El Poder Judicial, como parte de sus esfuerzos por velar por la seguridad de las personas usuarias tanto internas como externas que a diario visitan los edificios judiciales, cuenta con el “Procedimiento para evacuación de Personas con Discapacidad en caso de emergencia”.
Este documento, que se incluye en cada uno de los planes de atención y preparativos ante emergencia; tiene como objetivo establecer las acciones necesarias para la atención y evacuación de personas con discapacidad, a raíz de las emergencias que se presenten en los edificios y despachos judiciales; con el fin de resguardar la integridad física de todo el personal judicial y de las personas usuarias.
Dicho procedimiento, está basado en el documento sobre “Aspectos básicos para la interacción con personas con discapacidad en situaciones de emergencia y desastre” elaborado por MDH Elsie Bell Pantoja con el auspicio del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (CONAPDIS), el cuál fue adaptado por el Subproceso de Salud Ocupacional y describe los pasos para la atención y evacuación de personas con discapacidad, tanto judiciales como externas, que estén haciendo uso de las instalaciones propias o alquiladas del Poder Judicial.
Dentro de los aspectos importantes, se determinan las responsabilidades de cada una de las oficinas que forman parte de este proceso, como por ejemplo el Consejo Superior, en su trabajo de emitir directrices y disposiciones a cada uno de los despachos responsables de atender la emergencia.
Así mismo, en relación con los Consejos de Administración o sus equivalentes, este procedimiento enfatiza en la importancia de la ejecución de las actividades que se realizan antes, durante y después de la emergencia, así como su participación activa en la gestión de los posibles eventos, el funcionamiento de las brigadas de emergencia, entre otras funciones.
De igual manera, se menciona en el documento el rol de las Administraciones Regionales, las jefaturas de oficina, el Subproceso de Salud Ocupacional en el desarrollo de los planes de emergencia con base al Plan Institucional de Gestión de Emergencias, las brigadas de evacuación, el personal de seguridad, el personal judicial en general y lo relacionado con lo que deben hacer las personas con discapacidad tanto personas trabajadoras como usuarios y usuarias externas.
Además, este procedimiento contiene acciones básicas sobre cómo ayudar y abordar a personas con discapacidad en diferentes situaciones de emergencia, respaldado por la articulación entre los procesos y procedimientos de evacuación y los planes de emergencia por desarrollar en la institución; tomando en cuenta las diferentes características físicas y estructurales de los edificios judiciales.
También, es importante rescatar, que, como parte del documento, el mismo cuenta con un procedimiento para el abordaje de personas con diferentes tipos de discapacidad determinadas, como por ejemplo personas en sillas de ruedas o con muletas, andaderas u otros apoyos técnicos, discapacidad auditiva, visual, cognitiva, mental o intelectual, con acciones básicas para la comunicación e interacción y para la evacuación del despacho u edificio en cada uno de los casos mencionados.
Finalmente, el procedimiento cuenta con las instrucciones en lo que respecta a las acciones a realizar en los puntos de reunión y el posterior reingreso a las instalaciones una vez se dé la autorización pertinente por parte de los entes encargados de la atención de la emergencia.
El jefe del Subproceso de Salud Ocupacional de la Dirección de Gestión Humana, Freddy Briceño Elizondo, destacó que el desarrollo e implementación del “Procedimiento para evacuación de Personas con Discapacidad en caso de emergencia” es un pilar crucial que establece las acciones y los protocolos detallados para garantizar la evacuación segura de la población con discapacidad durante cualquier situación de emergencia en las instalaciones judiciales.
“Desde el Subproceso de Salud Ocupacional, nuestra labor fundamental es velar por garantizar la seguridad e integridad física de todas las personas, honrando el compromiso de este Poder de la República con la seguridad y los derechos humanos de toda persona que se encuentra en nuestras instalaciones, sea personal judicial o personas usuarias” indicó Briceño Elizondo.
Otras acciones
Sumado a este trabajo, el Subproceso de Salud Ocupacional realiza otros esfuerzos con el objetivo de incluir a la población en situación de discapacidad en las actividades de atención de emergencia, como, por ejemplo, el “Curso virtual “Atención de Emergencias en caso de sismo, incendio o amenaza de bomba”, el cual incluye acciones para evacuar personas con discapacidad. Dicho curso se imparte por medio de la plataforma Cap@cítate y está dirigido a todo el personal judicial. Según datos del Subproceso de Gestión de la Capacitación, este curso virtual ha sido aprobado por 1521 personas judiciales al 30 de junio de 2025.
Por otra parte, destaca la “Actividad formativa Taller Evacuando Personas con Discapacidad”, que se imparte principalmente a las personas brigadistas y personal interesado en el tema y el cual, según datos del Subproceso, ha sido recibido por 212 personas a julio del 2025.
Junto a esto, se incluyen la Jornada Nacional de Evacuación y las campañas sobre evacuación y actuación en caso de emergencias.
“De esta manera, el Poder Judicial asegura un servicio público de calidad en un ambiente seguro para todas las personas por igual, reflejando nuestro compromiso con la inclusión, la continuidad del servicio y la protección efectiva de la integridad física de todas las personas”, finalizó el Jefe del Subproceso de Salud Ocupacional.
















