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Contraloría General de la República reconoce esfuerzos en innovación tecnológica

El Poder Judicial y la Contraloría General de la República analizaron el desarrollo de la plataforma tecnológica que tiene este Poder de la República.

Autoridades de ambas entidades se reunieron para establecer parámetros de crecimiento que permitan mejorar el servicio de justicia en todo el territorio nacional.

La Presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Zarela Villanueva Monge destacó la inversión en tecnología y el cronograma de trabajo.

“Hemos hecho una inversión muy fuerte en tecnología. Actualmente debemos desarrollar proyectos con prioridad a raíz de la aprobación de la Reforma Procesal Laboral y Civil. Seguimos trabajando con un cronograma para modernizar el servicio incorporando herramientas que nos den indicadores sobre la atención judicial que se presta en todo el país y tomar decisiones importantes para la administración de justicia.”

La Contraloría General de la República realizó tres estudios vinculados con el modelo de arquitectura de información, la plataforma de información policial y la implementación del sistema informático producto del Programa de Modernización de la Administración de Justicia.

“Reconocemos la elaboración del sistema tecnológico hecho por el Poder Judicial y podemos decir que tienen uno de los modelos más modernos, tomando en cuenta la complejidad del trámite  judicial,” indicó Teresita Araya Brenes, coordinadora de los estudios efectuados por la Contraloría General de la República.

Las recomendaciones de los estudios fueron entregados a las autoridades del Poder Judicial para construir en conjunto un insumo para la toma de decisiones relacionadas con la gestión de las tecnologías de la información en temas de actualización, adquisición y desarrollo de nuevos sistemas.

Los objetivos son facilitar la agilización de trámites, reducir los tiempos de espera en el servicio judicial y otros aspectos en beneficio de las personas usuarias.

En la reunión participaron representantes  del Organismo de Investigación Judicial, Ministerio Público, Defensa Pública, Dirección de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia, Dirección de Tecnología de la Información, Dirección Ejecutiva y representantes del área de fiscalización de Servicios Públicos Generales de la Contraloría General de la República.

La reunión tuvo lugar el Salón de Expresidentes de la Corte Suprema de Justicia el 17 de junio 2016.

Poder Judicial comparte experiencias con estudiantes universitarios estadounidenses

Los avances del Poder Judicial en materia de equidad de género, atención a víctimas y derecho laboral, fueron algunos de los temas que se profundizaron durante la visita de jóvenes estudiantes de la Universidad de Duke, Carolina del Norte, Estados Unidos.

La visita al Poder Judicial, les permitió conocer más de cerca el trabajo de la Secretaría Técnica de Género y compartir un espacio con la Presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Zarela Villanueva Monge.

La máxima jerarca judicial les explicó sobre los proyectos que ha emprendido el Poder Judicial a favor de las víctimas del delito, como lo son el Programa Integral de Servicios de Atención a Víctimas (PISAV), los Equipos de Repuesta Rápida para Víctimas de Delitos Sexuales, para garantizarles una atención inmediata e integral durante las primeras 72 horas de ocurrido el hecho.

De igual manera, destacó la importante labor en la que se abocará la institución para implementar la reforma procesal laboral, en el tema de inversión de recursos y reorganización de los procesos laborales en todo el país, de cara a brindar un servicio más eficiente a un área tan sensible como lo es la laboral.

También se abordó el arduo trabajo institucional por propiciar el acceso a la justicia de poblaciones en condición de vulnerabilidad, con lo cual se promueve un servicio más humanizado desde la administración de justicia.

De parte de la Secretaría Técnica de Género, se contó con la colaboración de Xinia Fernández Vargas y Jorge Sánchez Solano, quienes estuvieron a cargo la actividad y expusieron las experiencias judiciales a las y los estudiantes estadounidenses.

Poder Judicial y Colegio de Abogados y Abogadas estrechan relaciones

El trabajo coordinado entre el Poder Judicial y el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, así como su fortalecimiento, son objetivos en los que coincidieron la Presidenta de la Corte, Zarela Villanueva Monge y el Presidente de dicha agrupación  profesional, Froylán Alvarado Zelada.

Durante la reunión de este viernes 17 de junio, se destacó la importancia de un mayor acercamiento e impulsar el trabajo conjunto en temas de interés para la institución y el gremio de las personas profesionales en derecho.

Se destacó la labor coordinada en materia de las defensorías sociales del Colegio y el Programa Integral de Servicios de Atención para las Víctimas (PISAV) del Poder Judicial, que actualmente funciona en Pavas y La Unión y está pronto a iniciar funciones en Siquirres.

A esto se suma los esfuerzos conjuntos para el desarrollo de capacitación de cara a la entrada en vigencia de las reformas procesales en materia laboral y civil.

Villanueva Monge destacó la importancia del apoyo del Colegio en el proceso de implementación de las reformas procesales, específicamente en el área de formación.

Por su parte, el Presidente del Colegio de Abogados y Abogadas, Froylán Alvarado, expresó el interés de la organización que él representa en retomar el convenio existente con la Escuela Judicial, para fortalecer el ámbito de la capacitación y destacó el interés de que jueces y juezas de la República puedan brindar su conocimiento en capacitaciones organizadas en las sedes regionales del Colegio, frente a la demanda que se tiene, específicamente, en el tema de las reformas procesales.

Procede pago de incapacidades por caso de “enfermedad accidente”

Determinar que sí procedía el pago de la incapacidad temporal y permanente a favor de un trabajador de una empacadora bananera, ante la pérdida de la vista, en lo que se consideró una “enfermedad accidente”, fue lo que estableció la Sala Segunda en la sentencia 2016-161.

En el estudio del caso en particular, los magistrados y magistradas señalaron que el plazo de prescripción de la demanda por riesgo de trabajo, debía correr a partir del momento en que la persona trabajadora tuvo conocimiento de la enfermedad.

“La naturaleza del riesgo modifica el momento en que inicia el cómputo del plazo fatal de la prescripción, por cuanto esta solo puede correr en el instante en que el trabajador esté en capacidad de gestionar su reconocimiento y en este asunto, según el ordinal 304 párrafo 1° del Código de Trabajo, el accionante tuvo esa posibilidad hasta el 8 de mayo de 2009, cuando se impuso del conocimiento de que padecía de “uveítis total” según el diagnóstico de la facultativa de la Caja Costarricense de Seguro Social, …, por lo cual, es a partir de esa data que comenzó a correr el plazo de prescripción de tres años para demandar la indemnización por el riesgo, señalado en el artículo 304 del Código de Trabajo (plazo que concluía el 8 de mayo de 2012)”, destacó la resolución de casación laboral.

El Alto Tribunal de Casación Laboral profundizó en el concepto de la “enfermedad accidente”, cuya doctrina señala que cuando existen elementos exteriores que contribuyen a producir o agravar una enfermedad que no es profesional y esos elementos se relacionan con el trabajo, dicho padecimiento puede equipararse a accidente, igualmente llamado”.

“Así las cosas, si la sustancia que le cayó al actor en el ojo cuando prestaba sus servicios en la planta de empaque de banano de su empleadora, le causó una lesión que evolucionó en una uveítis causante de las incapacidades temporal y permanente por ceguera del ojo derecho, el accidente se puede calificar como una “enfermedad accidente” (no como un accidente de trabajo o una enfermedad profesional) y ese infortunio sufrido como un riesgo de trabajo”, puntualizó la Sala Segunda.

La demanda por riesgo de trabajo la presentó un trabajador de una empacadora bananera, ante el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, sede Pococí.

El actor solicitó la cancelación las incapacidades temporal y total permanente, al señalar que en el 2009 mientras laboraba en la planta empacadora de banano, sufrió un “accidente enfermedad”, al sentir que le cayó algo en su ojo derecho, que terminó en una inflamación ocular, que le generó una incapacidad temporal y finalmente una incapacidad permanente por ceguera en el ojo derecho.

El Juzgado de Trabajo declaró sin lugar la demanda, sin embargo el caso se elevó al Tribunal de Trabajo que revocó parcialmente la sentencia recurrida y ordenó el pago de una incapacidad temporal, desde la fecha del accidente y una renta anual pagadera en mensualidades, por cinco años.  En total la indemnización otorgada equivalió a poco más de ¢4 millones.

La empresa elevó el caso a la Sala Segunda, por considerar que el tiempo para presentar la demanda había prescrito, pues desde febrero del 2009 el trabajador tuvo conocimiento de sus padecimientos y la demanda la presentó en el mes de marzo del  2012.

Sin embargo, la Sala Segunda consideró que en los casos por “enfermedad accidente”, hasta que el trabajador tenga la capacidad de gestionar el reconocimiento de la enfermedad, inicia a correr el período de prescripción, para hacer el reclamo indemnizatorio.  Por ello, confirmó el fallo recurrido y el pago de las incapacidades solicitadas.

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