denegó la solicitud del licenciado Mauricio Herrera Barboza, Juez Coordinador del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Puriscal, ya que para el ejercicio presupuestario 2018 no era posible su consideración; sin embargo, se remitió esa gestión a la Dirección de Planificación para que fuera valorada en el próximo proceso presupuestario 2019.

 

Lo anterior, por cuanto la Corte Plena, aprobó las directrices presupuestarias para la creación de recurso humano en la institución a partir del 2017, en sesión del 1-16, del 11 de enero de 2016, artículo XXIX. En esa ocasión incluyó solamente los recursos necesarios para la aplicación de las reformas procesales en las materias Civil y de Trabajo; así como, en lo relacionado con la Ley que crea el Sistema de Alerta y el Procedimiento para la Coordinación y Reacción Inmediata entre las Instituciones Públicas y Privadas ante la Desaparición o Sustracción de Personas Menores de Edad, y la Ley contra el Crimen Organizado.

Para el Presupuesto del 2018, la Corte Plena realizó una nueva delimitación de temas prioritarios, que tampoco incluyó la posibilidad de crear recursos en despachos jurisdiccionales como el de Puriscal.

(…)

IV. Elementos Resolutivos

4.1.- En el presente estudio se analizan los requerimientos de recurso humano para el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Puriscal (1| Jueza o Juez 1 y 1 Técnica o Técnico Judicial 1).

Ello responde a lo acordado por el Consejo Superior en sesión 66-17 del 13 de julio del 2017, artículo CXI, donde se denegó la solicitud del licenciado Mauricio Herrera Barboza, Juez Coordinador, ante la imposibilidad de considerarla en el ejercicio presupuestario 2018, y se dispuso que la Dirección de Planificación la analizara en el próximo proceso presupuestario 2019.

4.2.-Se estableció que los cambios asociados con las reformas procesales en materia Laboral y Civil incidirán de forma positiva en las labores del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Puriscal, ya que del todo dejarán de conocer los asuntos de esas materias, además que el personal de la oficina quedará incólume (no se redistribuirán plazas).

El Lic. Herrera Barboza reconoció esos beneficios, aunque señaló que su impacto será bajo comparado con otras materias de mayor incidencia (como Pensiones Alimentarias).

 

4.3.- La estructura de personal del despacho de Puriscal está conformada por siete puestos ordinarios, distribuidos en una Jueza o Juez 1, una Coordinadora o Coordinador Judicial 1, cuatro Técnicas o Técnicos Judiciales 1 y un Auxiliar de Servicios Generales 2.

Asimismo, desde el 2013 este despacho ha contado con la colaboración de una plaza de Jueza o Juez Supernumerario y de una Técnica o Técnico Supernumerario, recursos que comparte desde ese año y hasta el presente con el Juzgado de Pensiones Alimentarias y Violencia Doméstica de Escazú, a razón de seis meses al año en cada despacho29.

4.4.-En el análisis comparativo de asuntos entrados durante el 2017, el despacho de Puriscal se ubica en la tercera posición, superado por Turrialba y Corredores; no obstante; cuando se analizan los promedios por tipo de puesto, inicialmente por Jueza o Juez, ocupan la segunda posición con un promedio de 84 asuntos por puesto profesional, superando al resto de despachos en comparación, los cuales disponen de dos y hasta tres Juezas o Jueces. Mientras que el despacho en estudio solamente una plaza y media (1,5) de profesional.

4.5.-Bajo el mismo análisis comparativo, el despacho de Puriscal se ubica con el segundo promedio más alto por Técnica o Técnico Judicial, con 25 asuntos, solo superado por buenos Aires.

4.6.-Existen otros despachos, que cuentan con una menor carga de trabajo (entrada anual de asuntos), y tienen más plazas de juezas o jueces (Buenos Aires, Cañas, Quepos), según la comparación cuantitativa realizada. Esto contrasta con la situación del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Puriscal.

4.7.-Al contemplar un escenario que consiste en conceder una plaza adicional de Jueza o Juez y otra de Técnica o Técnico Judicial en el despacho de Puriscal, se tiene que los nuevos promedios mensuales de asuntos entrados serían de 63 y 25 asuntos, respectivamente. Con estos datos las cargas laborales del personal de Puriscal se ubicarían en niveles más favorables, con respecto a sus homólogos.

4.8.- Si bien esa situación se ha venido cubriendo parcialmente a través de la asignación temporal (cada seis meses) de los dos recursos supernumerarios compartidos con el Juzgado de Pensiones Alimentarias y Violencia Doméstica de Escazú, lo cierto es que en el caso de las juezas y jueces la carga laboral de Puriscal continúa siendo la más alta con respecto a otros despachos judiciales homólogos.

4.9.-En lo que respecta al circulante, en la materia de pensiones al finalizar el 2016, el despacho en estudio registro 2170 asuntos; mientras que al terminar el 2017 registró 2404 asuntos; o sea presentó un aumento de 234 expedientes.

Del total del circulante en el despacho en estudio, por tipo de fase, se tiene que 2131 (97%) están en fase activa y 72 (3%) en fase pasiva.

4.10.- Realizada la comparación de la cantidad de circulante a finalizar el 2017, en la materia pensiones alimentarias, el despacho de Puriscal ocupa una segunda posición, solamente superado por su homólogo de Turrialba; sin embargo, al realizar la comparación por tipo de fase, el Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Puriscal, registra la mayor cantidad de asuntos en la fase activa (2131), seguido por su homólogo de Turrialba (2081).

4.11.- Se llevó a cabo un muestreo en Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Puriscal, que consistía en lo siguiente:

Revisar de la muestra seleccionada de causas activas, los estados y fases de las materias Civil, Laboral, Contravenciones, Tránsito y Pensiones Alimentarias del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Puriscal.

Resultado del Muestreo:

Al finalizar la labor de revisión de la muestra seleccionada, se logró observar que esta oficina actualiza la información debidamente en el sistema informático.

Ver detalle en anexo del presente informe.

4.12.- El Lic. Mauricio Herrera Barboza, solicitó ampliar los análisis comparativos, mediante la revisión de la cantidad de asuntos entrados en los Juzgados Contravencionales y de Menor Cuantía de Puriscal y Mora, durante el período 2016 y 2017, por tener una gran cercanía en cuanto a ubicación geográfica.

Ambos despachos presentaron diferencias significativas en los asuntos entrados anuales, lo que en principio sugería la posibilidad de promover acciones encaminadas a una redistribución de la entrada entre ellos.

Si bien el Lic. Herrera Barboza solicitó que se valorara la posibilidad de modificar la competencia territorial vigente de ambos despachos, con el fin de impulsar una redistribución de las cargas laborales por juzgador, lo cierto es que no se tiene certeza de que esas variaciones tengan una incidencia efectiva sobre la intención de redistribuir las cargas laborales de ambos juzgados, por lo que de momento no se estima pertinente optar por una medida de esa naturaleza.

4.13.-El Centro de Conciliación está en posibilidad de colaborar con el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Puriscal, en la realización de audiencias de conciliación para que se le ayude prioritariamente en la materia de tránsito. La colaboración podría ser de una semana al mes y por un período a determinar entre el Lic. Herrera Barboza (o quien le sustituya) y la Coordinadora del Centro de Conciliación, sujeto a que las condiciones y compromisos (plan de trabajo del Centro de Conciliación) así lo permitan.

4.14.- El Programa de Facilitadoras y Facilitadores Judiciales tendrá un impacto positivo en el mediano plazo para el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Puriscal, al reducirse la posibilidad de que algunos tipos de asuntos lleguen a la instancia judicial, y más bien se resuelvan en etapas previas a la judicial, según los procedimientos del Programa. Esta expectativa será medida a futuro cuando se disponga de la estrategia metodológica del impacto del programa en los despachos judiciales implementados.

Esas apreciaciones no las comparte el Lic. Herrera Barboza, debido a las actividades adicionales que genera la atención del programa, por parte de la persona juzgadora. Actualmente destina un día a la semana (viernes) para su atención.

4.15.- Al revisar nuevamente (por tercera ocasión) la situación de la competencia territorial del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Puriscal, específicamente la condición de 5 zonas mencionadas por el Lic. Herrera Barboza, se confirma que en dos de ellas (Quebrada Honda y Alto de Quitirrisí, ambas de Mora) las condiciones de accesibilidad son más favorables para las personas usuarias desde el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Mora.

Si bien el Consejo Superior apoyó la solicitud del Lic. Herrera Barboza de analizar la competencia territorial de 6 localidades a cargo del despacho de Puriscal, los resultados obtenidos a partir de las valoraciones efectuadas por la Dirección de Planificación, evidencian que la población de esas zonas prefieren continuar gestionando sus asuntos en el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Puriscal, por lo que de momento no se estima pertinente promover modificaciones en cuanto a la competencia territorial de los despachos judiciales de Puriscal y Mora.

4.16.- Dentro de los informes de requerimiento humano para el 2018 se analizó la contratación de servicios de limpieza para varios despachos judiciales de Puriscal, entre ellos el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía. Los resultados obtenidos avalan esa medida, la cual fue incorporada para el 2018 en el proyecto de presupuesto, lo que permitirá el reforzamiento del personal dedicado a la tramitación de los asuntos, mediante la correspondiente recalificación del puesto de Auxiliar de Servicios Generales 2, lo que vendría a cubrir el recargo mostrado en los niveles de trabajo del personal de apoyo de Puriscal.

4.17- El Programa Contra la Mora Judicial del Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional, ha brindado colaboración durante el 2017 al Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Puriscal en la resolución de expedientes en materia de Pensiones Alimentarias (66 expedientes terminados), dato suministrado a finales de noviembre, lo que denota las condiciones de retraso que presenta el despacho de Puriscal en la atención oportuna de esos asuntos.

Ello a pesar de la colaboración semestral recibida de parte de los dos puestos supernumerarios, lo que sugiere que ese apoyo se ha tornado insuficiente para afrontar adecuadamente la carga laboral del despacho de Puriscal.

4.18.-La Corte Plena en la sesión 27-17 del 21 de agosto del 2017, artículo XVI, aprobó el punto primero de las “Medidas de Adopción Inmediata” contenido en el informe de las Medidas para la Contención del Gasto en el Poder Judicial, en los siguientes términos:

No se crearán plazas nuevas, salvo las correspondientes a la implementación de nuevas leyes, debidamente aprobadas por la Asamblea Legislativa, o bien cuenten con un estudio técnico de la Dirección de Planificación, sujeto a la disponibilidad de contenido presupuestario.”

Este tema fue incorporado dentro de las “Directrices Técnicas para la Elaboración de la Programación Anual de Objetivos y Metas (PAOM) y el Anteproyecto de Presupuesto 2019” (oficio 1766-PLA-2017), aprobadas por el Consejo Superior en la sesión 109-17 del 5 de diciembre del 2017, artículo LXVI.

V. Recomendaciones

5.1. En cuanto a recursos analizados se recomienda lo siguiente:

Despacho

Can-

tidad

Tipo de plaza

Condición

actual

Recomen-

dación

Período

Costo

Estimado

Prioridad

Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Puriscal

1

Jueza o Juez 1

No existe

Extraordinaria

2019

 

¢55.966.000

 

1

FUENTE: Elaboración propia con datos suministrados por el Subproceso de Formulación del Presupuesto y Portafolio de Proyectos Institucional, para el 2019

 

Plaza nueva con carácter extraordinaria; por cuanto debe ser sujeta a valoración, de acuerdo con el cumplimiento de cuotas de trabajo, tanto la plaza ordinaria del despacho como la extraordinaria que se brinda.

De aprobarse esta recomendación, se dejaría sin efecto (a partir del 2019) la colaboración brindada al Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Puriscal, de dos puestos supernumerarios (uno profesional y otro de apoyo) por parte del Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional.

En caso de no acogerse la creación del recurso propuesto para el 2019, se sugiere darle continuidad a la colaboración de las plazas de Jueza o Juez Supernumerario,al despacho de Puriscal, en las condiciones existentes (un semestre al año, de forma compartida con el Juzgado de Pensiones Alimentarias y Violencia Doméstica de Escazú.

5.2. Otras recomendaciones

5.2.1-Sobre la Plaza de Técnica o Técnico Judicial 1, en atención al acuerdo del Consejo Superior en sesión 66-17 del 13 de julio del 2017, artículo CXI, que acoge la siguiente recomendación:

5.3.Una vez contratado el servicio, se recomienda a la Dirección de Gestión Humana, que recalifique las tres plazas de Auxiliar de Servicios Generales 2 (una de cada uno de los despachos judiciales mencionados), a puestos de Técnica o Técnico Judicial, y que se incorporen inmediatamente al cumplimiento de las nuevas labores típicas de los puestos recalificados (Trámite de expedientes y atención al público, así como otras labores de apoyo administrativo).”

Por consiguiente, se recomiendaque una vez realizada la recalificación de la plaza de Auxiliar de Servicios Generales 2 se incorpore inmediatamente al cumplimiento de las tareas típicas de los puestos de Técnica o Técnico Judicial 1 (trámite de expedientes y atención al público, principalmente), del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Puriscal.

5.2.2.-Que el Centro de Conciliacióncontinúe colaborando con el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Puriscal, en la realización de audiencias de conciliación para que se le ayude prioritariamente en la materia de tránsito. La colaboración podría ser de una semana al mes y por un período a determinar entre el Lic. Herrera Barboza (o quien le sustituya) y la Coordinadora del Centro de Conciliación, sujeto a que las condiciones y compromisos (plan de trabajo del Centro de Conciliación) así lo permitan. El despacho y el Centro deben continuar documentando el número de asuntos que se atenderán en esas colaboraciones.

5.2.3.-Respecto de la situación relacionada con la competencia territorial, la Dirección de Planificación ha emitido criterios técnicos de forma expresa a través de los oficios 713-PLA-2015 (36-PI-2015) y 841-PLA-2015 (48-PI-2015).

Ahora bien, al incorporar los nuevos resultados obtenidos en el presente estudio (carga laboral anual generada por dos zonas más próximas al asiento del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Mora, así como el criterio de personas expertas y usuarias de esas localidades), se confirman las valoraciones técnicas vertidas en su oportunidad y aprobadas por el Consejo Superior, por lo que se recomienda mantener la competencia territorial vigente del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Puriscal.

 

Si bien el Lic. Herrera Barboza argumentó factores de cercanía de algunas comunidades y facilidades de servicio de transporte público, que en su criterio sugieren la pertinencia de modificar la competencia territorial del despacho a su cargo; sin embargo, las personas usuarias nuevamente manifestaron su voluntad en cuanto a mantener las condiciones actuales, es decir, recibir atención desde Puriscal.

Por tanto, se recomiendamantener la competencia territorial del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Puriscal, ya que los criterios adicionales recopilados por la Dirección de Planificación indican que las personas usuarias están conformes con la forma en que se brinda actualmente el servicio público de administración de justicia.

-0-

Se acordó:

 

 

 

 

Reconsideraciones

 

ARTÍCULO XIII

 

Se conoce la reconsideración planteada mediante oficio 398-DG-2018 del 10 de abril de 2018, suscrito por el MSc. Walter Espinoza Espinoza, Director General del Organismo Investigación Judicial, respecto al acuerdo tomado por el Consejo Superior en la sesión extraordinaria 25-18 (Presupuesto 2019), celebrada el 4 de abril del año en curso, artículo XVII, referente al estudio 4-PLA-OI-2018 de Requerimiento de Recurso Humano 2019 para el “Reforzamiento de la Unidad de Potencial Interno (UPI) en la Administración del Organismo de Investigación Judicial (OIJ)”. En esta oportunidad se dispuso lo siguiente:

 

1) Aprobar el informe 4-PLA-OI-2018, presentado por la Dirección de Planificación y sus recomendaciones. 2) Incluir en el anteproyecto de presupuesto 2019 las siguientes plazas para el Reforzamiento de la Unidad de Potencial Interno (UPI) en la Administración del Organismo de Investigación Judicial (OIJ).

 

Despacho

Cant.

Tipo de plaza actual

Tipo de plaza recomendada

Recomendación

Período

Observaciones

Dirección General del OIJ

(Unidad Potencial Interno de la Administración del OIJ)

1

Profesional 2

Coordinadora o Coordinador de Unidad 3

Ordinaria

 

 

 

2019

Para conformar la estructura básica sugerida en el informe 4-DO-2017-B

 

Este acuerdo fue comunicado mediante oficio 36-CSP-18 del 9 de abril de 2018. En esta reconsideración el MSc. Walter Espinoza Espinoza, Director General del Organismo Investigación Judicial, plantea lo siguiente:

Punto N° 1.- “En referencia al punto 4.4 que indica: “La Unidad de Potencial Interno, dispone a partir del presente año de 5 plazas con permiso con goce de salario y sustitución (1 Coordinador de Unidad 3, 3 Profesionales 2 en Psicología, y 1 Profesional 2). Adicionalmente, cuenta con 2 Profesionales 2 en condición ordinaria y 1 Profesional 2 en forma extraordinaria, para un total de 8 puestos.”

 

Esta observación es errónea debido a que la Unidad de Potencial Interno, cuenta con un total de 7 plazas con permiso con goce de salario y sustitución, a saber 1 Coordinador de Unidad 3, 3 Profesionales 2 en Psicología y 3 Profesionales 2 en el área Administrativa”

 

En este aspecto, cabe señalar que la estructura indicada en el informe 4-PLA-OI-2018, se obtuvo a partir de la entrevista efectuada el 18 de enero del presente año, al MBA. Mauricio Fonseca Umaña, Administrador del OIJ; la Licda. Kembly Jiménez Castro, Coordinadora de Unidad 3; la Licda. Madelyn Rodríguez Aguilar, Profesional 2 a.i. y la Licda. Gabriela Soto Quesada, todas Profesionales de la Unidad de Potencial Interno, por lo que de darse algún error, pudo originarse en los datos suministrados por los servidores de la Administración del OIJ al momento de la entrevista.

 

Con base en lo anterior, se recomienda rechazar la reconsideración planteada, en este punto, y por lo tanto mantener lo dispuesto por el Consejo Superior en la sesión extraordinaria 25-18 (Presupuesto 2019), celebrada el 4 de abril del año en curso, artículo XVII.

 

Punto N° 2.- En el punto 4.7 se indica: “En el informe de creación de la UPI (4-DO-2017-B), se delimitaron las funciones que debía asumir esa Unidad; sin embargo, se evidenciaron algunas otras tareas que a criterio de esta Dirección son competencia de la Dirección de Gestión Humana, como es el caso del proceso de entrevistas para la escogencia de oferentes, por medio de Profesionales en Psicología que fueron otorgados por el Consejo Superior en condición de permisos con goce de salario y sustitución. Estas apreciaciones son compartidas por la jefatura de la Sección de Reclutamiento y Selección.”.

 

Según conversación de las dos Direcciones, tanto de la Dirección General del Organismo como de la Dirección de Gestión Humana, se llegó a un acuerdo de la existencia del área de psicología del OIJ, esto con el fin de lograr una alianza estratégica que pudiera colaborar con la selección de personal, siempre respetando los parámetros utilizados en cuanto al proceso de selección, razón por la cual la anterior afirmación no es exacta.”

 

Punto N° 3.- El punto 4.9 indica: “La etapa de entrevista fue aprobada únicamente por el 29% de los oferentes, siendo que al momento de realizarse por parte de Gestión Humana se tenía una promoción de entre el 40% y el 50%, lo que evidencia la necesidad de coordinar por parte de ambas dependencias para conocer bajo qué parámetros se está abordando esa fase del proceso de reclutamiento en el OIJ.”

 

Esta aseveración es relativa, ya que va a depender del tipo de persona y las características que ésta presente y lo hagan apto o no según su personalidad y competencias, por lo que esta afirmación no es real. Lo que se puede observar es que, utilizando los mismos test, parámetros de atención en la entrevista y debidos respaldos, la UPI contando únicamente con tres profesionales en psicología posee porcentajes de atención muy significativos y eficientes en el proceso.

 

Punto N° 4.- En las recomendaciones, específicamente en el punto 5.2.2 se establece: “No se estima pertinente prorrogar los permisos con goce de salario de las 3 plazas de Profesionales 2 en Psicología para dar continuidad al proceso de entrevistas psico laborales por parte de la UPI, por cuanto existe una dualidad en la labor encomendada a la Dirección de Gestión Humana, siendo esta última la instancia competente para realizarlas en el Poder Judicial. Asimismo, no deberán realizar la elaboración de avisos para los concursos de oferentes, sin previa coordinación con la Sección de Reclutamiento y Selección. En caso de requerirse los recursos adicionales deberá ser presentado el proyecto por parte de la Dirección de Gestión Humana”.

 

Si bien es cierto el Departamento de Gestión Humano es el órgano competente, en el Poder Judicial existen socios estratégicos de otros departamentos que realizan labores de coordinación y apoyo de forma descentralizada , como es el caso de la Dirección de Tecnología la cual rige la materia informática y posee un socio estratégico en el Organismo como lo es la Unidad de Tecnología de la información, misma que desarrolla productos siguiendo los lineamientos de esa Dirección, que van en beneficio en cuanto a rapidez y necesidades del Organismo y que no podrían darse con la celeridad deseada por el DTI debido a la cantidad de oficinas que tiene a cargo.

 

Es así como bajo esta misma premisa en el acuerdo de las dos Direcciones se consideró importante la creación de la Unidad de Potencial Interno en la parte de psicología con la cual se coordinó perfectamente, en cuanto a las directrices técnicas que se debían desarrollar y los parámetros de evaluación. Esta decisión ha brindado buenos réditos ya que por un lado ha desahogado al Departamento de Gestión Humana debido a que este se encarga de los procesos de selección de todo el Poder Judicial y no solamente del Organismo y por otro lado ha mejorado los tiempos de atención en el OIJ”.

 

Sobre las anteriores observaciones (puntos 4.7, 4.9 y 5.2.2), debe destacarse que mediante oficio del 16 de enero de 2018, suscrito por el MBA. José Luis Bermúdez Obando, Director a.í.; la MBA. Roxana Arrieta Meléndez, Subdirectora a.í. y la Licda. Olga Guerrero Córdoba, Jefa a. í. de la Sección Reclutamiento y Selección, todos servidores de la Dirección de Gestión Humana, se indicó lo siguiente:

 

“…cabe señalar que la coordinación que se mantiene actualmente con el Ministerio Público, Defensa Pública y otras organizaciones internas no afecta las competencias de esta Dirección; no ocurre los(sic) mismo con el Organismo de Investigación Judicial, donde la Unidad de Potencial Interno ha venido suplantando funciones que legalmente corresponden a Gestión Humana”

 

Ahora bien, el Consejo Superior en la sesión N° 72-17 del 03 de agosto de 2017, Art. XLIX, apartándose o en desconocimiento del informe 4 DO-2017, el cual ya tenía definidas las labores de la Unidad de Potencial Interno, aprobó otorgar permiso con goce de salario a 3 profesionales en psicología para que realizaran funciones referentes al proceso de reclutamiento y selección para puestos policiales en el O.I.J.

 

Producto del acuerdo mencionado, la Dirección de Gestión Humana trasladó entre setiembre y diciembre del 2017 un total de 829 personas oferentes, a la Administración del O.I.J. con el objetivo de que los tres profesionales en Psicología realizaran el proceso de entrevista psicolaboral correspondiente. Cabe mencionar que a la fecha de este informe la devolución de resultados de las entrevistas asciende a 321 personas, quedando aún un producto por resolver de 508 personas.

 

En relación con este tema, se indica que se le ha imposibilitado a la Dirección de Gestión asumir la supervisión y dirección técnica de los tres profesionales en psicología que laboran en la Administración del O.I.J. por los siguientes motivos:

 

a- Es la administración del O.I.J. la que establece sus cronogramas de trabajo, supervisa las funciones laborales y direcciona a este personal.

 

b- Estos profesionales en psicología no conocen los procedimientos administrativos, planes de trabajo, estrategias, capacitación continua, entre otras variables que emana la Dirección de Gestión Humana. Por ende, es difícil integrar estas personas para que cumplan con las demandas y necesidades laborales de este ente.

 

c- Aunado, por situaciones de ubicación geográfica y condiciones de contratación, este personal no posee ninguna identidad organizacional con la Dirección de Gestión Humana, ya que obedecen directrices de la Administración del O.I.J.

 

d- Se reitera, que estos profesionales no fueron seleccionados con respecto al perfil laboral que se estipula para este tipo de cargo, lo cual incide en la adecuación para este tipo de labores.

 

e- Se recuerda, que la profesión en psicología posee una independencia técnica de criterio, esto significa, que para realizar intervenciones y supervisiones es necesario que el personal se encuentre sujeto a una estructura formal y jerárquica de la Dirección de Gestión Humana, esto ha imposibilitado supervisar de manera exhaustiva el quehacer profesional.

 

f- Se concluye indicando, que la supervisión de los procesos selectivos es lo que permite implementar mejoras y realizar cambios técnicos en pro del mejoramiento continuo. Sumado, permite corregir los errores técnicos, por medio del control interno y la revisión continua.

 

(…)

 

2. Lo que hoy hace la Unidad de Potencial Interno adscrita al O.I.J con los tres puestos de psicólogos es considerado una duplicidad de funciones toda vez que ésta es una actividad diaria y natural de la Sección de Reclutamiento y Selección. Al mismo tiempo no representa las actividades por la que fue creada la Unidad de Potencial Interno, por el contrario, esta unidad está suplantando a la Dirección de Gestión Humana, siendo este un acto de ilegalidad.”

 

Es importante señalar que en la sesión 11-18 celebrada el 8 de febrero del 2018, artículo XLIX, el Consejo Superior, acordó entre otros aspectos relacionados con estas plazas lo que se transcribe de seguido:

3.) Respecto a los permisos concedidos a la Unidad de Potencial Interno deberán dedicarse exclusivamente a realizar las entrevistas que se encuentran pendientes a esta fecha y dentro del tiempo concedido en el inciso anterior (del 9 de febrero y por tres meses), a esos efectos reiterar que las plazas de Psicólogos (as) deberán de estar adscritas funcionalmente a la Dirección de Gestión Humana. 4.) Comunicar a la Administración del Organismo de Investigación Judicial que la competencia para la realización de convocatorias y concursos de puestos corresponde exclusivamente a la Dirección de Gestión Humana. 5.) Se le recuerda al Director General del Organismo de Investigación Judicial, su obligación de velar por el uso correcto de estos permisos y que cumplan con los fines propuestos para los que fueron otorgados.”

 

En razón de las manifestaciones hechas por las jefaturas de la Dirección de Gestión Humana en el oficio de referencia, y lo acordado por el Consejo Superior en la sesión 11-18 (citada en el párrafo anterior), se recomienda rechazar la reconsideración planteada en los tres puntos antes referidos, y por lo tanto mantener lo dispuesto por el Consejo Superior en la sesión extraordinaria 25-18 (Presupuesto 2019), celebrada el 4 de abril del año en curso, artículo XVII.

 

Punto N° 5.-En el punto 5.2.4 se menciona que el puesto de Profesional 2, número 372181 es una plaza extraordinaria de la UPI, aspecto que no es cierto ya que esta es una plaza ordinaria que pertenece a la Unidad de Gestión Administrativa desde el año 2016 y se encarga de la ejecución presupuestaria, por lo que no puede utilizarse para estas funciones.

 

Cabe destacar, que en los apartados “3.6.- Contenido Presupuestario para la creación de recursos humanos para la Unidad de Potencial Interno (UPI)”, así como en el “IV. Elementos Resolutivos”, se indicó de manera correcta los números de puesto de las plazas (tanto las ordinarias como la extraordinaria), excepto en el punto 5.2.4.

 

En razón de lo indicado por el Director General del OIJ, se recomienda acoger la reconsideración planteada, y por lo tanto corregir el dato contenido en el punto 5.2.4 del informe 4-PLA-OI-2018, para que se lea correctamente así:

 

5.2.4.- Se recomienda adscribir de manera definitiva a la Administración del OIJ la plaza de Profesional 2 (Puesto 377278) que se creó ordinariamente en el presente año, adscrita actualmente a la Dirección General.

 

Una vez efectivo ese traslado presupuestario, ese recurso junto con el puesto de Profesional 2 (Puesto 377440) extraordinario y el puesto de Técnica o Técnico Administrativo 1 (Puesto 54044), constituirán el personal de la Unidad de Potencial Interno (UPI) de la Administración del OIJ, sugerido en el punto 3.7 de este informe para el presente año, y para efectos del próximo se mantendrá la estructura señalada en la tabla detallada en el punto 3.6. de este informe, en donde el actual recurso extraordinario dejaría de existir y se adicionaría de manera ordinaria el puesto de Coordinadora o Coordinador de Unidad 3 recomendado en este informe, en caso de ser avalado por las instancias decisoras.”

 

Punto N° 6.-“Finalmente nos tomó por sorpresa que este informe ya se encuentre aprobado por el Consejo Superior y no fuera enviado para consulta por parte del Departamento de Planificación a la Dirección y Administración del Organismo, por lo que remitimos en tiempo las reconsideraciones pertinentes.”

Es importante recordar que la dinámica que se lleva a cabo en los estudios de Requerimiento Humano es diferente de los estudios que con regularidad se emiten por parte de esta Dirección, y que son remitidos a la Secretaría General de la Corte una vez que son puestos en consulta a las oficinas involucradas.

 

Cuando se trata de informes y estudios relacionados con temas presupuestarios, y en atención a los plazos otorgados para presentar los respectivos anteproyectos de presupuesto ante el Ministerio de Hacienda y la Asamblea Legislativa, se acatan las “Directrices Técnicas para la Elaboración de la Programación Anual de Objetivos y Metas (PAOM) y el Anteproyecto de Presupuesto 2019” acordadas por Corte Plena, donde se reservan algunas sesiones extraordinarias por parte del Consejo Superior para analizar lo concerniente. Ello genera, que previo a ponerlo en consulta con las oficinas involucradas, deban hacerse de conocimiento del Consejo Superior, en razón de los acuerdos previamente atendidos, y una vez que se determine lo dispuesto por el órgano superior, se hace la comunicación correspondiente a la oficina involucrada.

 

Punto N° 7.- La conclusión a que arriba el Departamento de Planificación es peligrosa para la pervivencia del OIJ, implica menoscabo en el reclutamiento, no favorece la renovación de personal, fortalece la posibilidad de que la Policía Judicial colapse ante los embates de la actual situación criminal del país, no toma en cuenta que la rotación de personal es altísima y que la reducción de funcionarios es constante y manifiesta.

 

Expresamente hago responsable al Departamento de Planificación y a quien corresponda tomar las últimas decisiones acerca de este tema, de las consecuencias que puede provocar una decisión que se agota en el rigor administrativo y que no entiende la grave situación por la que atraviesa el país y la Policía Judicial.

 

En primer término, se debe indicar que la negativa en otorgar las plazas de Profesionales 2 en Psicología, a la Unidad de Potencial Interno de la Administración del OIJ, responde a la existencia de una estructura formal y competente por ley para asumir estas funciones para todo el Poder Judicial (incluyendo al OIJ), a saber la Dirección de Gestión Humana. En ese sentido, la recomendación 5.2.2. deja entrever que, de requerirse los recursos adicionales para esos fines, la Dirección de Gestión Humana deberá gestionar la correspondiente solicitud a través de la metodología de administración de proyectos, según lo dispuesto por el Consejo Superior.

 

Al respecto, la responsabilidad de la Dirección de Planificación se centra en maximizar el uso de los recursos institucionales y respetar los ámbitos de competencia de las dependencias judiciales, como en el caso que compete en este informe tanto a la Dirección de Gestión Humana como a la Administración del OIJ.

Anexo 1

Informe de Reconsideración por parte de la Dirección General del Organismo de Investigación Judicial

 

Anexo 2

Informe 4-PLA-OI-2018

-0-

Se acordó:

ARTICULO XIV

 

La Licda. Nacira Valverde Bermúdez, Directora de Planificación, indica que mediante oficio 114-CAP-2018, la Dirección de Gestión Humana remitió la proyección presupuestaria para permisos con goce de salario con sustitución para personal judicial becado, así como ayudas económicas para actividades de capacitación y becas correspondientes al año 2019.

Al respecto es importante recordar que Corte Plena en sesiones N° 27-2017 de 21 de agosto de 2017, artículo XVI, N° 28-2017 de 28 de agosto de 2017, artículo XV y N° 29-2017 de 4 setiembre de 2017, artículo XVI, aprobó una serie de medidas de contención del gasto en el Poder Judicial, producto de la grave situación fiscal que enfrenta Costa Rica, dentro de lo que interesa a esta temática aprobó:

 

En cada ejercicio presupuestario se mantendrán los recursos necesarios para dar continuidad a las becas a funcionarios ya otorgadas, pero no se incorporarán para becas adicionales”. 

En línea con las medidas de contención del gasto aprobadas por Corte Plena, en las Directrices de Formulación Presupuestaria 2019, aprobadas por el Consejo Superior en sesión Nº109-17 del 05 de diciembre de 2017, artículo LXVI, específicamente en la directriz N°77, se indica:

Los requerimientos de la subpartida 60201 Becas de cada programa es formulado por la Dirección de Gestión Humana y según las disposiciones establecidas en el Reglamento de Becas del Poder Judicial.

Como medida de contención del gasto, los Programas de Becas impartidos mediante convenios con universidades de nuestro país, se desarrollarán en horario no hábil para evitar gastos por sustituciones. Además, en cada ejercicio presupuestario se mantendrán los recursos necesarios para dar continuidad a las "becas a funcionarios" otorgadas, pero no se incorporarán recursos para nuevas becas”.

Además en los Lineamientos sobre Formulación, Ejecución y Evaluación del Presupuesto de la República, en el artículo 14 de racionalización de recursos públicos, la subpartida de becas se enlista dentro de las que el Ministerio de Hacienda indica que se deberán eliminar y/o minimizar para el período presupuestario 2019.

Mediante el oficio recibido se indica que en reunión de Consejo de Rectoría del día 13 de marzo de 2018, se solicitó a la Escuela Judicial y a las diferentes Unidades de Capacitación informar de acuerdo a sus objetivos estratégicos y plan anual operativo, si deseaban mantener o realizar una redistribución en los recursos de las actividades formativas que actualmente gozan de beneficios por concepto de beca, ayuda económica o permiso con goce de salario, tomando en cuenta que no se debía aumentar el monto total aprobado para el año 2018 de acuerdo con las medidas para la contención del gasto en el Poder Judicial aprobadas en el año 2017.

Señala además, que en dicha reunión se acordó que la Escuela Judicial y las diferentes Unidades de Capacitación se encargarían de realizar un Diagnóstico de Necesidades de Capacitación para cada población respectivamente, resultados que se detallan en el oficio y que se adjunta seguidamente.

 

En términos generales el comportamiento de Permisos con Goce de Salario, Ayudas Económicas para Capacitación y Becas, comparando lo aprobado para el 2018 y lo solicitado para el 2019, se muestra de la siguiente manera:

 

A continuación se presenta el análisis de cada uno de los rubros:

A. Requerimientos para Permisos con Goce de Salario para sustitución del personal judicial becado.

Para el 2018 se aprobaron un total de ¢1.616.179.992, mientras que para el 2019 se están solicitando ¢852.250.036 lo que representa un decrecimiento de 47,27% equivalente a ¢763.929.957.

 

En términos generales, la principal disminución en el presupuesto solicitado para el 2019, se debe a que no se incluyen permisos para la Maestría en Administración de Justicia – Énfasis Área en Penal, impartida por la Universidad Nacional.

Como puede observarse en las justificaciones de los recursos solicitados y remitidos por los encargados de capacitación de los programas Ministerio Público, Defensa Pública y Organismo de Investigación Judicial, se toman recursos que hasta el 2018 se utilizaron para financiar permisos con goce de salario para la sustitución de las personas becadas y los trasladan a la subpartida de becas, contraviniendo el espíritu de las normas de restricción presupuestaria aprobadas por la Corte Plena.

En el caso del Ministerio Público se indica que “Con la finalidad de brindar un adecuado desarrollo de las competencias funcionales de los fiscales y fiscalas del Ministerio Público y fomentar la profesionalización y especialización del talento humano, se ha considerado la oportunidad de trasladar el presupuesto determinado para del Programa 929, para las suplencia de dos participantes del Ministerio Público en la Maestría en Administración de Justicia - Énfasis Área en Penal, brindada por la Universidad Nacional, por un monto de ¢108.029.011,68, a la partida de sub partida de becas 60201, con el fin de poder adquirir una serie de becas para diferentes maestrías vinculas directamente en las competencias funcionales requeridas para el desarrollo de los fiscales y fiscalas del Ministerio Público”.

En cuanto a la Defensa Pública, refirió lo siguiente “…En atención a la necesidad de reformular lo atinente al tema de becas y permisos para el personal de la Defensa Pública, con ocasión de las modificaciones que se han dado en los últimos meses, especialmente en lo relativo a las medidas de contención del gasto y a la no concesión de los permisos para el disfrute de las becas de la Maestría en Administración de Justicia de la Universidad Nacional, se procede de seguido a justificar la propuesta correspondiente al año 2019:

Tomando en cuenta lo señalado en el párrafo introductorio de este documento en torno a que no se van a aplicar los permisos con goce de salario y sustitución para la Maestría en Administración de Justicia de la Universidad Nacional y junto con ello, la necesidad imperiosa de reducir los gastos en esta materia, la propuesta de la Defensa Pública que se plantea con miras al año 2019, es conservadora.

Como puede apreciarse en el documento en el que se detallan los permisos con sustitución solicitados (se adjunta), la intención de la Defensa Pública es que se puedan aprovechar especializaciones y posgrados internacionales menos costosos y que, a su vez, puedan ser de utilidad para el personal de la Institución, de modo que en ese orden de cosas, los cursos de especialización de las universidades de Salamanca, Pisa y Castilla-La Mancha, así como el máster en argumentación jurídica de la Universidad de Alicante, logran cubrir con los objetivos”.

Por su parte, el Organismo de Investigación Judicial tomó los recursos que en el 2018 se aprobaron para el permiso aprobado para el Programa “Máster Universitario en Liderazgo y Dirección Pública” y lo destinan en el 2019 a la Maestría en Criminología impartida por la Universidad Estatal a Distancia, justificado en que los conocimientos en dicha maestría proporcionarán al personal las herramientas necesarias que les permitirán responder de manera científica al problema de la criminalidad del país y eventualmente del área centroamericana.

B. Ayudas económicas para personas que participan de actividades de capacitación

Para el 2018 se aprobaron ¢50.556.801 para 141 participantes.

Para el 2019 se están solicitando ¢51.307.147 para 130 participantes, monto que representa un crecimiento del 1,48% con respecto al 2018.

PROGRAMA PRESUPUESTARIO

APROBADO 2018

SOLICITADO 2019

VARIACIÓN

Programa 926 Dirección y Adm.

32.022.108

31.971.046

-51.062

Programa 927 Servicio Jurisdiccional

14.188.485

14.689.365

500.880

Programa 928 Org. Investigación Judicial

1.207.280

1.290.760

83.480

Programa 929 Ministerio Público

1.207.280

1.290.760

83.480

Programa 930 Defensa Pública

1.207.280

1.290.760

83.480

Programa 950 Atención Víctimas y Testigos

724.368

774.456

50.088

TOTALES

50.556.801

51.307.147

750.346

 

 

 

 

 

 

Variación

1,48%

 

C. Becas para personas funcionarias judiciales

Para el 2018 se aprobaron ¢64.194.169 para 42 becas y en 2019 se están solicitando ¢218.155.294 para 125 becas, monto que presenta un crecimiento del 239,84 % (¢153.961.126).

 

DETALLE POR TIPO DE SOLICITUD

La previsión para permisos con goce de salario para para sustitución del personal judicial becado se detalla en el siguiente resumen:

 

 

A continuación el detalle del cuadro anterior de permisos con goce de salario para sustitución del personal judicial becado, según Programa Institucional:

 

 

 

 

 

 

 

En cuanto a ayudas económicas para capacitación, a continuación se presenta el siguiente resumen:

 

 

 

 

El detalle de ayudas económicas para capacitación según Programa Institucional se presenta a continuación.

 

 

 

 

 

En cuanto a becas, a continuación se presenta el resumen.

 

 

En este caso y dado el alto incremento que presenta el anteproyecto solicitado para el 2019, focalizado en los Programas OIJ, Ministerio Público y Defensa Pública, se procedió a devolverlo a la Dirección de Gestión Humana con la indicación de que debía ser ajustado, ante lo cual mediante correo electrónico se recibió respuesta de la Licda. Cheryl Bolaños Madrigal, Jefa de Gestión de la Capacitación, en donde se indica que siguiendo instrucciones del Lic. José Luis Bermúdez Obando, se aclara lo siguiente:

 

“… Al haberse elaborado la formulación bajo consenso de la Rectoría y con el aval del Consejo Directivo, se consulta al señor Magistrado William Molinari, Presidente del Consejo Directivo, quien indica estar de acuerdo en  poner en conocimiento a la Escuela Judicial y  a las Unidades de Capacitación de la Defensa Pública, el Ministerio Público y el Organismo de Investigación Judicial sobre el criterio de la Dirección de Planificación, e incluso conocer el criterio del Consejo Directivo, desde donde nace que sea por medio de la Rectoría que se haga la consulta para la formulación de las partidas de permisos, ayudas económicas y becas. De la misma manera se considera que sean la Escuela Judicial, así como cada Unidad de Capacitación, quien representa cada programa presupuestario, quien justifique ante el Consejo Superior la formulación presupuestaria para la atención de las distintas poblaciones y que expongan ante el mismo Consejo, la justificación y valoraciones del crecimiento presupuestario en cada uno de los programas respectivos…”

 

Posteriormente, mediante correo electrónico de fecha 20 de abril, la Licda. Cheryl Bolaños, agrega que a partir de lo acordado en reunión virtual de Rectoría, Escuela Judicial y las Unidades de Capacitación llevada a cabo el día jueves 19 de abril, se dispone reiterar a la Dirección de Planificación del Poder Judicial, las propuestas formuladas por las Unidades de Capacitación y la Escuela Judicial con respecto al "Presupuesto asignado para Becas año 2019" y como parte del acuerdo de esta reunión, en el punto 1 del acuerdo, se indica: “… y a fin de brindar los insumos necesarios a las autoridades sobre la forma en que se estructuraron las propuestas, solicitar una audiencia con quienes tomaran las decisiones al respecto, a fin que las dependencias antes señaladas, brinden las explicaciones necesarias…”

 

 

A continuación el detalle de becas según Programa Institucional:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Se acordó:

 

 

 

Se declaran firmes los acuerdos de esta sesión, así como también la aprobación de la respectiva acta.

 

 

Se levanta la sesión, al ser las XX :xx horas.

 

 

 

Dr. Carlos Chinchilla Sandí Dr. Gary Amador Badilla

 

Lic. Ramiro Salvador Arauz Montero Máster Laura Chávez Lavagni

 

Máster Carlos Montero Zúñiga

 

NVB.

1 En cuanto a esta plaza es necesario resaltar que mediante informe 26-PLA-MI-2017, la Dirección de Planificación recomienda una de las plazas de Supervisor en calidad de ordinario y otra extraordinaria. Sin embargo, al revisar el documento de plazas extraordinarios 2018 aprobado por el Ministerio de Hacienda se observa que ambas se encuentran en condición de extraordinaria, por lo tanto se incluye nuevamente en el análisis de formulación presupuestaria para el 2019.

2 El perfil es de Médico en Medicina del Trabajo a partir del 2018, según informe SAP-193-2016 (CP-037-2017) de la Sección de Análisis de Puestos de la Dirección de Gestión Humana, aprobado el 23 de marzo de 2017, en sesión 28-2017 del veintitrés de marzo del dos mil diecisiete, artículo XXVI. Sin embargo, el Consejo Superior en sesión 14-18 celebrada el 20 de febrero del 2018, artículo LXIX cambia la denominación de “Médico Especialista en Medicina del Trabajo” por “Médico Residente”.

3 Modelo aprobado por Corte Plena en sesión 23-17 del 17 de julio 2017, artículo VIII.

4 El nombre de la oficina correcto el Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José, sin embargo en la Relación de puestos de 2018 erróneamente se consignó Juzgado de Trabajo, por lo que mediante oficio 59-PLA-2018, aprobado por el Consejo Superior en sesión 9-18 celebrada el 01 de febrero del 2018, artículo LXIX, se ordena la corrección respectiva.

5 A nivel de Relación de Puestos estas plazas aparecen erróneamente asignadas al Juzgado Civil del III CJ de San José (Desamparados) siendo lo correcto Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, por lo que se remite el oficio 267-PLA-2018 a la Dirección de Gestión Humana para la corrección correspondiente.

6 Acuerdo del Consejo Superior en sesión 14-18 celebrada el 20 de febrero del 2018, artículo LXIX

7 Dato obtenido del informe del CACMFJ oficio 266-CACMFJ-JEF-2017.

8 A diciembre 2017, se reportan 6000 asuntos en fase de ejecución de sentencia aproximadamente.

9 Acuerdo de Corte Plena en sesión 19-17 celebrada el 19 de junio del 2017, artículo IX.

 

10 En cuanto a esta plaza es necesario resaltar que mediante informe 26-PLA-MI-2017, la Dirección de Planificación recomienda una de las plazas de Supervisor en calidad de ordinario y otra extraordinaria. Sin embargo, al revisar el documento de plazas extraordinarios 2018 aprobado por el Ministerio de Hacienda se observa que ambas se encuentran en condición de extraordinaria, por lo tanto se incluye nuevamente en el análisis de formulación presupuestaria para el 2019.

11 El Consejo Superior en sesión 14-18 celebrada el 20 de febrero del 2018, artículo LXIX cambia la denominación de “Médico Especialista en Medicina del Trabajo” por “Médico Residente”.

12 Las plazas en el informe 26-PLA-MI-2017 se incorporaron como categoría de Jueza o Juez 4, sin embargo, a partir del acuerdo de Corte Plena en sesión 19-17 celebrada el 19 de junio del 2017, artículo IX se aprueba la recalificación de las plazas civil y trabajo a categoría 5.

13 Las plazas en el informe 26-PLA-MI-2017 se incorporaron como categoría de Jueza o Juez 4, sin embargo, a partir del acuerdo de Corte Plena en sesión 19-17 celebrada el 19 de junio del 2017, artículo IX se aprueba la recalificación de las plazas civil y trabajo a categoría 5.

14 Durante 2017 con un permiso con goce de salario sobre la plaza 43550, y durante el 2018 con la plaza extraordinaria 377589 de Técnica o Técnico Judicial 3 adscrita al Área de Gestión y Apoyo del CACMFJ, ahora se solicita la trasformación de la plaza a Auxiliar Administrativo.

15 Comunicadas al Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional mediante oficios 85-PLA-2018 y 112-PLA-2018.

16 A diciembre 2017, se reportan 6000 asuntos en fase de ejecución de sentencia aproximadamente.

17 Este recurso no se requiere en 2019. Si bien es cierto se recomendó extraordinario para 2018, se debe tener en consideración que se estimó su utilización solamente para los primeros cuatro meses de ese año.

18 Aprobado por el Consejo Superior en sesión 12-18 del 13 de febrero de 2018, artículo LXX.

19 Aprobado por Consejo Superior en sesión 6-17, celebrada el 17 de enero de 2017, artículo. XL

20 Oficio 1163-PLA-2017, aprobado por Corte Plena en sesión 23-17 del 17 de julio de 2017, artículo VIII.

21 Adscrita a esta estructura mediante informe 281-PLA-2018 (antes asignada al Juzgado Civil de Pococí).

22 Estas plazas surgen de la sustitución de 4 plazas de Jueza o Juez en planes de trabajo de los juzgados civiles de mayor y menor cuantía (dos categoría 3 y dos categoría 1 respectivamente) así como 4 Técnicas o Técnicos Judiciales 1 en plan de trabajo de juzgados de menor cuantía y en su lugar se incluyen las tres de Jueza o Juez 5..

23 Se está a la espera del estudio de la Dirección de Gestión Humana, para determinar en que Juzgados deben asignarse las plazas nuevas.

24 Una de estas plazas, en 2018, estuvo asignada al Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José, por Presupuesto de Reforma al Código de Trabajo (informe 26-PLA-MI-2017).

25 Es importante aclarar que la recomendación de plazas se efectúa de manera extraordinaria, en virtud de que la Reforma Procesal Civil al 2019 tendría solamente tres meses de haber entrado en vigencia, tiempo que no resulta prudente para medir el verdadero impacto de la nueva norma producto de los cambios en competencia territorial y material que evidencien los cambios en cargas de trabajo que justifiquen modificaciones de estructura de recurso humano, cuando se pueda analizar la solicitud de la Comisión de la Jurisdicción Civil para incluir recursos de manera ordinaria, no así para el presente ejercicio de formulación presupuestaria.

26 La Megamoción fue redactada por la Comisión de la Jurisdicción de Familia, que incluye propuesta de modificaciones técnico -jurídico en la normativa procesal, así como de los artículos que proponen cambios de carácter orgánico en la estructura del Poder Judicial.

27 Para determinar el número de plazas que pueden o deben ser sustituidas, se consulta a la Licda. Alba Gutiérrez Villalobos, jefa del Departamento de Trabajo Social y Psicología, quién informa que las oficinas en donde debe sustituirse el personal son aquellas unipersonales o con elevada carga de trabajo (Quepos, Buenos Aires, Puriscal, Golfito, Hatillo, PISAV, Sarapiqui, Turrialba, Upala, Cartago, Liberia, San Ramón, Grecia y Santa Cruz), para un total de 32 plazas entre trabajadores Sociales y Psicólogos.

28 Aprobado por el Consejo Superior en la sesión 69-17 del 26 de julio de 2017, artículo LXII.

29 Información corroborada con el servidor Abraham Zapata Naranjo, Coordinador Judicial 1 del Juzgado de Pensiones Alimentarias y Violencia Doméstica de Escazú.

 

 

 

 

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